{"id":2174,"date":"2011-07-28T13:43:02","date_gmt":"2011-07-28T13:43:02","guid":{"rendered":"http:\/\/www2.nasaacin.org\/index.php\/2011\/07\/28\/iquien-debe-asumir-el-nuevo-costo-del-alumbrado-publico\/"},"modified":"2011-07-28T13:43:02","modified_gmt":"2011-07-28T13:43:02","slug":"iquien-debe-asumir-el-nuevo-costo-del-alumbrado-publico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/2011\/07\/28\/iquien-debe-asumir-el-nuevo-costo-del-alumbrado-publico\/","title":{"rendered":"\u00bfQui\u00e9n debe asumir el nuevo costo del alumbrado p\u00fablico?*"},"content":{"rendered":"<p \/>No vamos, en esta ponencia, a hacer un detallado recuento hist\u00f3rico del impuesto de alumbrado p\u00fablico, vamos tan s\u00f3lo a se\u00f1alar dos o tres aspectos que nos permitan explicar y comprender la posici\u00f3n que -desde las Ligas de Usuarios de los Servicios P\u00fablicos- hemos mantenido frente a este impuesto.  <!--more-->  <\/p>\n<p>Se\u00f1alemos, como primer aspecto, el hecho de que la primera bombilla que se encendi\u00f3 en Colombia, se hizo para el servicio de alumbrado p\u00fablico, entendido este como una necesidad para la seguridad ciudadana, no solamente en el aspecto del cuidado necesario frente a los \u201camigos de asaltar lo ajeno\u201d sino, en el sentido de facilitar la movilidad de los ciudadanos por la empedradas calles de las peque\u00f1as ciudades de finales del siglo XIX.<\/p>\n<p>En Bogot\u00e1 el 7 de diciembre de 1889 encendieron las primeras 100 bombillas para iluminar las pocas calles del sector c\u00e9ntrico de la ciudad y el comercio. Despu\u00e9s se uso la energ\u00eda el\u00e9ctrica para alumbrar las casas de las familias adineradas, los talleres y finalmente para el tranv\u00eda. Y, como los privados -que iniciaron la prestaci\u00f3n del servicio- no fueron capaces de atender la demanda, prestar un buen servicio y dar unas tarifas que permitieran a los sectores medios y pobres de la poblaci\u00f3n gozar del servicio, vino un gran debate y lucha social que condujo, hacia la d\u00e9cada del 40 del siglo pasado, a la estatizaci\u00f3n de las empresas, lo que permiti\u00f3 se llevar\u00e1 energ\u00eda el\u00e9ctrica a millones de ciudadanos. Esto obligo tambi\u00e9n a que el alumbrado p\u00fablico se prestara en las ciudades y a que el costo del mismo, durante varios a\u00f1os, fuera asumido casi en su totalidad por la municipalidad.<\/p>\n<p>Sin embargo, en el a\u00f1o 1913, se crea el impuesto de alumbrado p\u00fablico para Bogot\u00e1 y en 1915 se faculta a los municipios a cobrarlo en el resto del pa\u00eds. En Manizales, en 1946, el Concejo Municipal crea a trav\u00e9s del Acuerdo 019 el impuesto de alumbrado p\u00fablico.<\/p>\n<p>Cuando nace la Central Hidroel\u00e9ctrica de Caldas CHEC, a cuya creaci\u00f3n concurren varios municipios con sus plantas y redes, y de ah\u00ed su nombre, mediante escritura del 5 de noviembre de 1960 la CHEC se comprometi\u00f3 a suministrar al municipio de Manizales de manera gratuita y permanente la energ\u00eda para el alumbrado p\u00fablico de la ciudad y para la que se instalara en el futuro. <\/p>\n<p>Es sabido que en 1991 los neoliberales -que acababan de arribar al poder en el pa\u00eds-,\u00a0 modificaron la Constituci\u00f3n Nacional y cambiaron el modelo econ\u00f3mico y, por el camino de la aplicaci\u00f3n -a rajatabla-, de los art\u00edculos 365 y siguientes de la nueva carta pol\u00edtica, privatizaron nuevamente las empresas, regalaron el patrimonio nacional y local construido durante tantos a\u00f1os y, el acuerdo CHEC-Municipio de Manizales entro en crisis, porque la Ley 142 de 1994, -hechura de los mismos que hoy gobiernan- se\u00f1al\u00f3 que ninguna persona natural o jur\u00eddica podr\u00eda ser exonerada del pago de los servicios p\u00fablicos domiciliarios. Era obvio que, para el inter\u00e9s del capital privado, deb\u00eda quedar establecido que nadie pudiera ser exonerado del pago de energ\u00eda. Primero ten\u00edan que quedar garantizadas las utilidades de los monopolios as\u00ed se acabar\u00e1 con los derechos adquiridos de los municipios.<\/p>\n<p>Y, aunque el decreto 2424 de 2006 define que el alumbrado p\u00fablico no es un servicio domiciliario, lo cierto es que, a ra\u00edz de la expedici\u00f3n de la Ley 142, se presentaron las demandas, por parte de la CHEC y las apelaciones del Municipio hasta que, finalmente, el Consejo de Estado en fallo de \u00faltima instancia -26 de mayo de 2011- declara la nulidad del contrato celebrado en 1960 entre la CHEC y el Municipio de Manizales. Este hecho crea una nueva situaci\u00f3n con relaci\u00f3n al impuesto de alumbrado p\u00fablico que pasamos analizar como segundo aspecto.<\/p>\n<p>Cualquier sistema de alumbrado p\u00fablico tiene dos componentes fundamentales: la red y la energ\u00eda que la abastece. Para el caso de Manizales la red, su mantenimiento y expansi\u00f3n es responsabilidad del Instituto de Valorizaci\u00f3n de Manizales que, por cierto, toma decisiones administrativas que deber\u00edan ser objeto de mayor vigilancia del Concejo Municipal. Y energ\u00eda era responsabilidad de la CHEC en virtud de la escritura que, como ya se se\u00f1alo, anul\u00f3 el Consejo de Estado.<\/p>\n<p>A partir de la aplicaci\u00f3n del fallo, INVAMA tendr\u00e1 que contratar con CHEC o cualquier otro proveedor, la energ\u00eda necesaria para iluminar v\u00edas, parques, espacios p\u00fablicos y dem\u00e1s entidades del Municipio. Y, como es obvio, tendr\u00e1 que cancelar a CHEC o al proveedor que sea el valor de la energ\u00eda que este entregue. Y, aqu\u00ed viene la pregunta, \u00bfqui\u00e9n debe pagar el alumbrado p\u00fablico, los habitantes o la Alcald\u00eda de Manizales? Y, otra pregunta, \u00bfdebe hacerse aumentando el impuesto? o debe hacerse \u00bfreorganizando los impuestos que pagan los habitantes de Manizales?<\/p>\n<p>Expliqu\u00e9moslo. Si partimos del hecho cierto qu\u00e9 el alumbrado p\u00fablico es un asunto de seguridad ciudadana, movilidad de peatones y conductores y protecci\u00f3n frente a la violencia que generan los amigos de lo ajeno, deber\u00eda entenderse como parte de un derecho, -la seguridad ciudadana- y asumirse por la ciudad, al menos en una buena parte. Eso podr\u00eda hacerse con recursos del impuesto a la seguridad que pagan los propietarios de una l\u00ednea de telefon\u00eda fija. Con una parte de los que provienen del reajuste -abultad\u00edsimo por lo dem\u00e1s- del Impuesto Predial y con una porci\u00f3n que debe cubrir el INVAMA de los recaudos que hoy hace. La propuesta entonces es nutrir el pago de la energ\u00eda con esas tres fuentes de recursos, en transferencias que har\u00edan, las entidades encargadas, del recibo y manejo de los recursos se\u00f1alados.<\/p>\n<p>De esa manera podr\u00eda atenderse el nuevo costo del alumbrado p\u00fablico pero sin generar ni aumentar los impuestos ya de por si elevados para los propietarios o no de una vivienda en Manizales.<\/p>\n<p>Conocimos, gracias a la gentileza de la Concejal del Polo, Doctora Adriana Arango, el proyecto de acuerdo por medio del cual se modifica, y este es el tercer aspecto, la base gravable del impuesto de alumbrado p\u00fablico. De ser aprobado este proyecto de acuerdo por las mayor\u00edas del Concejo as\u00ed como lo presenta la administraci\u00f3n, se cometer\u00eda un desafuero m\u00e1s contra los propietarios de inmuebles e inquilinos que tendr\u00edan que pagar nuevas alzas en los impuestos.<\/p>\n<p>Las alzas para el estrato 1 ser\u00edan del 56%, para el 2 del 129%, para el tres del 139%, para el cuatro del 142%, para el cinco del 60% y para el seis del 30% lo que es muy grave. Pero m\u00e1s grave a\u00fan ser\u00e1n las alzas para el comercio y la industria. En el primer caso, el comercio, las alzas van desde el 82% hasta m\u00e1s del 300% y en el segundo, la industria, desde el 43% hasta el 475%. Una situaci\u00f3n parecida tendr\u00e1n los inmuebles institucionales.<\/p>\n<p>Est\u00e1 bien que no se cobre este impuesto a los predios del \u00e1rea rural. Pero no est\u00e1 bien que se le cobre a los estratos uno y dos urbanos. Con estas alzas aspiran, los alcabaleros que mandan en Manizales, a recaudar algo m\u00e1s de cinco mil 500 millones de pesos.<\/p>\n<p>Con la propuesta de la Liga de Usuarios de Servicios P\u00fablicos de Manizales y Caldas, no s\u00f3lo se cubre el costo de la energ\u00eda sino que se protege a todos los sectores de la ciudad de m\u00e1s alzas en los impuestos.<\/p>\n<p>Depende solamente de la voluntad pol\u00edtica de Ustedes, los concejales, el que se niegue el proyecto de acuerdo propuesto por la alcald\u00eda y se solicite la elaboraci\u00f3n de un proyecto que destine, del impuesto al tel\u00e9fono y del impuesto predial, los dineros que sean necesarios para atender el fallo del Concejo de Estado.<\/p>\n<p>En lo que a nosotros respecta, adem\u00e1s de agradecer la invitaci\u00f3n para expresar nuestra opini\u00f3n en este foro, haremos la correspondiente difusi\u00f3n y denuncia si, como ha sucedido otras veces, las mayor\u00edas con asiento en esta corporaci\u00f3n, proceden contra la poblaci\u00f3n y aprueban m\u00e1s alzas en los impuestos.<\/p>\n<p>Muchas gracias<\/p>\n<p>Oscar Guti\u00e9rrez Reyes<br \/>Liga Nacional de Usuarios<br \/>Manizales, Julio 26 de 2011 <br \/>*Ponencia le\u00edda en el Foro realizado en el Concejo de Manizales el 27 de Julio de 2011<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>No vamos, en esta ponencia, a hacer un detallado recuento hist\u00f3rico del impuesto de alumbrado p\u00fablico, vamos tan s\u00f3lo a se\u00f1alar dos o tres aspectos que nos permitan explicar y comprender la [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[75],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2174"}],"collection":[{"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2174"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2174\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2174"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2174"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2174"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}