{"id":3950,"date":"2012-06-05T16:54:11","date_gmt":"2012-06-05T16:54:11","guid":{"rendered":"http:\/\/www2.nasaacin.org\/index.php\/2012\/06\/05\/corte-constitucional-admite-demandas-contra-la-llamada-ley-lleras-20\/"},"modified":"2012-06-05T16:54:11","modified_gmt":"2012-06-05T16:54:11","slug":"corte-constitucional-admite-demandas-contra-la-llamada-ley-lleras-20","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/2012\/06\/05\/corte-constitucional-admite-demandas-contra-la-llamada-ley-lleras-20\/","title":{"rendered":"Corte Constitucional admite demandas contra la llamada Ley Lleras 2.0"},"content":{"rendered":"<p> \tEl tribunal definir\u00e1 si la norma, aprobada en abril pasado en el marco del TLC, viola alg\u00fan derecho. La Corte Constitucional acaba de admitir las demandas de constitucionalidad que interpusieron los senadores del Polo Democr\u00e1tico Jorge Enrique Robledo y Camilo Romero contra la llamada Ley Lleras 2.0, la cual suscit\u00f3 tantas cr\u00edticas entre los internautas.<\/p>\n<p>  <!--more-->  <\/p>\n<p> \tLas demandas se presentaron contra la Ley 1520 del 13 de abril del 2012, norma que firm\u00f3 el presidente Juan Manuel Santos, tras la aprobaci\u00f3n expr\u00e9s del Congreso, en el marco de la Cumbre de las Am\u00e9ricas. Esta norma es la misma que se expidi\u00f3 para que el TLC con Estados Unidos pudiera arrancar.<\/p>\n<p> \tEn el caso del senador Robledo, la norma restringe el uso de internet para difundir informaci\u00f3n lo que, en su criterio, afecta los derechos de los internautas a acceder y divulgar la informaci\u00f3n que considera pertinente.<\/p>\n<p> \tAs\u00ed mismo, para Robledo la ley no protege ni a los artistas ni a los creadores de una obra. Tambi\u00e9n viol\u00f3 las normas constitucionales que regulan el tr\u00e1mite de los proyectos de ley de este tipo, debido a que se tuvo que tramitar en la Comisi\u00f3n Primera del Senado por ser una norma sobre derechos de autor.<\/p>\n<p> \tPor su parte, el senador Romero insiste en que la norma viola los derechos a la igualdad, a la intimidad, a la libertad de expresi\u00f3n, al debido proceso y a la unidad de materia.<\/p>\n<p> \t&#8220;No solo no compartimos el procedimiento con el que se tramit\u00f3 la Ley Lleras 2.0 en el Congreso de la Rep\u00fablica, sino que adem\u00e1s, en su contenido se hallan art\u00edculos que vulneran los derechos a la libertad de expresi\u00f3n y a la intimidad, consagrados en nuestra carta pol\u00edtica. Lo advertimos desde el momento en el que fue radicado el proyecto de ley con mensaje de urgencia del Gobierno Nacional&#8221;, afirm\u00f3 Romero.<\/p>\n<p> \tLa demanda de Romero est\u00e1 en el despacho del magistrado Jorge Pretelt y, la de Robledo, en el de Humberto Sierra.<\/p>\n<p> \tSobre este tema, el Gobierno ha manifestado en varias ocasiones que la norma demandada no revivi\u00f3 la Ley Lleras, que fue tumbada en el Congreso el a\u00f1o pasado, y que esta no afecta la libertad de expresi\u00f3n.<\/p>\n<p> \tEl entonces ministro del Interior, Germ\u00e1n Vargas Lleras, afirm\u00f3 en abril pasado que las sanciones contempladas por almacenamiento y reproducci\u00f3n de informaci\u00f3n sin autorizaci\u00f3n del autor excluye los temas acad\u00e9micos.<\/p>\n<p> \t&#8220;Los estudiantes est\u00e1n debidamente protegidos. El derecho de almacenamiento que podr\u00edan reclamar los estudiantes ya est\u00e1 en curso es una expresi\u00f3n del derecho de reproducci\u00f3n, as\u00ed lo concibe el Gobierno y por eso creemos que ese derecho est\u00e1 debidamente protegido&#8221;, explic\u00f3 Vargas Lleras.<\/p>\n<p> \thttp:\/\/www.eltiempo.com\/justicia\/corte-constitucional-admite-demandas-contra-la-llamada-ley-lleras-20_11923545-4<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El tribunal definir\u00e1 si la norma, aprobada en abril pasado en el marco del TLC, viola alg\u00fan derecho. 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