{"id":4063,"date":"2012-06-30T16:28:03","date_gmt":"2012-06-30T16:28:03","guid":{"rendered":"http:\/\/www2.nasaacin.org\/index.php\/2012\/06\/30\/reforma-a-la-justicia-es-el-marco-juridico-para-la-corrupcion-deroguemosla\/"},"modified":"2012-06-30T16:28:03","modified_gmt":"2012-06-30T16:28:03","slug":"reforma-a-la-justicia-es-el-marco-juridico-para-la-corrupcion-deroguemosla","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/2012\/06\/30\/reforma-a-la-justicia-es-el-marco-juridico-para-la-corrupcion-deroguemosla\/","title":{"rendered":"Reforma a la Justicia es el marco jur\u00eddico para la corrupci\u00f3n: derogu\u00e9mosla"},"content":{"rendered":"<\/p>\n<div> \tDisfrazada de Reforma a la Justicia, el Congreso expidi&oacute; la m&aacute;s grande y grave contrarreforma pol&iacute;tica a la Constituci&oacute;n de 1991. Las c&uacute;pulas del Estado colombiano acudieron a la estrategia griega conocida como el Caballo de Troya.<\/div>\n<p>  <!--more-->  <\/p>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tPacientemente esperaron 20 a&ntilde;os para tramitar la reconquista de privilegios que la S&eacute;ptima Papeleta y la Asamblea Nacional Constituyente desterraron de nuestra institucionalidad.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tNunca dentro de las primeras dos d&eacute;cadas de vigencia de la Carta del 91 se hab&iacute;an expedido en un a&ntilde;o seis reformas. Hasta que eso sucedi&oacute; en 2011. El Acto Legislativo 1 de 2011 fue el primer paso de esa estrategia. Es una especie de chaleco antijusticia para los congresistas ya que les permite convertir en norma constitucional sus privilegios personales sin incurrir en conflicto de intereses y, en consecuencia, en una causal de P&eacute;rdida de la Investidura.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tEs la m&aacute;s grande contrarreforma porque se compone de, entre otros, los siguientes nocivos &iacute;tems:<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \t1. Congresistas legislan en beneficio propio alterando la manera en que se les denuncia, investiga, juzga y detiene. Niegan la posibilidad que se les denuncie mediante an&oacute;nimo para desincentivar el mecanismo que ha permitido, en unos casos, proteger la fuente de informaciones serias y veraces que han servido de soporte de decisiones judiciales consecuencia de grav&iacute;simas conductas. Como las que revelan que algunos pol&iacute;ticos se han unido con organizaciones armadas al margen de la ley.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \t2. De los 270 Congresistas que integran la Rama Legislativa, varias decenas est&aacute;n relacionadas con procedimientos jur&iacute;dicos penales. Ninguno de ellos se declar&oacute; impedido porque supuestamente, en la actualidad, cuando tramitan reformas constitucionales no incurren en conflicto de intereses.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \t3. Sepultan viva la P&eacute;rdida de Investidura. Materia que es objeto de an&aacute;lisis en una columna de opini&oacute;n separada. Sin embargo, aqu&iacute; podemos relacionar las afectaciones que constituyen la palada de incisos que en &uacute;ltimas, sin derogarla, la deja in&uacute;til e ineficaz. Acaban unas causales como la no posesi&oacute;n y las inhabilidades. Las causales sobrevivientes podr&aacute;n ser reglamentadas por los Congresistas. Crean la necesidad de probar dolo o culpa. Dan lugar a que la consecuencia no consista en la P&eacute;rdida de Investidura sino en suspensiones m&aacute;ximo por un a&ntilde;o. Duplican los t&eacute;rminos. Crean caducidad y prescripci&oacute;n.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \t4. Extensi&oacute;n de los periodos de los Magistrados actuales de 8 a 12 a&ntilde;os. Con lo cual el Congreso detent&oacute; funciones electorales.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \t5. Debilita la autonom&iacute;a de la Rama Judicial. El Consejo Superior de la Judicatura sufre un cambio nominal.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \t6. No incorpora elementos de meritocracia en la carrera judicial.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \t7. Revive la cooptaci&oacute;n en la Justicia.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \t8. Crea una estructura de administraci&oacute;n de la Rama Judicial que se anticipa ineficiente debido a que no lo caracteriza la especializaci&oacute;n de las profesiones de quienes tendr&aacute;n a cargo esas responsabilidades. No es de dedicaci&oacute;n exclusiva. La pluralidad de su composici&oacute;n parece, adem&aacute;s de innecesaria, poco &aacute;gil y corporativizada.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tY es la m&aacute;s grave contrarreforma tanto por como se fragu&oacute;, como por los efectos antidemocr&aacute;ticos que ser&iacute;an cada vez m&aacute;s numerosos y frecuentes debido a los incentivos y a las anti&eacute;ticas protecciones que siembran en la Constituci&oacute;n.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tPara poder expedir esa Reforma a la Justicia al servicio de los rapaces intereses particulares de quienes participaron, de manera activa u omisiva en su concepci&oacute;n y aprobaci&oacute;n fue necesario pactar ventajas para las c&uacute;pulas inadmisibles en una democracia participativa.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tTan grave es esta contrarreforma que permite afirmar que no estamos frente a un Congreso con facultades de constituyente derivado sino frente a un Congreso Sustituyente.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tEn primer lugar, porque da una estocada al dise&ntilde;o de frenos y contrapesos entre las Ramas del Estado creado por la Asamblea Nacional Constituyente en 1991. Y, en segundo lugar, porque arrebata derechos pol&iacute;ticos fundamentales a los ciudadanos. Es decir, avanza en el prop&oacute;sito de raparle la soberan&iacute;a al pueblo para auto asign&aacute;rsela y regresarnos a los tiempos de la soberan&iacute;a nacional.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tAcuerdo de c&uacute;pulas<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tEse es el contenido de un acuerdo pol&iacute;tico entre las c&uacute;pulas del Estado, convertido en norma constitucional despu&eacute;s de los debates y aprobaciones correspondientes en el Congreso.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tHasta ese momento, el trabajo de la Coalici&oacute;n Ciudadana por la Justicia representado en di&aacute;logos, documentos, publicaciones e intervenciones en las Audiencias P&uacute;blicas correspondientes al quinto y s&eacute;ptimo debates fue desatendido por integrantes de las tres ramas del poder p&uacute;blico con quienes nos reunimos.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tSin embargo, el Referendo Derogatorio que anunci&eacute; en las Comisiones Primeras de C&aacute;mara y Senado ser&iacute;a la opci&oacute;n que nos quedar&iacute;a a partir del 20 de junio. El art&iacute;culo 377 de la Constituci&oacute;n lo consagra para que los ciudadanos, en ejercicio del derecho pol&iacute;tico fundamental a controlar el poder, podamos expulsar en las urnas una reforma constitucional aprobada en el Congreso y que afecte o la dignidad humana, o el poder ciudadano o el r&eacute;gimen del Congreso.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tReferendo Derogatorio v&iacute;a Twitterazo<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tAunque llev&aacute;bamos meses diciendo que ven&iacute;a el lobo, tal vez, la confianza de la opini&oacute;n persist&iacute;a dados los buenos modales y la elegancia del trato entre los destinatarios de las normas como de los responsables de su expedici&oacute;n. Sin embargo, mientras a oscuras se le daban los &uacute;ltimos retoques en la llamada Comisi&oacute;n de Conciliaci&oacute;n simult&aacute;neamente en Twitter el 19 de junio a las 10 de la noche se propuso la etiqueta: #SeMueveLaContrarreforma y dos horas &nbsp;despu&eacute;s era el principal tema en Colombia y &nbsp;permaneci&oacute; en esa posici&oacute;n m&aacute;s de 48 horas.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tEl 20 de junio a las 3 p.m., en medio de abrazos, se festej&oacute; su aprobaci&oacute;n como el gran acuerdo entre las Ramas del poder p&uacute;blico. Y en seguida se anunci&oacute; que la agenda de la contrarreforma, durante el segundo semestre de este a&ntilde;o, estar&iacute;a compuesta entre otros temas por la ampliaci&oacute;n del n&uacute;mero de curules del Congreso; la posibilidad de que los Congresistas puedan ser Ministros, Embajadores y Directores de entidades del Ejecutivo; y que los Parlamentarios sean los electores del Vicepresidente y no el pueblo.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tLas redes sociales conocieron esa informaci&oacute;n en tiempo real v&iacute;a @LaSillaEnVivo y @OscarOrtizG, la cantidad y frecuencia de menciones a la etiqueta #SeMueveLaContrarreforma &nbsp;hizo que el portal La Silla Vac&iacute;a al final de la tarde publicara un art&iacute;culo sobre dicho fen&oacute;meno con algunas de las opiniones al respecto. De tal manera fue el &iacute;mpetu ciudadano que en la Casa de Nari&ntilde;o comenzaron a preparar un informe para el Jefe de Estado que se encontraba en Brasil. Al d&iacute;a siguiente los medios de comunicaci&oacute;n le dieron cabida al tema y el tsunami pas&oacute; a incontenible.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tEse jueves casi a las 11 p.m. la alocuci&oacute;n presidencial anunci&oacute; que las sorpresas del contenido de la Reforma a la Justicia hac&iacute;an pasar del honor al horror. Y que el camino escogido jur&iacute;dica y pol&iacute;ticamente era uno que nunca se hab&iacute;a recorrido. El de la no sanci&oacute;n, las objeciones y las sesiones extraordinarias.&nbsp;<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tAl d&iacute;a siguiente la indignaci&oacute;n ciudadana no amain&oacute; sino que creci&oacute; y no solo contra el Congreso sino tambi&eacute;n contra el Gobierno y las Cortes. El lobo fue avistado cada vez m&aacute;s n&iacute;tidamente cuando se afirmaba por los responsables estar sorprendido, no haber visto, no entender, presumir la buena fe, confiar en la autoridad de otro.<\/div>\n<div> \tEn las horas de la tarde se conform&oacute; el Comit&eacute; Promotor del Referendo Derogatorio y al d&iacute;a siguiente nos fuimos a las calles. No tuvimos que buscar las firmas. Las firmas ven&iacute;an a nosotros. Las discusiones en corrillos y los discursos de los ciudadanos que espont&aacute;neamente usaban los meg&aacute;fonos no s&oacute;lo denotaban suficiente ilustraci&oacute;n sino un gran consenso: las c&uacute;pulas del Estado abusaron de la confianza depositada. Por ello, no era una indignaci&oacute;n respecto de una actuaci&oacute;n puntual. La gente no estaba actuando como observadora u opinadora sino que quer&iacute;a tomar decisiones sin necesidad de intermediarios. Las c&uacute;pulas no sab&iacute;an y todav&iacute;a no saben que 22 a&ntilde;os despu&eacute;s, con su conducta, volvieron a despertar al Constituyente Primario.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \t&iquest;Defender la Constituci&oacute;n viol&aacute;ndola o respet&aacute;ndola?<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tDurante esta semana se ejecut&oacute; el plan jur&iacute;dico y pol&iacute;tico del Gobierno. La reforma constitucional aprobada por el Congreso no fue publicada por el Presidente en el Diario Oficial con el fin de que no produjera efectos. El Gobierno plante&oacute; objeciones al proyecto.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tEn coma inducido se le llev&oacute; al Capitolio para que en sesiones extraordinarias los Congresistas la sepultaran mediante el archivo. Quienes adoptaron dicha decisi&oacute;n dejaron constancia de que el Gobierno era copart&iacute;cipe, por tanto, no pod&iacute;a declararse sorprendido. Y que los traicionados y maltratados eran los depositarios de la funci&oacute;n de constituyente derivado. Le impartieron las santos &oacute;leos y la bajaron al catafalco.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tSin embargo, la semana entrante acudiremos a la Corte Constitucional para que dicho tribunal expida el certificado de defunci&oacute;n de la contrarreforma pol&iacute;tica disfrazada de Reforma a la Justicia. Lo solicitaremos en virtud de una demanda de inconstitucionalidad.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tDe una parte, para evitar saltos al vac&iacute;o como los que se dieron esta semana. Los argumentos de inconstitucionalidad respecto de la existencia de competencias Presidenciales para sancionar y objetar reformas constitucionales expedidas por el Congreso son abundantes. Son dudosas tambi&eacute;n, en t&eacute;rminos constitucionales, las determinaciones del Congreso respecto del tr&aacute;mite de Actos Legislativos en sesiones extraordinarias. As&iacute; mismo, respecto de algunos asuntos de tr&aacute;mite del proyecto ocurridos hasta el 20 de junio.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tY de otra parte, por lo de fondo. El contenido de esa Reforma a la Justicia sustituye aspectos esenciales de la Carta Pol&iacute;tica, como lo expresamos al inicio de este art&iacute;culo.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tLa Constituci&oacute;n de 1991 ni nos la regalaron, ni nos la impusieron. La conquistamos. Por ello la defendemos respet&aacute;ndola, no viol&aacute;ndola.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tEdici&oacute;n N&deg; 00309 &ndash; Semana del 29 de Junio al 5 de Julio de 2012<span class=\"Apple-tab-span\" style=\"white-space:pre\"> <\/span><\/div>\n<div> \t&nbsp;<span class=\"Apple-tab-span\" style=\"white-space:pre\"> <\/span><\/div>\n<div> \t<strong>&Oacute;scar Ortiz Gonz&aacute;lez<span class=\"Apple-tab-span\" style=\"white-space: pre; \"> <\/span><\/strong><\/div>\n<div> \t<strong>Gestor de la S&eacute;ptima Papeleta y Ex Zar Anticorrupci&oacute;n<span class=\"Apple-tab-span\" style=\"white-space: pre; \"> <\/span><\/strong><\/div>\n<div> \t<a href=\"http:\/\/viva.org.co\/cajavirtual\/svc0309\/articulo02.html\">http:\/\/viva.org.co\/cajavirtual\/svc0309\/articulo02.html<\/a><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Disfrazada de Reforma a la Justicia, el Congreso expidi&oacute; la m&aacute;s grande y grave contrarreforma pol&iacute;tica a la Constituci&oacute;n de 1991. 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