{"id":4878,"date":"2012-11-30T15:30:50","date_gmt":"2012-11-30T15:30:50","guid":{"rendered":"http:\/\/www2.nasaacin.org\/index.php\/2012\/11\/30\/falsos-positivos-si-han-sido-politica-de-estado\/"},"modified":"2012-11-30T15:30:50","modified_gmt":"2012-11-30T15:30:50","slug":"falsos-positivos-si-han-sido-politica-de-estado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/2012\/11\/30\/falsos-positivos-si-han-sido-politica-de-estado\/","title":{"rendered":"Falsos positivos &#8216;s\u00ed han sido pol\u00edtica de Estado&#8217;"},"content":{"rendered":"<\/p>\n<p> \tSeg\u00fan Oficina del fiscal de la CPI, estos cr\u00edmenes pueden ser catalogados como de lesa humanidad y de guerra. Hay bases razonables para creer que los falsos positivos han sido una pol\u00edtica de Estado; estos asesinatos, cometidos para aumentar los \u00edndices de \u00e9xito militar, podr\u00edan considerarse cr\u00edmenes de lesa humanidad; dichos actos tambi\u00e9n pueden ser catalogados como cr\u00edmenes de guerra<\/p>\n<p>  <!--more-->  <\/p>\n<p> \t. Estas, en s\u00edntesis, fueron algunas de las conclusiones que arroj\u00f3 la Corte Penal Internacional (CPI) en su m\u00e1s reciente informe sobre las razones por las cuales Colombia seguir\u00e1 siendo objeto de examen preliminar, el paso previo para que la Corte decida si abre o no una investigaci\u00f3n en un pa\u00eds donde tenga jurisdicci\u00f3n.<\/p>\n<p> \tEste reporte provisional, titulado Situaci\u00f3n en Colombia, fue divulgado hace unos d\u00edas por la Oficina del Fiscal de la Corte, cuya cabeza es la gambiana Fatou Bensouda, sucesora del argentino Luis Moreno Ocampo. En sus 93 p\u00e1ginas, conocidas por este diario, se advierte que, a partir de ahora, el examen preliminar del organismo internacional se centrar\u00e1 en cinco asuntos: el Marco Legal para la Paz, o cualquier otro aspecto relacionado con el surgimiento de nuevos grupo armados; la promoci\u00f3n y expansi\u00f3n de grupos paramilitares; el desplazamiento forzado; los cr\u00edmenes sexuales, y los casos de falsos positivos.<\/p>\n<p> \tCon respecto a estos \u00faltimos, la Corte se\u00f1ala que se puede hablar de una pol\u00edtica de Estado ejecutada, cuando menos, por ciertas brigadas de las Fuerzas Militares. &ldquo;Una pol\u00edtica de Estado no necesariamente tiene que concebirse en el m\u00e1s alto nivel de la maquinaria estatal, sino que puede ser adoptada por \u00f3rganos estatales locales o regionales. Incluso una pol\u00edtica adoptada local o regionalmente puede ser catalogada como pol\u00edtica de Estado&rdquo;, advierte la Oficina del Fiscal, a\u00f1adiendo que continuar\u00e1 analizando informaci\u00f3n para establecer si la responsabilidad por los falsos positivos se ha extendido a otros niveles oficiales.<\/p>\n<p> \tDice el informe que las ejecuciones extrajudiciales &ldquo;han ocurrido en Colombia de manera permanente durante los \u00faltimos 25 a\u00f1os, con su pico m\u00e1s alto en cuanto al n\u00famero de v\u00edctimas reportadas entre 2002 y 2008&rdquo;, disminuyendo desde 2009. Y que por su naturaleza de ataque generalizado o sistem\u00e1tico se pueden calificar como cr\u00edmenes de lesa humanidad: ocurrieron a lo largo y ancho de la geograf\u00eda nacional, se cometieron bajos ciertos patrones y hubo planeaci\u00f3n y organizaci\u00f3n, tanto para ejecutar los asesinatos como para reportarlos como bajas en combate. La tortura ser\u00eda otro componente para revisar en este panorama.<\/p>\n<p> \tCon respecto a los cr\u00edmenes de guerra, el organismo indica que los falsos positivos podr\u00edan caer bajo su escrutinio con este r\u00f3tulo, siempre y cuando los casos evaluados hayan ocurrido despu\u00e9s del 1\u00ba de noviembre de 2009, cuando la Corte adquiri\u00f3 jurisdicci\u00f3n sobre cr\u00edmenes de guerra en Colombia. Lo mismo pasar\u00eda con otros cr\u00edmenes de guerra que la Corte examina con respecto a las Fuerzas Militares colombianas: tortura o tratos crueles y violaci\u00f3n y otras formas de violencia sexual. Para hablar de esto \u00faltimo, la Oficina del Fiscal de la CPI se remiti\u00f3 al caso del subteniente Ra\u00fal Mu\u00f1oz Linares, condenado en septiembre pasado a 60 a\u00f1os de prisi\u00f3n por el abuso sexual de dos menores y el asesinato de tres hermanos.<\/p>\n<p> \tCiertos sectores relacionan este reporte, cuya traducci\u00f3n oficial al espa\u00f1ol se conocer\u00e1 hoy en Colombia, con la reforma del fuero militar, que est\u00e1 a un debate de ser aprobada. &ldquo;Como se dio un per\u00edodo de falsos positivos, se satanizaron las operaciones militares, pero desde el inicio ha sido claro que un falso positivo nunca podr\u00e1 pasar por la justicia penal militar. No todos los muertos en combate son falsos positivos. Lo que le est\u00e1 diciendo a Colombia la Oficina de la Fiscal\u00eda de la CPI es que aqu\u00ed s\u00ed se ha investigado, pero que esos casos podr\u00edan ser de su competencia, as\u00ed que esas investigaciones no pueden ser descuidadas&rdquo;, expres\u00f3 el exdirector de la Defensor\u00eda Militar, Jean Carlo Mej\u00eda.<\/p>\n<p> \tEl Ministerio de Defensa rechaza la idea de que exista una pol\u00edtica estatal en el tema de ejecuciones extrajudiciales: &ldquo;Es importante manifestar que no hay ninguna directiva, pol\u00edtica o instrucci\u00f3n por parte de esta entidad y de ninguna instituci\u00f3n oficial, desde alguno de sus niveles, que pueda propiciar o inducir a la comisi\u00f3n de graves violaciones de derechos humanos o infracciones al DIH. Por el contrario, el Ministerio de Defensa cuenta con una pol\u00edtica integral de derechos humanos y DIH que se constituye como la hoja de ruta del comportamiento de los miembros de la Fuerza P\u00fablica&rdquo;.<\/p>\n<p> \tVoceros de esa cartera traen a colaci\u00f3n medidas que se han tomado para evitar este tipo de situaciones irregulares, como la Directiva 19 de 2007, con la que se estableci\u00f3 que los comandantes de las unidades militares deb\u00edan agotar todos los recursos para que las diligencias, en caso de muertes en combate, las realizara la polic\u00eda judicial, y que se deb\u00eda prestar colaboraci\u00f3n eficaz a las autoridades penales y disciplinarias. Vale recordar tambi\u00e9n que en 2010 el relator especial de la ONU, Philip Alston, asegur\u00f3 que si bien no se trataba de casos aislados, no hab\u00eda visto pruebas que indicaran una pol\u00edtica oficial.<\/p>\n<p> \t<strong>Las Farc y otros<\/strong><\/p>\n<p> \tPuede que las Farc, desde La Habana y a trav\u00e9s de delegados como la holandesa Tanja Nijmeijer, insistan en que no son otra cosa que &ldquo;v\u00edctimas&rdquo; del Estado. Pero la Oficina del Fiscal de la Corte Penal Internacional, se lee en este informe, observa otra cosa. Para este organismo las Farc, as\u00ed como el Eln y los paramilitares, han sido responsables de cr\u00edmenes de lesa humanidad como ataques contra la poblaci\u00f3n civil, asesinatos, desplazamiento forzado, secuestros, torturas y delitos sexuales. Y de cr\u00edmenes de guerra, como ataques contra la poblaci\u00f3n civil, asesinatos, torturas y tratos crueles, toma de rehenes, violaci\u00f3n y otras formas de violencia sexual, y reclutamiento de menores de edad para participar en hostilidades.<\/p>\n<p> \tFuente: http:\/\/www.elespectador.com\/noticias\/judicial\/articulo-389506-falsos-positivos-si-han-sido-politica-de-estado<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Seg\u00fan Oficina del fiscal de la CPI, estos cr\u00edmenes pueden ser catalogados como de lesa humanidad y de guerra. 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