{"id":4939,"date":"2012-12-13T15:35:26","date_gmt":"2012-12-13T15:35:26","guid":{"rendered":"http:\/\/www2.nasaacin.org\/index.php\/2012\/12\/13\/qreforma-al-fuero-militar-es-inconstitucionalq-guillermo-rivera\/"},"modified":"2012-12-13T15:35:26","modified_gmt":"2012-12-13T15:35:26","slug":"qreforma-al-fuero-militar-es-inconstitucionalq-guillermo-rivera","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/2012\/12\/13\/qreforma-al-fuero-militar-es-inconstitucionalq-guillermo-rivera\/","title":{"rendered":"&#8220;Reforma al fuero militar es inconstitucional&#8221;: Guillermo Rivera"},"content":{"rendered":"<\/p>\n<p> \tEl congresista liberal explica a Semana.com por qu&eacute; los llamados &#39;falsos positivos&#39; podr&iacute;an quedar impunes con la ampliaci&oacute;n del fuero para los militares. Guillermo Rivera, representante a la C&aacute;mara por el Partido Liberal y, por ende, miembro de la coalici&oacute;n del presidente Juan Manuel Santos, se opuso a la reforma que ampl&iacute;a los alcances del fuero militar, precisamente impulsada desde el mismo Gobierno<\/p>\n<p>  <!--more-->  <\/p>\n<p> \t<strong>El congresista califica de &quot;leg&iacute;timos&quot; los temores de la comunidad internacional porque algunas conductas, como el caso de los llamados &#39;falsos positivos&#39;, puedan quedar en la impunidad.<\/strong><\/p>\n<p> \tRivera, en di&aacute;logo con Semana.com, tambi&eacute;n advierte que el Congreso &quot;extralimit&oacute; sus funciones&quot; al aprobar la nueva norma, pues rompe con la esencia de la Constituci&oacute;n, al vulnerar los tratados internacionales que en materia de derechos humanos ha suscrito Colombia, y los que, por esa raz&oacute;n, hacen parte del bloque normativo del pa&iacute;s. Por eso, el legislador afirma que la reforma al fuero militar &quot;es inconstitucional&quot;.<\/p>\n<p> \t<strong>Semana.com: &iquest;Hay errores en la redacci&oacute;n de la norma que reforma el fuero militar?<\/strong><\/p>\n<p> \tGuillermo Rivera: Tanto la jurisprudencia de la Corte Constitucional como la de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) han se&ntilde;alado que los cr&iacute;menes de car&aacute;cter internacional tienen que ser de competencia de la jurisdicci&oacute;n ordinaria. Esos cr&iacute;menes son los de lesa humanidad, genocidio, desaparici&oacute;n forzada e infracciones al Derecho Internacional Humanitario o cr&iacute;menes de guerra. En la redacci&oacute;n de la norma, el Congreso dej&oacute; claramente como competencia de la jurisdicci&oacute;n ordinaria los cr&iacute;menes de lesa humanidad, los delitos de genocidio y desaparici&oacute;n forzada, al igual que los casos de violencia sexual, tortura, desplazamiento forzado y ejecuciones extrajudiciales, bajo el entendido de que las ejecuciones extrajudiciales son los &#39;falsos positivos&#39;, y no lo son.<\/p>\n<p> \t<strong>Semana.com: &iquest;Por qu&eacute; las ejecuciones extrajudiciales no cobijan los casos de los &#39;falsos positivos&#39;?<\/strong><\/p>\n<p> \tGuillermo Rivera: Las ejecuciones extrajudiciales no est&aacute;n tipificadas en el c&oacute;digo penal colombiano. El c&oacute;digo penal tiene un cap&iacute;tulo que se denomina delitos contra bienes y personas protegidas por el Derecho Internacional Humanitario, que son todos los delitos o infracciones al Derecho Internacional Humanitario. Al dejar ejecuciones extrajudiciales, cualquiera puede argumentar que esa conducta no est&aacute; tipificada por el c&oacute;digo penal.<\/p>\n<p> \t<strong>Semana.com: Entonces, &iquest;c&oacute;mo se podr&iacute;an tipificar los &#39;falsos positivos&#39;?<\/strong><\/p>\n<p> \tGuillermo Rivera: La redacci&oacute;n correcta habr&iacute;a sido todos los delitos contra bienes y personas protegidas por el Derecho Internacional Humanitario. Porque en materia penal hay tres elementos esenciales para que se puedan juzgar las conductas, que sea t&iacute;pica, antijur&iacute;dica y culpable. Y en este caso, las ejecuciones extrajudiciales no son una conducta t&iacute;pica porque no est&aacute; en el c&oacute;digo penal.<\/p>\n<p> \t<strong>Semana.com: Ahora la reforma al fuero militar pasa al an&aacute;lisis de la Corte Constitucional. &iquest;Qu&eacute; cree que va a pasar en ese estudio del alto tribunal?<\/strong><\/p>\n<p> \tGuillermo Rivera: La reforma que se aprob&oacute; es inconstitucional y creo que el Congreso extralimit&oacute; sus competencias porque el Legislativo no puede modificar la Constituci&oacute;n en su esencia. El art&iacute;culo 93 de la Constituci&oacute;n incorpora las decisiones de las cortes internacionales en materia de derechos humanos a la Constituci&oacute;n, por lo tanto, son esenciales de nuestra Carta Pol&iacute;tica y no se pueden modificar.<\/p>\n<p> \t<strong>Semana.com: &iquest;Cree que con esta reforma Colombia tendr&aacute; problemas con la comunidad internacional?<\/strong><\/p>\n<p> \tGuillermo Rivera: Por lo menos creo que es un mensaje bastante contradictorio que, a los pocos d&iacute;as de que Colombia haya sido excluido de la &lsquo;lista negra&rsquo; de pa&iacute;ses que preocupan a la CIDH en materia de derechos humanos, se apruebe un acto legislativo que claramente la comunidad internacional ha manifestado que est&aacute; por debajo de los est&aacute;ndares internacionales.<\/p>\n<p> \thttp:\/\/www.semana.com\/politica\/reforma-fuero-militar-inconstitucional-guillermo-rivera\/189642-3.aspx<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El congresista liberal explica a Semana.com por qu&eacute; los llamados &#39;falsos positivos&#39; podr&iacute;an quedar impunes con la ampliaci&oacute;n del fuero para los militares. 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