{"id":5083,"date":"2013-02-02T22:15:48","date_gmt":"2013-02-02T22:15:48","guid":{"rendered":"http:\/\/www2.nasaacin.org\/index.php\/2013\/02\/02\/reforma-tributaria-desigualdad-y-pobreza-en-colombia\/"},"modified":"2013-02-02T22:15:48","modified_gmt":"2013-02-02T22:15:48","slug":"reforma-tributaria-desigualdad-y-pobreza-en-colombia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/2013\/02\/02\/reforma-tributaria-desigualdad-y-pobreza-en-colombia\/","title":{"rendered":"Reforma Tributaria, Desigualdad y Pobreza en Colombia"},"content":{"rendered":"<p> \tEl primero de enero de 2013 comenz&oacute; a regir la nueva reforma tributaria, Ley 1607 de diciembre de 2012.Son 198 &nbsp;art&iacute;culos que modifican aspectos importantes del estatuto tributario, estructurados en diez cap&iacute;tulos. Los cuatro primeros son los principales: personas naturales (I), impuesto sobre renta para la equidad (II), impuesto sobre las ventas (IVA) e impuesto nacional al consumo (III), personas jur&iacute;dicas (IV). En general, la reforma afecta negativamente a las personas naturales pertenecientes a la clase media trabajadora y beneficiaa las grandes empresas.El Gobierno y el Congreso legislaron en favor del capital y en detrimento del trabajo.<\/p>\n<p>  <!--more-->  <\/p>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tLos impuestos al empleo (parafiscales) se transforman, ahora, en impuestos a cargo de los trabajadores de clase media. La tarifa de impuesto a la renta de las empresas baja de 33 a 25 por ciento, pero al mismo tiempo se introduce la contribuci&oacute;n &ldquo;Cree&rdquo; (Impuesto sobre la Renta para la Equidad) de 8 por ciento. Los empresarios dejar&aacute;n de pagar 13,5% de su n&oacute;mina, correspondientes a Sena, ICBF y salud de sus trabajadores. Los 6,7 billones de pesos que dejar&aacute;n de pagar por parafiscalidad se cobrar&aacute;n a las personas naturales, para las cuales aumentar&aacute; la carga tributaria directa (impuesto a la renta) e indirecta (IVA).En resumen, las empresas pagar&aacute;n menos parafiscalidad y las personas naturales m&aacute;s renta, generando una redistribuci&oacute;n funcional -entre propietarios y asalariados- del ingreso contraria a los principios de justicia social.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tLa Reforma, en consecuencia, mantiene la tradici&oacute;n tributaria colombiana: la clase media trabajadora sostiene la hacienda p&uacute;blica y con sus impuestos financia los subsidios que van, v&iacute;a redistribuci&oacute;n, a ricos y pobres (m&aacute;s a los primeros), al aparato estatal, tanto de guerra (500.000 funcionarios en armas) como a la fronda burocr&aacute;tica (otros 700.000 funcionarios) y a la clase pol&iacute;tica (el promedio salarial y de pensiones de un congresista supera los 20 millones de pesos). Un trabajador de clase media, a lo largo de su vida laboral (unos 40 a&ntilde;os), trabaja 5 a&ntilde;osdedicado &uacute;nicamente para alimentar la voracidad del fisco (sin contar los impuestos que paga por ser propietario de una vivienda o un veh&iacute;culo), sin recibir subsidio alguno de &eacute;ste (para educaci&oacute;n, salud, vivienda o servicios domiciliarios). En resumen, la Reforma es fiel al mandato b&iacute;blico expresado por el evangelista Mateo: &ldquo;Al que tiene m&aacute;s, se le dar&aacute; m&aacute;s&rdquo;.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tLa hacienda p&uacute;blica y la pol&iacute;tica monetaria son los principales instrumentos de intervenci&oacute;n con que cuenta un gobierno para impulsar la econom&iacute;a e incidir en el bienestar de la poblaci&oacute;n. La reforma tributaria, seg&uacute;n lo argument&oacute; el Gobierno del Presidente Santos (2010-2014), tiene como objetivos la generaci&oacute;n del empleo (crear entre 850.000 a 1.000.000 de nuevos empleos), la disminuci&oacute;n de la pobreza, la reducci&oacute;n de la desigualdad y un sistema tributario que sea progresivo.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tContrario a lo expresado por el Gobierno y el Congreso, la reforma tributaria es regresiva. Con el pretexto de incentivar la inversi&oacute;n y generar empleo formal se disminuyeron los impuestos directos y se aumentaron los impuestos indirectos. De esta forma, baj&oacute; la tarifa del impuesto sobre la renta aplicable a las personas jur&iacute;dicas (sociedades) y, en paralelo, aumentaron los bienes y servicios gravados con el impuesto a las ventas IVA.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tLa sociedad colombiana est&aacute; estructurada sobre una desigualdad escandalosa. La naturaleza regresiva de la estructura tributaria colombiana refleja la f&eacute;rrea y cr&oacute;nica fragmentaci&oacute;n socioecon&oacute;mica dela poblaci&oacute;n. En el &uacute;ltimo medio siglo (1960-2010) el 40% m&aacute;s pobre de la poblaci&oacute;n, pese al sostenido crecimiento de la econom&iacute;a, pas&oacute; de apropiar el 9,7% a tan solo el 12% del PIB. La clase media, 50% de la poblaci&oacute;n, mejor&oacute; su participaci&oacute;n en el PIB en 8,3 puntos porcentuales: 48,9% en el a&ntilde;o 2010. El 10% m&aacute;s rico del pa&iacute;s, pese a que cedi&oacute; 10,6 puntos porcentuales de su apropiaci&oacute;n del PIB, a&uacute;n concentra el 39,1% (gr&aacute;fico 1).<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tFuente: series hist&oacute;ricas, estad&iacute;sticas DANE, DNP, Banco de la Rep&uacute;blica<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tProducto de los beneficios de la riqueza creciente, una fuerza de trabajo m&aacute;s educada y productiva, el gasto social focalizado y la econom&iacute;a din&aacute;mica han permitido disminuir la pobreza por ingresos en Colombia de 70% a 41%, entre los a&ntilde;os 1960 y lo corrido de la d&eacute;cada de 2010. No obstante, la desigualdad coloca a Colombia entre los pa&iacute;ses del orbe de mayor inequidad. Hoy la injusticia social es peor que cincuenta a&ntilde;os atr&aacute;s. En consecuencia, a la par que la pobreza absoluta cae, la pobreza relativa, y por tanto la brecha entre clases sociales, se profundiza (gr&aacute;fico 2). As&iacute;, por ejemplo, en el a&ntilde;o 2012, la acumulaci&oacute;n de capital creci&oacute; a un ritmo superior al 10% mientras que el consumo de bienes y servicios lo hizo &nbsp;por debajo de 3,5%; adem&aacute;s, los aumentos en los salarios son inferiores a los incrementos en la productividad del factor trabajo. Por tanto, los ingresos del capital crecen m&aacute;s r&aacute;pido que los ingresos del trabajo.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tFuente: series hist&oacute;ricas, estad&iacute;sticas DANE, DNP, Banco de la Rep&uacute;blica<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tEs falsa la apreciaci&oacute;n que califica a la nueva reforma tributaria de equitativa, eficiente y progresiva. Los intereses econ&oacute;micos de los sectores privilegiados ejercieron su poder pol&iacute;tico durante los debates en el Congreso hasta el punto de desfigurar la progresividad. La clase pol&iacute;tica defendi&oacute; en la Reforma sus intereses: 52 senadores votaron por el s&iacute; mientras que 6 lo hicieron por el no; en la C&aacute;mara, 104 representantes le dieron su aprobaci&oacute;n al proyecto de ley y 10 la rechazaron.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tAhora, los contribuyentes con mayor capacidad contributiva pagan menos o no pagan lo que les corresponde y en consecuencia tienen tarifas efectivas de tributaci&oacute;n m&aacute;s bajas. Un ejemplo ilustra el poder de lobby de la oligarqu&iacute;a nacional y su contubernio con la clase pol&iacute;tica: uno de los puntos pol&eacute;micos que se hundi&oacute; tanto en C&aacute;mara como en Senado fue el de gravar dividendos de compa&ntilde;&iacute;as; la propuesta apuntaba a gravar con 5% los dividendos de los accionistas de las compa&ntilde;&iacute;as que obtuvieran ganancias anuales superiores a 200 millones de pesos, la cual gener&oacute; rechazo del Consejo Gremial y de un amplio sector del empresariado, que argument&oacute; la imposici&oacute;n de doble tributaci&oacute;n. Adem&aacute;s, los beneficios tributarios exclusivos de las multinacionales o grandes empresasfueron estabilizados (congelados) hasta por 20 a&ntilde;os, desde el gobierno Uribe (2002-2010), mediante la suscripci&oacute;n de contratos de estabilidad jur&iacute;dica; por lo tanto, dichos incentivos fiscales no fueron modificados por la Reforma Tributaria para aproximadamente 65 grandes sociedades que tienen contratos vigentes.<\/div>\n<div> \tTal como se explic&oacute; anteriormente, hasta el ejercicio 2012 la tarifa de impuesto a la renta de las poderosas sociedades privadas era de 33%, a partir de 2013 baja a 25%, beneficiando al conjunto de la clase empresarial, nacional y extranjera. Adicionalmente, el impuesto a la inversi&oacute;n extranjera de portafolio en papeles, como los t&iacute;tulos (TES), pas&oacute; de 33 a 14 %, lo cual ayudar&aacute;, seg&uacute;n el Ministro de Hacienda, Mauricio C&aacute;rdenas Santamar&iacute;a, &ldquo;a mejorar la rentabilidad de los portafolios&rdquo;. El objetivo de rebajar los tributos empresariales es fortalecer la estrategia de incentivar la generaci&oacute;n de empleo formal. Adicionalmente, se eliminaron los parafiscales (recursos destinados al ICBF y el SENA)que gravaban el empleo en 13,5% (Los parafiscales no desaparecieron del todo, lo siguen pagando quienes perciban salarios superiores a los 10 millones de pesos).De acuerdo con el ministro de Hacienda, con la reforma aprobada el fisco dejar&aacute; de percibir 500.000 millones de pesos, un costo que seg&uacute;n &eacute;l &ldquo;vale la pena si se tiene en cuenta que se fijar&aacute;n mejores condiciones para la generaci&oacute;n de empleos formales&rdquo;.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tOtra mentira de los defensores de la Reforma es que conuna disminuci&oacute;n de la parafiscalidad se generan 1&#39;000.000 de empleos. Los estudios sobre mercado de trabajo y reformas tributarias -modificaciones del impuesto a la renta y a las contribuciones a la seguridad social- concluyen que no tienen impactos significativos.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tDe hecho, las reformas laborales que se vienen impulsando desde principios de la d&eacute;cada de 1990 lo que han logrado es precarizar, empobrecer y generar mayor inestabilidad en la fuerza de trabajo colombiana. Hoy, dos de cada tres ciudadanos que generan su ingreso de su propio trabajo se encuentran en la informalidad o en el desempleo abierto. La explicaci&oacute;n del deterioro del mercado de trabajo se explica por el modelo econ&oacute;mico que se consolida desde la d&eacute;cada de 1970: especializaci&oacute;n en las actividades extractivas (miner&iacute;a y petr&oacute;leo), servicios y especulaci&oacute;n financiera (las tres poco generadoras de empleo) y adquisici&oacute;n de la mayor parte de bienes industriales y agr&iacute;colas del extranjero (registr&aacute;ndose un desplome en las actividades del sector real, el cual es el principal generador de empleo formal). Esta situaci&oacute;n se evidencia en la consolidaci&oacute;n del desempleo estructural a partir de la d&eacute;cada de 1970 (&iacute;ndice superior a los dos d&iacute;gitos), pese al crecimiento de la econom&iacute;a y la disminuci&oacute;n de la pobreza absoluta (gr&aacute;fico 3).<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tFuente: series hist&oacute;ricas, estad&iacute;sticas DANE, DNP, Banco de la Rep&uacute;blica<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tEsta precarizaci&oacute;n del empleo y los ingresos de los trabajadores se traducen en situaciones tan inhumanas como que cerca de cinco millones de personas en Colombia padecen hambre; esto es, 10% de la poblaci&oacute;n se encuentra en situaci&oacute;n de pobreza absoluta. La persistencia del hambre y de la mala nutrici&oacute;nes intolerable &eacute;tica y socialmente, incompatible con la dignidad de los seres humanos y con la igualdad de oportunidades a que tienen derecho.La causa principal del hambre y la desnutrici&oacute;n se explican por la desigualdad econ&oacute;mica, en consecuencia su soluci&oacute;n requiere de pol&iacute;ticas redistributivas progresivas y de una buena ingenier&iacute;a en la inversi&oacute;n social. En este campo, las desigualdades no s&oacute;lo son entre clases sociales sino m&aacute;s profundamente entre regiones del pa&iacute;s (gr&aacute;fico 4).<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tEn t&eacute;rminos de beneficiar a los m&aacute;s pobres, en la reforma tributaria qued&oacute; establecido que a quienes ganen menos de 3,5 millones de pesos no se les aplicar&aacute; retenci&oacute;n en la fuente. Adem&aacute;s, entre lo aprobado qued&oacute; establecido que las madres comunitarias del pa&iacute;s sean vinculadas laboralmente y empiecen a devengar un salario m&iacute;nimo mensual.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tLa pregunta que debemos hacernos a esta altura del an&aacute;lisis es &iquest;si los ricos pagaran menos impuestos y los pobres no tributan, entonces quienes son los perdedores con la nueva reforma tributaria? La respuesta es sencilla, los mismos de siempre, la clase media, ahora clasificados por la Reforma en empleados y trabajadores por cuenta propia. En materia del impuesto sobre la renta y complementarios se establece una clasificaci&oacute;n de personas naturales en empleados y trabajadores por cuenta propia. Adem&aacute;s crea dos sistemas presuntivos de determinaci&oacute;n de la base gravable de renta conocidos como Impuesto M&iacute;nimo Alternativo -IMAN e Impuesto M&iacute;nimo Alternativo Simple IMAS.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tGr&aacute;fico 4<\/div>\n<div> \tIncidencia de la pobreza por departamentos 2010-2011.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tFuente: DANE, c&aacute;lculos con base en GEIH.<\/div>\n<div> \tLa Reforma cre&oacute; el impuesto sobre la Renta para la Equidad &ndash;CREE- como el aporte con el que contribuyen las sociedades y las personas jur&iacute;dicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios, en beneficio de los trabajadores, la generaci&oacute;n de empleo, y la inversi&oacute;n social (Art&iacute;culo 20). El CREE tendr&aacute; como hecho generador la obtenci&oacute;n de ingresos que sean susceptibles de incrementar el patrimonio de los sujetos pasivos con tarifa del 8 % destinados a la financiaci&oacute;n del SENA, ICBF y el Sistema de Seguridad Social en Salud; para los pr&oacute;ximos tres a&ntilde;os tendr&aacute; un punto adicional (1%), que se distribuir&aacute; de la siguiente manera: 40% para financiar a instituciones de educaci&oacute;n superior p&uacute;blicas, 30% para la nivelaci&oacute;n de la UPC del r&eacute;gimen subsidiado en salud y 30% para inversi&oacute;n social en el campo. La base gravable del CREE no podr&aacute; ser inferior al 3% del patrimonio l&iacute;quido del contribuyente (Art&iacute;culo 22).&nbsp;<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tLa otra modificaci&oacute;n importante de la Reforma est&aacute; relacionada con el impuesto sobre las ventas (IVA) e Impuesto Nacional de Consumo (Cap&iacute;tulo IV) que afecta negativamente al universo de personas naturales o consumidores con la ampliaci&oacute;n de bienes que causan impuestos o la creaci&oacute;n de un nuevo tributo al consumo. El hecho generador del Impuesto Nacional al Consumo ser&aacute; la prestaci&oacute;n o la venta al consumidor final o la importaci&oacute;n por parte del consumidor final, de los siguientes servicios y bienes: la prestaci&oacute;n del servicio de telefon&iacute;a m&oacute;vil; la venta de bienes corporales muebles; el servicio de expendio de comidas y bebidas preparadas (Art&iacute;culo 71).&nbsp;<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tEn los casos en que la Reforma disminuy&oacute; la tasa impositiva de bienes y servicios, la situaci&oacute;n es igualmente perversa: los empresarios aumentan su margen de ganancia y no transfieren los beneficios a los consumidores. En efecto, cerca de dos docenas de productos y servicios, como la gasolina, la medicina prepagada, los alimentos concentrados para animales, el chocolate y los consumos en restaurantes, deber&iacute;an haber empezado a bajar de precio, tras las medidas adoptadas con la reforma tributaria, que entraron en vigencia el primero de enero de 2013, pero las empresas en vez de abaratar precios, los est&aacute;n subiendo.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tEn el caso de los restaurantes, los usuarios han reportado que siguen pagando IVA del 16 por ciento, pese a que la reforma estableci&oacute; una reducci&oacute;n a 8 por ciento.Otro ejemplo que con la entrada en vigencia de la reforma tributaria no est&aacute; dejando ver mayores beneficios a los usuarios ocurre con la medicina prepagada: tal como qued&oacute; consagrado en el nuevo r&eacute;gimen tributario, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la medicina prepagada baj&oacute; del 10 al 5 por ciento, raz&oacute;n por la cual los usuarios de este sistema esperaban un alivio en las cuotas mensuales que pagan, pero para el a&ntilde;o 2013 el incremento de dichas mensualidades bordea hasta el 16 por ciento. Pese a que el director de la Dian, Juan Ricardo Ortega, afirma que bajas en IVA deben reflejarse en rebajas al consumidor, ante el hecho de la &ldquo;viveza&rdquo; manifiesta de los empresarios, ni la Dian ni la Defensor&iacute;a del Contribuyente tienen poder sancionatorio.&nbsp;<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tOtro impacto negativo en contra de los intereses de la clase media, en particular los trabajadores por cuenta propia, consiste en que la ley 1607 del 26 de diciembre de 2012 en su art&iacute;culo 18 modific&oacute; el art&iacute;culo 594-1 del estatuto tributario en el sentido de disminuir el tope de ingresos para que los trabajadores independientes no est&eacute;n obligados a declarar.Entre otros requisitos, el art&iacute;culo 594-1 del estatuto tributario, antes de la modificaci&oacute;n establec&iacute;a que los trabajadores independientes no estaban obligados a declarar si sus ingresos no superaban los 3.300 unidades de valor tributario (Uvt), pero el art&iacute;culo 18 de la ley 1607 de 2012 baj&oacute; ese tope a 1.400 Uvt, de manera tal que un trabajador independiente que tenga ingresos anuales superiores a 1.400 Uvt queda obligado a declarar, esto es, $ 3.132.000 mensuales (para el a&ntilde;o 2013, la Uvt equivale a 26.841 pesos).<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tFuente: Ministerio de Hacienda<\/div>\n<div> \tPara el a&ntilde;o 2013 los ingresos totales del Estado son del orden de los 118 billones de pesos. El Estado controla cerca del 46% del PIB anual. La fuente principal de estos son los ingresos tributarios, equivalentes al 85,3%. El gasto proyectado del Presupuesto de la Naci&oacute;n es de 135,2 billones de pesos, generando un d&eacute;ficit fiscal de 17,6 billones de pesos, el cual, por obligaci&oacute;n, tendr&aacute; que ser financiado con mayor endeudamiento p&uacute;blico o ajustado mediante recortes en los gastos de gobierno. El rubro mayor del gasto corresponde a los de funcionamiento (burocracia armada y civil), estos representan el 68,5% del presupuesto General de la Naci&oacute;n (gr&aacute;fico 5).<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tSi bien la clase media es la que mayor tributa, en el juego redistributivo, mediado por el Estado, es la que menos se beneficia. El an&aacute;lisis del gasto p&uacute;blico, seg&uacute;n funciones sist&eacute;micas del Estado (Gr&aacute;fico 6), muestra que 36% se orienta a la reproducci&oacute;n de la fuerza de trabajo, principalmente de los estratos socioecon&oacute;micos 1 a 3, mediante la pol&iacute;tica social; los programas sociales que mayor concentran gasto p&uacute;blico son educaci&oacute;n, salud, pago de pensiones y los asistencialistas (tipo familias en acci&oacute;n, bajo el control directo de la Presidencia de la Rep&uacute;blica). &nbsp;El segundo rubro en importancia, 27%, corresponde al pago del servicio de la deuda.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tLos gastos para el sostenimiento de la guerra (Fuerzas Armadas e instituciones de Inteligencia) y el control ciudadano (como los aparatos de justicia) concentran el 16,9 del gasto p&uacute;blico. La guerra es un factor negativo que consume grandes recursos e impide un mayor crecimiento econ&oacute;mico y un mejoramiento del bienestar ciudadano. De acuerdo con el &Iacute;ndice de Paz Global 2012, elaborado por el Instituto para la Econom&iacute;a y la Paz, el pa&iacute;s latinoamericano m&aacute;s pac&iacute;fico es Chile, que ocupa el lugar n&uacute;mero 30 de la lista, y el menos, Colombia, que est&aacute; en el puesto 144 en una lista de 158 pa&iacute;ses.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tLos servicios del Estado orientados a regular su relaci&oacute;n con la sociedad se llevan el 14 del Presupuesto. Para apalancar la acumulaci&oacute;n del capital privado, v&iacute;a subvenciones e infraestructura, va otro 6,3%. El gasto para proteger y regular el ambiente es casi inexistente en Colombia, apropia s&oacute;lo 0,1% del Presupuesto General de la Naci&oacute;n &ndash;PGN.&nbsp;<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tSi bien el gasto p&uacute;blico orientado a la inversi&oacute;n es de 23,8 billones en 2013 (18% del PGN), el monto es poco en relaci&oacute;n a los recursos que maneja el Estado y respecto al registro de pa&iacute;ses de la regi&oacute;n. Pero su impacto poco significativo se explica m&aacute;s por los problemas estructurales de la corrupci&oacute;n en Colombia. De acuerdo con la edici&oacute;n de 2012 del &Iacute;ndice de Percepci&oacute;n de la Corrupci&oacute;n (CPI) publicado por la ONG alemana Transparencia Internacional (TI), Am&eacute;rica Latina comparte tres graves problemas: violencia, desigualdad y corrupci&oacute;n; Colombia aparece, con el puesto 36, como un pa&iacute;s en el cual decrece la transparencia.<\/div>\n<div> \tTodos estos hechos nos permiten hacer conciencia de la realidad que padecemos los colombianos y colombianas a diario. La violencia, la desigualdad, la corrupci&oacute;n y estructuras fiscales regresivas constituyen un grave problema y una significativa amenaza para la estabilidad y seguridad de las sociedades, en la medida en que socava las instituciones y los valores de la democracia, la &eacute;tica y la justicia y compromete seriamente el desarrollo sostenible y el imperio de la ley, adem&aacute;s de erosionar la moral de las sociedades y distorsionar las econom&iacute;as y la asignaci&oacute;n de recursos para el desarrollo.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \t<strong><span style=\"font-size:14px;\">Libardo Sarmiento Anzola<\/span><\/strong><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El primero de enero de 2013 comenz&oacute; a regir la nueva reforma tributaria, Ley 1607 de diciembre de 2012.Son 198 &nbsp;art&iacute;culos que modifican aspectos importantes del estatuto tributario, estructurados en diez cap&iacute;tulos. 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