{"id":5521,"date":"2013-05-28T17:09:02","date_gmt":"2013-05-28T17:09:02","guid":{"rendered":"http:\/\/www2.nasaacin.org\/index.php\/2013\/05\/28\/a-juicio-exfuncionarios-del-das-participantes-en-montaje-judicial-a-dirigente-sindical-de-anthoc-cauca\/"},"modified":"2013-05-28T17:09:02","modified_gmt":"2013-05-28T17:09:02","slug":"a-juicio-exfuncionarios-del-das-participantes-en-montaje-judicial-a-dirigente-sindical-de-anthoc-cauca","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/2013\/05\/28\/a-juicio-exfuncionarios-del-das-participantes-en-montaje-judicial-a-dirigente-sindical-de-anthoc-cauca\/","title":{"rendered":"A juicio exfuncionarios del das participantes  en montaje judicial a dirigente sindical de ANTHOC-Cauca"},"content":{"rendered":"<p> \tBERTULFO SOLARTE IDROBO, es un reconocido dirigente sindical y defensor de derechos humanos del departamento del Cauca, que ha consagrado su vida a la reivindicaci\u00f3n de los derechos humanos y laborales, participando en diferentes organizaciones y en la actualidad&nbsp; ocupa el cargo de presidente del sindicato de trabajadores de la salud ANTHOC CAUCA.<\/p>\n<p>  <!--more-->  <\/p>\n<p> \tEl l\u00edder sindical y defensor de derechos humanos BERTULFO SOLARTE, fue detenido arbitrariamente el 6 de octubre de 2004, y posteriormente fue v\u00edctima de montaje judicial, proceso llevado a cabo por la Fiscal\u00eda 06-002 delegada ante los Jueces Penales del Circuito de Popay\u00e1n, con el radicado No. 96654.<\/p>\n<p> \tEl espurio proceso penal se inici\u00f3 por informe de inteligencia del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS. El informe fue producto de un acuerdo criminal entre los funcionarios del DAS:JOSE DUVERNEY VIVAS IDROVO, RUBEN DARIO QUINTERO y GLADIS LEONOR DAVILA, supervisados por MARIA ELENA RESTREPO ARANZALES y EDUARDO FERNANDEZ RODRIGUEZ, superiores jer\u00e1rquicos de los funcionarios del DAS, quienes se aprovecharon de DIANA PATRICIA RISUENO&nbsp; una mujer desplazada, embarazada y en condici\u00f3n de extrema pobreza, ofreci\u00e9ndole dadivas para que en proceso judicial declarara en contra del l\u00edder sindical y defensor de derechos humanos BERTULFO SOLARTE IDROBO afirmando que era guerrillero y que ten\u00eda responsabilidad en el homicidio del padre de la falsa testigo.<\/p>\n<p> \tLa fiscal\u00eda de conocimiento sin realizar las corroboraciones pertinentes de los informes de inteligencia suministrados por el Departamento Administrativo de Seguridad DAS decidi\u00f3 ordenar la captura de BERTULFO SOLARTE IDROBO, proces\u00e1ndolo por el delito de rebeli\u00f3n.<\/p>\n<p> \tEn el proceso contra el sindicalista y defensor de derechos humanos BERTULFO SOLARTE se profiri\u00f3 resoluci\u00f3n de preclusi\u00f3n de la investigaci\u00f3n, en diciembre de 2004, ante las inconsistencias de las declaraciones de los falsos testigos y un sinn\u00famero de irregularidades.<br \/> \tEn la resoluci\u00f3n de Preclusi\u00f3n de la Investigaci\u00f3n la misma Fiscal\u00eda que orden\u00f3 la Preclusi\u00f3n de la Investigaci\u00f3n concluy\u00f3 que:<\/p>\n<p> \t\u201cLas declaraciones de los funcionarios del Departamento Administrativo de Seguridad DAS, se basan en los dichos de los testigos de cargo, no aportando un dato diferente a la investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p> \t(\u2026.)&nbsp; Las afirmaciones de los testigos de cargo ofrecen dudas y contradicciones y en efecto la credibilidad en este momento procesal de los testimoniantes, no resiste la cr\u00edtica probatoria por que ha estado contaminada por muchos factores que hacen sus versiones inconsistentes y la versi\u00f3n del implicado tiene m\u00e1s visos de credibililidad.<\/p>\n<p> \t(\u2026) En este orden de ideas para el despacho el material probatorio allegado posteriormente al plenario (\u2026) llevan a colegir que el sindicado no milita en ning\u00fan grupo armado que pretenda \u201cMediante el empleo de las armas derrocar al Gobierno Nacional, o suprimir el R\u00e9gimen Legal Vigente\u201d<\/p>\n<p> \tLos derechos al buen nombre, a la dignidad, la&nbsp; libertad y seguridad personales de&nbsp; BERTULFO SOLARTE se vieron vulnerados por causa imputable al Estado de Colombia en cabeza de las instituciones del DAS y la FISCALIA, lo anterior con la finalidad de debilitar el trabajo sindical y defensa de la organizaci\u00f3n sindical ANTHOC CAUCA.<\/p>\n<p> \tLos hechos efectivamente derivaron en conductas delictiva consistentes en las falsas acusaciones presentadas por la Se\u00f1ora DIANA PATRICIA RISUE\u00d1O, ante autoridad judicial motivadas por la promesa de recompensa y&nbsp; presi\u00f3n&nbsp; ejercida por los funcionarios del DAS que configuran los delitos de falsedad ideol\u00f3gica en documento p\u00fablico, soborno, fraude procesal, falso testimonio, y falsa denuncia en contra de persona determinada.<\/p>\n<p> \t&nbsp;<\/p>\n<p> \tEn sentencia penal de mayo de 2012, El Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Popay\u00e1n (radicado No&nbsp; 2011-000-30-00), Conden\u00f3 a&nbsp; DIANA PATRICIA RISUE\u00d1O por el delito de falso testimonio en contra del l\u00edder sindical BERTULFO SOLARTE.<\/p>\n<p> \t&nbsp;<\/p>\n<p> \tPor su parte, la Fiscal\u00eda 87 de la unidad de derechos humanos de Pasto programa OIT, bajo el radicado 149570, profiri\u00f3 Resoluci\u00f3n de acusaci\u00f3n contra de los funcionarios del DAS: JOSE DUVERNEY VIVAS IDROVO, RUBEN DARIO QUINTERO y GLADIS LEONOR DAVILA, y resoluci\u00f3n de apertura de instrucci\u00f3n en contra de los superiores jer\u00e1rquicos del DAS: MARIA ELENA RESTREPO ARANZALES y EDUARDO FERNANDEZ RODRIGUEZ en calidad de COAUTORES de UN CONCURSO HETEREOGENEO Y SUCESIVO de Falsedad Ideol\u00f3gica en Documento P\u00fablico y Fraude Procesal.<\/p>\n<p> \tEste mi\u00e9rcoles 29 de mayo de 2013 se llevara a cabo audiencia preparatoria, en el Juzgado Cuarto Penal del Circuito en las instalaciones del Palacio de Justicia.<\/p>\n<p> \tSOLICITUDES<\/p>\n<p> \tEs pertinente que la Justicia Colombiana investigue,&nbsp; Juzgue y Castigue de forma ejemplar a los funcionarios que mediante actos criminales obstaculizaron y obstaculizan el trabajo sindical y de defensa de derechos humanos en el departamento del Cauca, como garant\u00eda de no repetici\u00f3n de estos actos criminales.<\/p>\n<p> \tExigimos al Estado colombiano la derogatoria de la Doctrina y las Pol\u00edticas, escandalosamente a\u00fan vigentes, que conciben a los sindicalistas y defensores de derechos humanos como enemigos de la Democracia y su consecuente caracterizaci\u00f3n como blancos leg\u00edtimos.&nbsp; Nos referimos a los Manuales del Ej\u00e9rcito de 1962, 1963, 1969, 1979, 1982 y 1987, pues son el marco legal y doctrinario en el que actuaron los funcionarios enunciados en el presente caso y siguen actuando actualmente otros funcionarios contra las organizaciones y defensores de derechos humanos en el pa\u00eds.<\/p>\n<p> \tSolicitamos al Estado colombiano garant\u00edas plenas para el ejercicio libre de la actividad sindical, de la organizaci\u00f3n social y de la representaci\u00f3n legal de las v\u00edctimas de los abusos estatales.<\/p>\n<p> \tSolicitamos a los defensores de derechos humanos y organismos de derechos humanos coadyuvar y hacer seguimiento a estas solicitudes.<br \/> \tCorporacion justicia y dignidad<br \/> \t&nbsp;CORPORACION JUSTICIA Y DIGNIDAD<\/p>\n<p> \tSindicato ANTHOC<\/p>\n<p> \t<strong>Colombia, Mayo 27 de 2013<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>BERTULFO SOLARTE IDROBO, es un reconocido dirigente sindical y defensor de derechos humanos del departamento del Cauca, que ha consagrado su vida a la reivindicaci\u00f3n de los derechos humanos y laborales, participando [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[61],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5521"}],"collection":[{"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5521"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5521\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5521"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5521"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5521"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}