{"id":6195,"date":"2013-09-06T17:37:09","date_gmt":"2013-09-06T17:37:09","guid":{"rendered":"http:\/\/www2.nasaacin.org\/index.php\/2013\/09\/06\/carta-abierta-a-la-corte-constitucional\/"},"modified":"2013-09-06T17:37:09","modified_gmt":"2013-09-06T17:37:09","slug":"carta-abierta-a-la-corte-constitucional","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/2013\/09\/06\/carta-abierta-a-la-corte-constitucional\/","title":{"rendered":"Carta abierta a la corte constitucional"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"> \tSe\u00f1ores, se\u00f1oras<br \/> \tCorte Constitucional<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \t&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tNos dirigimos a ustedes para recordarles el papel que les corresponde jugar en un momento de decisiones importantes como la que se refiere a la solicitud que les fue presentada en d\u00edas anteriores sobre la pregunta que permitir\u00eda convocar una consulta popular sobre el destino del Yasun\u00ed\/ITT.<\/p>\n<p>  <!--more-->  <\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tUstedes son la primera Corte Constitucional designada con los mecanismos de nuestra nueva Constituci\u00f3n y adem\u00e1s la primera Corte del Ecuador como &#8220;Estado constitucional de derechos y justicia&#8221;. No necesitamos dec\u00edrselo, pero es una gran responsabilidad.&nbsp; La Constituci\u00f3n, y el pueblo que la aprob\u00f3, les entreg\u00f3 un gran poder: ustedes pueden revisar las decisiones de p\u00fablicos y privados, de todas las funciones del Estado, para asegurarse de que ninguna persona est\u00e9 por encima de los principios y las normas de nuestra Carta Magna.<\/p>\n<p> \tDemandamos a ustedes su pronunciamiento y a la vez les recordarmos que deben hacerlo guiados por los siguientes principios contenidos en la&nbsp; Constituci\u00f3n 2008.<\/p>\n<p> \t-Art\u00edculo 11.5.-En materia de derechos y garant\u00edas constitucionales, las servidoras y servidores p\u00fablicos, administrativos o judiciales, deber\u00e1n aplicar la norma y la interpretaci\u00f3n que m\u00e1s favorezcan su efectiva vigencia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \t&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \t-Art\u00edculo 95 .- Las ciudadanas y ciudadanos, en forma individual y colectiva, participar\u00e1n de manera protag\u00f3nica en la toma de decisiones, planificaci\u00f3n&nbsp; y gesti\u00f3n de los asuntos p\u00fablicos, y en el control popular de las&nbsp; instituciones del Estado y la sociedad, y de sus representantes, en un proceso permanente de construcci\u00f3n del poder ciudadano. La participaci\u00f3n se orientar\u00e1 por los principios de igualdad, autonom\u00eda, deliberaci\u00f3n p\u00fablica, respeto a la diferencia, control popular, solidaridad e interculturalidad.<br \/> \t-La participaci\u00f3n de la ciudadan\u00eda en todos los asuntos de inter\u00e9s p\u00fablico es un derecho, que se ejercer\u00e1 a trav\u00e9s de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria.<\/p>\n<p> \tLa Ley Garant\u00edas Jurisdiccionales y Control Constitucional se\u00f1ala los Principios de la justicia constitucional para resolver las causas que se sometan a su conocimiento (Art. 2.):<\/p>\n<p> \t<strong>1. <\/strong>Principio de aplicaci\u00f3n m\u00e1s favorable a los derechos.- Si hay varias normas o interpretaciones aplicables a un caso concreto, se debe elegir la que m\u00e1s proteja los derechos de la persona.\u2028<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \t<strong>2.<\/strong> Optimizaci\u00f3n de los principios constitucionales.- La creaci\u00f3n, interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n del derecho deber\u00e1 orientarse hacia el cumplimiento y optimizaci\u00f3n de los principios constitucionales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \t&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \t<strong>3.<\/strong> Obligatoriedad del precedente constitucional.- Los par\u00e1metros interpretativos de la Constituci\u00f3n fijados por la Corte Constitucional en los casos sometidos a su conocimiento tienen fuerza vinculante. La Corte podr\u00e1 alejarse de sus precedentes de forma expl\u00edcita y argumentada garantizando la progresividad de los derechos y la vigencia del estado constitucional de derechos y justicia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \t<strong>4. <\/strong>Obligatoriedad de administrar justicia constitucional.- No se puede suspender ni denegar la administraci\u00f3n de justicia por contradicciones entre normas, oscuridad o falta de norma jur\u00eddica.<\/p>\n<p> \tLa solicitud de dictamen que se les ha planteado ser\u00eda la primera consulta&nbsp; nacional por iniciativa popular que se realiza desde la vigencia de la nueva Constituci\u00f3n, por lo tanto sus decisiones crear\u00e1n precedente sobre este mecanismo de participaci\u00f3n que es uno de los m\u00e1s importantes para el ejercicio de la democracia.&nbsp; Recuerden que sus decisiones de hoy ser\u00e1n la base de ese nuevo sistema constitucional que en teor\u00eda nos rige.<\/p>\n<p> \tHemos escuchado que analizan la opci\u00f3n de rehuir su responsabilidad y exigir cientos de miles de firmas antes de realizar el control constitucional de la pregunta, ni el Derecho ni la l\u00f3gica lo permiten. Una decisi\u00f3n as\u00ed ser\u00eda en la pr\u00e1ctica impedir un pronunciamiento nacional sobre el Yasun\u00ed, en donde decidamos democr\u00e1ticamente nuestras prioridades&nbsp; y el futuro del pa\u00eds que queremos.<\/p>\n<p> \tEn sus manos est\u00e1 el cumplir y hacer cumplir la Constituci\u00f3n, a\u00fan cuando lo que deban decidir le disguste al gobierno de turno.&nbsp; La justicia es una funci\u00f3n en donde la independencia es vital para la democracia.<\/p>\n<p> \t&nbsp;<\/p>\n<p> \t<strong>Quito, 6 de septiembre de 2013<\/strong><\/p>\n<p> \t&nbsp;<\/p>\n<p> \t<strong>Campa\u00f1a Amazon\u00eda por la Vida<\/strong><br \/> \tSi usted apoya esta carta, por favor env\u00ede un mensaje a info@amazoniaporlavida.org para hacer constar su firma.<br \/> \tSitio web de la campa\u00f1a: www.amazoniaporlavida.org<br \/> \tPara suscribirse: manda un mensaje a yasuni-subscribe@correo.amazoniaporlavida.org<br \/> \to desuscribirse: yasuni-unsubscribe@correo.amazoniaporlavida.org<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se\u00f1ores, se\u00f1oras Corte Constitucional &nbsp; Nos dirigimos a ustedes para recordarles el papel que les corresponde jugar en un momento de decisiones importantes como la que se refiere a la solicitud que [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":6194,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[3],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6195"}],"collection":[{"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=6195"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6195\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/6194"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=6195"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=6195"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=6195"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}