{"id":6208,"date":"2013-09-09T16:04:14","date_gmt":"2013-09-09T16:04:14","guid":{"rendered":"http:\/\/www2.nasaacin.org\/index.php\/2013\/09\/09\/pliego-asoquimbo-para-mesa-agraria-con-angelino-garzon\/"},"modified":"2013-09-09T16:04:14","modified_gmt":"2013-09-09T16:04:14","slug":"pliego-asoquimbo-para-mesa-agraria-con-angelino-garzon","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/2013\/09\/09\/pliego-asoquimbo-para-mesa-agraria-con-angelino-garzon\/","title":{"rendered":"Pliego ASOQUIMBO para mesa agraria con Angelino Garz\u00f3n"},"content":{"rendered":"<div> \tPliego de solicitudes y argumentos de ASOQUIMBO frente a la destrucci\u00f3n de la actividad productiva, el deplazamiento y vulneraci\u00f3n de derechos de afectados por megaproyectos hidroel\u00e9ctricos y de explotaci\u00f3n minera.<\/div>\n<p>  <!--more-->  <\/p>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div>\n<div> \t\tCon motivo de la reuni\u00f3n prevista para el 8 de septiembre de 2013 en la ciudad de Popay\u00e1n, coordinada por el Se\u00f1or ANGELINO GARZ\u00d3N, Vicepresidente de la Rep\u00fablica, en el contexto del PARO NACIONAL AGRARIO, la Asociaci\u00f3n de Afectados por el Proyecto Hidroel\u00e9ctrico El Quimbo -Asoquimbo-, integrante del Movimiento Colombiano por la Defensa de los Territorios \u00a1Rios Vivos! y de la Asociaci\u00f3n Nacional de Zonas de Reserva Campesina \u2013ANZORC-, solicita la instalaci\u00f3n de una MESA NACIONAL SOBRE POL\u00cdTICA MINERO ENERG\u00c9TICA, el 8 de octubre a partir de las 9 de la ma\u00f1ana en &nbsp;la Universidad Surcolombiana de Neiva Huila, presidida por el Se\u00f1or Vicepresidente y donde asistan los Ministros de Minas y Energ\u00eda, Agricultura, Ambiente y Desarrollo Sostenible, Trabajo y Protecci\u00f3n Social, delegados del Programa Presidencial de Derechos Humanos, &nbsp;Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n, Defensor\u00eda del Pueblo, Corporaci\u00f3n Aut\u00f3noma del Alto Magdalena CAM, Gobernaci\u00f3n del Huila &nbsp;y representantes de todas las organizaciones sociales comprometidas con la defensa de nuestros territorios y las comunidades afectadas por la pol\u00edtica minero energ\u00e9tica del Estado Colombiano.<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\tLa Mesa abordar\u00e1 las siguientes demandas ante los graves da\u00f1os econ\u00f3micos, sociales, culturales y ambientales causados por el desarrollo de Megaproyectos Minero energ\u00e9ticos:<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\t1.- Suspender licencias ambientales a proyectos minero energ\u00e9ticos (casos como El Quimbo, P\u00e1ramo de Miraflores y Cuenca Alta del r\u00edo las Ceibas en el Huila, HidroItuango en Antioquia) y el Plan Maestro de Privatizaci\u00f3n del R\u00edo Magdalena y no otorgar nuevas licencias para el desarrollo de Proyectos minero energ\u00e9ticos en el Huila y en Zonas de Reservas Protectoras de nuestra biodiversidad natural y gen\u00e9tica y de producci\u00f3n alimentaria en Colombia.<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\t2.- &nbsp;Garantizar, seg\u00fan lo dictamina la legislaci\u00f3n nacional, la naturaleza inalienable, imprescriptible e inembargable de los r\u00edos, lagunas, humedales y en general, todas las fuentes h\u00eddricas.<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\t3.- Exigir la restituci\u00f3n de las actividades productivas de todas las comunidades afectadas por los megaproyectos en Colombia y la indemnizaci\u00f3n econ\u00f3mica donde haya lugar.<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\t4.- Subsidiar la producci\u00f3n nacional afectada por los TLC y garantizar que no se restrinja la circulaci\u00f3n y uso de semillas nativas y ancestrales.<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\t5.- &#8211; Proteger y estimular los acueductos comunitarios, garantizando su autonom\u00eda y autogesti\u00f3n.<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\t6.- Instalar una comisi\u00f3n de la verdad sobre las violaciones a derechos humanos ocasionadas por la realizaci\u00f3n de proyectos mineroenerg\u00e9ticos en el Pa\u00eds y derogar las normas que amparan policivamente a las transnacionales para desalojar a los afectados.<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\t7.- Desarrollar eventos regionales y nacionales orientados hacia la transformaci\u00f3n de la actual pol\u00edtica mineroenerg\u00e9tica, con la participaci\u00f3n de todos los actores involucrados.<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\t8.- Crear la Zona de Reserva Campesina en El Quimbo amparada en el cap\u00edtulo XIII de la Ley 160 de 1994 y en el Decreto 1277 de 2013 el cual establece un programa especial de dotaci\u00f3n de tierras, entre otros, para personas vulneradas por el PH El Quimbo, que garantice la restituci\u00f3n de la actividad productiva y asegure la soberan\u00eda y seguridad alimentaria en la regi\u00f3n.<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\t9.- Declarar al P\u00e1ramo de Miraflores como Parque Nacional Natural.<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\t10. Reafirmar los resguardos ind\u00edgenas de origen colonial.<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\t11.- Enfocar la educaci\u00f3n en defender la identidad campesina, en reforzar las econom\u00edas tradicionales, antes que en formar profesionales, que desconocen la realidad de las regiones y del pa\u00eds y trabajan al servicio de las multinacionales.<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\t12. &nbsp;Suspender el cobro por el servicio de agua potable a toda la poblaci\u00f3n.<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\t13. Reducci\u00f3n de los costos de los combustibles y de todos los servicios domiciliarios.<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\tJUSTIFICACI\u00d3N&nbsp;<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\tEn la actualidad existen un poco m\u00e1s de 30 solicitudes de licencias ambientales en la ANLA para proyectos hidroel\u00e9ctricos en todo el pa\u00eds. Se suma a lo anterior el denominado Plan Maestro de Aprovechamiento del R\u00edo Magdalena en convenio con el Gobierno de China, la empresa estatal Hydrochina y Acci\u00f3n Social de Colombia, con un presupuesto de cooperaci\u00f3n superior a los seis millones de d\u00f3lares. El Plan busca identificar los medios, mecanismos y recursos que sean necesarios a fin de iniciar el aprovechamiento de las m\u00faltiples potencialidades que ofrece el r\u00edo Magdalena, incluyendo entre otras la navegabilidad, la navegaci\u00f3n, la adecuaci\u00f3n de tierras, la generaci\u00f3n de energ\u00eda y contempla nuevos Proyectos Hidroel\u00e9ctricos en el Huila: Isnos: 4.5 Km2, Guarapas: 11 km2, Chillurco: 12 km2, Oporapa 14 km2, Pericongo: 7km2, Paez 5 Km2, Aranzazu 6 km2, La plata 10 km2 y Paicol 50 km2. Lo que significar\u00e1 la privatizaci\u00f3n y la apropiaci\u00f3n de una de nuestras m\u00e1s grandes riquezas: el agua.<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\tEl &nbsp;presidente Santos anunci\u00f3 al final de la Cumbre de la Tierra Rio + 20, de declarar 17,6 millones de hect\u00e1reas del Choc\u00f3, Amazonas, Guaviare, Guain\u00eda, Vaup\u00e9s, y Vichada como Reserva Estrat\u00e9gica Minera, cuando se supon\u00eda que la discusi\u00f3n era como afrontar &nbsp;la crisis ambiental, social y clim\u00e1tica que enfrenta la humanidad.<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\tLa Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica propuso \u201cdeclarar una moratoria indefinida en la actividad minera, hasta que el Estado ponga orden y plantee un nuevo enfoque del &nbsp;problema\u201d producto del estudio &nbsp;dirigido por Luis Jorge Garay, al frente de siete calificados expertos, que examina el famoso \u201ctren\u201d de la miner\u00eda y plantea la necesidad de superar el modelo reinante en Colombia. &nbsp;\u201cConsidera que es ambientalmente nocivo y socialmente injusto; que favorece al sector privado y maniata al p\u00fablico; que se reglament\u00f3 de manera irregular (la ley clave \u2013685 del 2001\u2013 fue obra de abogados mineros y las empresas influyeron en los debates); que genera magros beneficios econ\u00f3micos y laborales; que excluye a mineros peque\u00f1os y medianos y pervive \u2018en un hueco negro donde dif\u00edcilmente un ciudadano com\u00fan y corriente puede acceder a la informaci\u00f3n m\u00e1s all\u00e1 de lo que la autoridad y las empresas quieran comunicar\u2019.<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\tLa Contralora Sandra Morelli, el 13 &nbsp;de octubre de 2012 en entrevista a Yamid Amat, afirm\u00f3 que \u2018Colombia est\u00e1 al borde de un desastre ambiental\u2019 y agreg\u00f3 que \u201cen el centro del pa\u00eds hay tambi\u00e9n hallazgos preocupantes: la represa del Quimbo, cuyas obras representan una afectaci\u00f3n ambiental y social de enormes proporciones, raz\u00f3n por la cual se abri\u00f3 juicio de responsabilidad fiscal ante un presunto da\u00f1o patrimonial, estimado en poco m\u00e1s de 350 mil 644 millones de pesos\u201d, cerca de 200 millones de d\u00f3lares, comprometiendo a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) en supuestas irregularidades en el tr\u00e1mite de la licencia, as\u00ed como en el grave impacto social, ambiental y econ\u00f3mico que surgi\u00f3 dentro de la expedici\u00f3n de la misma.<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\tEl Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural expidi\u00f3 el Decreto n\u00famero 1277 del 21 de junio de 2013 &#8220;Por el cual se establece un programa especial de Dotaci\u00f3n de Tierras&#8221;<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\tEn el Art\u00edculo 1 &nbsp;numeral 1 establece como primer beneficiario las \u201cPersonas vulnerables de la zona de ejecuci\u00f3n del proyecto hidroel\u00e9ctrico &#8220;El Quimbo&#8221; en el departamento del Huila, que no sean propietarias de tierras y sean sujetos de reforma agraria\u201d.<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\tLa expedici\u00f3n de la norma obedece a la resistencia civil que desde hace 5 a\u00f1os viene realizando Asoquimbo por la suspensi\u00f3n definitiva de las obras del Proyecto Hidroel\u00e9ctrico y la creaci\u00f3n de la Zona de Reserva Campesina para El Quimbo como parte integral de una Reforma Agraria. Sin embargo, es imposible aplicar el Decreto 1277, sin proceder de inmediato a la suspensi\u00f3n de la respectiva Licencia Ambiental, por las siguientes razones:<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\t1. La Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n hab\u00eda solicitado al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (hoy MADS), el 9 de mayo de 2009, \u201cabstenerse de otorgar licencia ambiental para la construcci\u00f3n del proyecto El Quimbo\u201d, debido a que \u201cno es conveniente que se inunden unas de las mejores tierras con aptitud agr\u00edcola de la regi\u00f3n, cuando se considera que el Huila es pobre en tierras productivas y porque es dif\u00edcil restituir la actividad productiva por la dificultad de encontrar tierras semejantes\u201d.<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\t2. La dificultad de \u201crestituir la actividad productiva\u201d fue confirmada por la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, -CGR- el 28 de febrero de 2011, en documento sobre \u201cConsideraciones t\u00e9cnicas para apertura de indagaci\u00f3n preliminary al MADS por proceso licenciatorio PHE -El Quimbo-\u201cal consignar que:<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\t\u201cLa CGR cuenta con informaci\u00f3n de campo en el sentido de que se est\u00e1 procurando reasentar a comunidades afectadas en areas en producci\u00f3n, con lo cual no se estar\u00eda restituyendo las areas y actividades productivas afectadas por la inundaci\u00f3n, si no su reemplazo. Lo anterior, desdice de la seriedad de la Empresa Emgesa S.A. para dar cabal cumplimiento a sus obligaciones. Esta situaci\u00f3n est\u00e1 generando conflictos entre las comunidades por divisiones entre las mismas, con la consecuente ruptura de su tejido social, tanto de las que buscan ser reasentadas como las que ser\u00edan desplazadas por los reasentamientos de las primeras. Tambi\u00e9n se ha recibido informaci\u00f3n en el sentido de que se est\u00e1 ofreciendo dinero a las comunidades y afectados, para que las mismas lleven a cabo la compra de tierras, lo que contradice lo estipulado en la Resoluci\u00f3n 899 de 2009, que prioriza como primera opci\u00f3n el reasentamiento de las comunidades, todo ello ante la mirada e inacci\u00f3n de las Autoridades competentes\u201d.<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\t3. El Ministerio de Ambiente ha estimulado la violaci\u00f3n de la Licencia al permitir que Emgesa contin\u00fae adquiriendo \u201cpredios en producci\u00f3n\u201d ocasionando la destrucci\u00f3n de las cadenas productivas y la seguridad alimentaria incrementando el desplazamiento y el desempleo &nbsp;cuando su obligaci\u00f3n es garantizar la restituci\u00f3n de m\u00e1s de 5200 hect\u00e1reas y no su reemplazo como lo verific\u00f3 la CGR.<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\t4.- En efecto, ni el Ministerio de Ambiente, ni Emgesa, ni el Ministerio de Agricultura han dado cumplimiento a la \u201crestituci\u00f3n de la actividad productiva\u201d &nbsp;tal como qued\u00f3 establecido en la Licencia que incorpor\u00f3 integralmente el \u201cDocumento de Cooperaci\u00f3n celebrado entre la Gobernaci\u00f3n del Huila, los Municipios del Agrado, Garz\u00f3n, Altamira, Gigante, Paicol y Tesalia, el Ministerio de Minas y Energ\u00eda, de Agricultura y Emgesa\u201d, en cuyo, numeral tres, art\u00edculo primero, Cap\u00edtulo I, establece que Emgesa \u201cAsume el costo de adecuar dos mil novecientas (2.900) has de riego adicionales a las contempladas en el Plan de Manejo Ambiental, hasta completar 5.200 ha. proporcionalmente a la p\u00e9rdida de cada municipio\u201d; y en el numeral 3 del Cap\u00edtulo III, es obligaci\u00f3n del Ministerio de Agricultura \u201cAdquirir aproximadamente DOS MIL SETECIENTAS (2.700) has previa presentaci\u00f3n del estudio por parte de EMGESA S.A. de los posibles predios sobre los cuales construir\u00e1 la infraestructura de riego por gravedad, para adelantar all\u00ed programas de reforma agraria en la cual se incluyan las comunidades m\u00e1s vulnerables de la zona de influencia del Proyecto que no sean propietarias (madres cabeza de familia, partijeros, mayordomos, pescadores, jornaleros y paleros, entre otros), de acuerdo con lo previsto con el numeral tercero de las obligaciones de EMGESA S.A\u201d.<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\t5. Las personas vulnerables de la Zona de ejecuci\u00f3n del Proyecto Hidroel\u00e9ctrico, sujetos de reforma agraria, que har\u00edan parte del Programa de Dotaci\u00f3n de Tierras, seg\u00fan el Decreto 1277, a\u00fan no han sido censadas en su mayor\u00eda teniendo en cuenta que la Contralor\u00eda, mediante Oficio de agosto 23 de 2012, \u201cinforme final\u201d obtenido &nbsp;en desarrollo de la \u201cDenuncia de Participaci\u00f3n Ciudadana -Censo Desarrollado por Emgesa sobre los Beneficiarios del Proyecto Hidroel\u00e9ctrico El Quimbo\u201d encontr\u00f3 \u201cdeficiencias de metodolog\u00eda del Censo realizado por Emgesa para efectos de la compensaci\u00f3n ordenada en la Licencia\u201d excluyendo a muchas personas impactadas que cumplen con las condiciones para ser indemnizadas y censadas. Adem\u00e1s, Asoquimbo, identific\u00f3 &nbsp;cerca de 10.000 personas que se consideran afectadas debido a los da\u00f1os causados por &nbsp;la destrucci\u00f3n de las cadenas productivas &nbsp;y solicit\u00f3 a la ANLA se ordene su inclusi\u00f3n en el censo socioecon\u00f3mico de afectados por el Proyecto, petici\u00f3n que ha sido negada, incluso, contra Sentencia del Consejo de Estado proferida el 6 de noviembre de 2012 &nbsp;mediante la cual se tutelaron los derechos fundamentales de un afectado por el Proyecto El Quimbo y &nbsp;\u201cse previene a la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n, a la Procuradur\u00eda Regional del Huila, a la Defensor\u00eda del Pueblo, a la Personer\u00eda y a la Alcald\u00eda del municipio de Gigante para que en lo sucesivo ejerzan sus funciones constitucionales y legales de protecci\u00f3n de los derechos humanos y asegurar su efectividad, defender los intereses de la sociedad\u201d.&nbsp;<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\t6.- El procedimiento para la dotaci\u00f3n de tierras para el sinn\u00famero de afectados por el Proyecto El Quimbo se adelantar\u00eda \u201ccon sujeci\u00f3n a los art\u00edculos 32 y 33 de la Ley 160 de 1994 y el Decreto Reglamentario 2666\u201d. &nbsp;En tal sentido, corresponde adjudicarlas hasta la extensi\u00f3n de una Unidad Agr\u00edcola Familiar -UAF- que para el caso de la Zona de El quimbo comprende entre el rango de 30 a 50 hect\u00e1reas.<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\tRaz\u00f3n ten\u00eda la Procuradur\u00eda cuando solicit\u00f3 al Ministerio \u201cabstenerse de otorgar la Licencia Ambiental al Proyecto\u201d. M\u00e1s a\u00fan, la Contralor\u00eda, al denunciar la falta de seriedad de Emgesa que en connivencia con el Ministerio de Ambiente le hacen trampa a la licencia, con dolo, al no \u201crestituir la actividad productiva\u201d y a cambio de ello, han destruido las cadenas productivas, la seguridad alimentaria, los proyectos de vida de las comunidades, los tejidos sociales, estimulando el desempleo y el desplazamiento masivo de jornaleros, partijeros, mayordomos, pescadores, mineros, paleros, madres cabeza de familia, entre otros, es decir, cometiendo delitos de lesa humanidad.<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\tAsoquimbo viene impulsando la recuperaci\u00f3n de las tierras adquiridas ilegalmente por la ENEL, ENDESA, EMGESA, con el aval del Estado, donde los despojados y desplazados con sus propios recursos vienen invirtiendo en la producci\u00f3n de bienes agropecuarios, con el prop\u00f3sito de \u201crestablecer y restituir legal y leg\u00edtimamente la actividad productiva\u201d y avanzar en la construcci\u00f3n de la Zona de Reserva Campesina. S\u00f3lo de esta manera, ser\u00e1 posible dar cumplimiento al Decreto 1277 una vez se logre paralizar el proyecto.<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\tAsoquimbo ha agotado todos los recursos legales sin lograr el restablecimiento de los Derechos Constitucionales por parte del Estado. No existe celeridad en los procesos de investigaci\u00f3n, raz\u00f3n por la cual se requieren resultados sobre:<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\ta) la investigacion fiscal que adelanta la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica con ocasion del Licenciamiento ambiental del Proyecto Hidroel\u00e9ctrico El Quimbo, b) la investigaci\u00f3n penal que adelanta la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n por el presunto punible de da\u00f1o ambiental, c) la orden del Consejo de Estado a Emgesa de amparar los derechos fundamentals conculcados a los trabajadores Afectados, d) el pronunciamiento de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica sobre las deficiencias de metodolog\u00eda del Censo realizado por Emgesa para efectos de la compensaci\u00f3n ordenada en la Licencia, e) la restituci\u00f3n de 5200 hect\u00e1reas productivas que fueron intervenidas con el proyecto, f) el informe t\u00e9cnico de visita de la CGR al sitio Presa Casa de M\u00e1quinas y Obras Auxiliares\u201d del PHQ, el cual se advierte sobre la ocurrencia de dos eventos de inestabilidad geot\u00e9cnica, no informados directa y oportunamente por Emgesa a la ANLA\u201d.<\/div>\n<div> \t\t&nbsp;<\/div>\n<div> \t\tSe exige al Programa Presidencial de Derechos Humanos su intervenci\u00f3n inmediata para que se suspendan todas las \u00f3rdenes de desalojo y se denuncien los cr\u00edmenes cometidos por Emgesa y la ANLA &nbsp;contra la Seguridad Alimentaria, el medio ambiente, el Patrimonio Arqueol\u00f3gico &nbsp;y la vulneraci\u00f3n de todos los derechos fundamentales de los afectados y se garantice &nbsp;el cumplimiento del Decrecto 1277 de Dotaci\u00f3n de Tierras para la Zona de Reserva Campesina.<\/div>\n<\/p><\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \t<strong>MILLER ARM\u00cdN DUSS\u00c1N CALDER\u00d3N<\/strong><\/div>\n<div> \tProfesor e Investigador Universidad<\/div>\n<div> \tSurcolombiana.<\/div>\n<div> \tDoctor Educaci\u00f3n y Sociedad. Universidad<\/div>\n<div> \tAut\u00f3noma de Barcelona.<\/div>\n<div> \tInvestigador &nbsp;Asoquimbo<\/div>\n<div> \thttp:\/\/millerdussan.blogia.com\/2013\/090701-pliego-de-solicitudes-y-argumentos-de-asoquimbo-frente-a-la-destruccion-de-la-ac.php<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Pliego de solicitudes y argumentos de ASOQUIMBO frente a la destrucci\u00f3n de la actividad productiva, el deplazamiento y vulneraci\u00f3n de derechos de afectados por megaproyectos hidroel\u00e9ctricos y de explotaci\u00f3n minera.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[101],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6208"}],"collection":[{"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=6208"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6208\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=6208"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=6208"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=6208"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}