{"id":6437,"date":"2013-10-15T17:55:46","date_gmt":"2013-10-15T17:55:46","guid":{"rendered":"http:\/\/www2.nasaacin.org\/index.php\/2013\/10\/15\/movimiento-pueblos-indigenas-en-chile-y-sus-agendas-publicas\/"},"modified":"2013-10-15T17:55:46","modified_gmt":"2013-10-15T17:55:46","slug":"movimiento-pueblos-indigenas-en-chile-y-sus-agendas-publicas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/2013\/10\/15\/movimiento-pueblos-indigenas-en-chile-y-sus-agendas-publicas\/","title":{"rendered":"Movimiento pueblos ind\u00edgenas en Chile y sus  agendas p\u00fablicas"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"> \t<strong> a)&nbsp; Organizaciones:<\/strong><br \/> \tLas Organizaciones que reconoce la institucionalidad del Estado a trav\u00e9s de la Ley Ind\u00edgena 19.253 (1993)&nbsp; son las Comunidades y las Asociaciones Ind\u00edgenas que al constituirse adquieren personalidad jur\u00eddica. Ello les permite tener existencia y representaci\u00f3n legal y por tanto, postular a los diversos fondos que el Estado pone a su disposici\u00f3n, entre ellos el Fondo de Tierra, el Fondo de Aguas y los diversos Proyectos concursables que especialmente entrega la Corporaci\u00f3n Nacional de Desarrollo Ind\u00edgena CONADI.<\/p>\n<p>  <!--more-->  <\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tEn este contexto, ninguna otra organizaci\u00f3n tiene la oportunidad de acceder a estos recursos destinados espec\u00edficamente a los \u201cInd\u00edgenas\u201d, lo que por un lado genera la percepci\u00f3n de que ellos son ampliamente beneficiados y por otro, que el desarrollo de los Pueblos Originarios est\u00e1 siendo incentivado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tEstas organizaciones son detalladas en la Ley Ind\u00edgena (art\u00edculos 9 al 11) para la \u201cComunidad Ind\u00edgena\u201d y en los art\u00edculos 36 y 37 donde crea la \u201cAsociaci\u00f3n Ind\u00edgena\u201d. Para ambos casos establece requisitos para su conformaci\u00f3n, en el caso de las Comunidades Ind\u00edgenas. Los criterios que permitir\u00e1n su conformaci\u00f3n son (art\u00edculo 9):<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \t\u201cPara los efectos de esta ley se entender\u00e1 por Comunidad Ind\u00edgena, toda agrupaci\u00f3n de personas pertenecientes a una misma etnia ind\u00edgena y que se encuentren en una o m\u00e1s de las siguientes situaciones:<\/p>\n<p> \ta) Provengan de un mismo tronco familiar;<br \/> \tb) Reconozcan una jefatura tradicional;<br \/> \tc) Posean o hayan pose\u00eddo tierras ind\u00edgenas en com\u00fan, y<br \/> \td) Provengan de un mismo poblado antiguo.\u201d<\/p>\n<p> \tSi bien se se\u00f1ala la \u201cjefatura tradicional\u201d, estos criterios no consideran la org\u00e1nica u organizaci\u00f3n tradicional, agregando un alto nivel de complejidad pues la noci\u00f3n de \u201ctierras ind\u00edgenas\u201d introducido en este art\u00edculo trata de otro concepto creado en esta nueva Ley Ind\u00edgena\u201d (en su T\u00edtulo II, art\u00edculos 12 y 19), aspecto que hace referencia a m\u00faltiples leyes y Decretos anteriores, y que en algunos casos no permite tener una situaci\u00f3n regularizada debido a la superposici\u00f3n de t\u00edtulos de propiedad de tierra. Estos criterios, adem\u00e1s de ser introducidos y ajenos de la situaci\u00f3n organizacional ancestral de estos Pueblos, resultan ambiguos y en extremo complejos.<\/p>\n<p> \tUn fen\u00f3meno importante a se\u00f1alar en esta explicaci\u00f3n, es el que hace referencia Huaiquilaf (1999) quien se\u00f1ala : \u201cEl mundo ind\u00edgena urbano es tan complejo y contradictorio, que al tiempo que presenta profundos procesos de aculturaci\u00f3n y transculturizaci\u00f3n, de negaci\u00f3n de la diversidad \u00e9tnica de parte de la poblaci\u00f3n en general, y de la autonegaci\u00f3n de la pertenencia \u00e9tnica de parte de mapuches urbanos, de reelaboraci\u00f3n y recreaci\u00f3n de aspectos culturales tradicionales y de reafirmaci\u00f3n \u00e9tnica\u2026\u201d<\/p>\n<p> \tA ello Jara&nbsp; agrega: \u201cLa cultura mapuche empieza a reproducirse y regenerarse en la ciudad, en manos de este nuevo sujeto emergente; El mapuche Urbano, Mapurbe o Mapuche Wariache , sujeto que emerge desde un espacio en que se pretende ir en b\u00fasqueda del sentido de las cosas. El desarraigo del territorio ancestral y el aglutinamiento en algunas comunas de Santiago permiti\u00f3 a los mapuche migrantes darse cuenta de su propia identidad, identidad que era vivida con cotidianeidad y ahora se re mitifica en este contexto adverso para la mantenci\u00f3n de las antiguas pr\u00e1cticas\u2026\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \t<strong>b)&nbsp;&nbsp; &nbsp;El movimiento Ind\u00edgena y su Agenda P\u00fablica<\/strong><br \/> \tIndependiente de las organizaciones funcionales que establece la Ley Ind\u00edgena, son las articulaciones entre referentes con personalidad jur\u00eddica y otras no, entre funcionales e instituciones ancestrales las que vienen generando movilizaci\u00f3n y levantando agendas propias de exigencia con procesos de incidencia ante la Institucionalidad P\u00fablica y que son parte de las conexiones de los Derechos Colectivos cuya matriz es la Libredeterminaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tEn el actual escenario, hay aspectos esenciales de nuevas formas de relaci\u00f3n que tienen que ver con el fin a las pr\u00e1cticas de colonialismo y racismo, como es la discriminaci\u00f3n y estigmatizaci\u00f3n que medios masivos y comerciales hacen de la existencia Ind\u00edgena, hasta las instalaciones de basurales y Tratamiento de Aguas Servidas en suelos Ind\u00edgenas.<br \/> \tA su vez, son diversas las expresiones que exigen el respeto, garant\u00eda, cumplimiento y reparaci\u00f3n en Derechos Colectivos y que se describen a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tI.- Integridad Cultural: 1) Derechos Educativos, Ling\u00fc\u00edsticos y Culturales; 2) Resguardo de los Lugares sagrados; y 3) Oficializaci\u00f3n de las Banderas de los Pueblos Ind\u00edgenas.<\/p>\n<p> \tII.- Tierras, Territorios y \u201cRecursos\u201d Naturales: 1)&nbsp;&nbsp; &nbsp;Respeto a los territorios y elementos de la naturaleza; 2) Reclamaciones de tierras y cumplimiento del Est\u00e1ndar Internacional de Derechos; 3) Desaf\u00edos implementaci\u00f3n Ley Pueblos Originarios Costero marino (Ley Lafkenche); 4) Situaci\u00f3n actual de los territorios.&nbsp; &nbsp;<br \/> \t&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; &nbsp;<br \/> \tIII.- Bienestar Social Y Desarrollo De Los Pueblos: 1) Econom\u00edas territoriales y desarrollo aut\u00f3nomo.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; &nbsp;<br \/> \t&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; &nbsp;<br \/> \tIV.- Autogobiernos, Autonom\u00edas Y Participaci\u00f3n Pol\u00edtica:&nbsp; 1) Proceso constituyente, descentralizaci\u00f3n pol\u00edtica y estatuto de autonom\u00eda; 2) Pacto Mapuche por la Autodeterminaci\u00f3n; 3) Territorios y autoridades ancestrales; 4) Jurisdicciones municipales; 5) Los&nbsp; Derechos Colectivos en la constituyente; 6) Movimiento Ind\u00edgena por el respeto e implementaci\u00f3n de la consulta.<\/p>\n<p> \t<strong>I.- INTEGRIDAD CULTURAL<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \t<em><strong>1) Derechos Educativos, Ling\u00fc\u00edsticos y Culturales<\/strong><\/em><br \/> \tLa cultura es entendida generalmente de manera que incluye pautas afines, lengua, religi\u00f3n, rituales, arte y filosof\u00eda; y tambi\u00e9n, se&nbsp; extiende sobre el uso de las tierras.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tDesde los movimientos Ind\u00edgenas en Chile, dos expresiones se han manifestado activamente con intenci\u00f3n de establecer incidencia p\u00fablica sobre el derecho a mantener y desarrollar libremente las identidades culturales diferenciadas, dentro del marco de los principios de Derechos Humanos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tUna de ellas, son los planteamientos de La Red por los Derechos Educativos y Ling\u00fc\u00edsticos de los Pueblos Ind\u00edgenas de Chile&nbsp; , quien ha realizado dos importantes Congresos de las Lenguas Ind\u00edgenas -el a\u00f1o 2010 y el 2012- para establecer sus bases y propuestas. &nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tAsimismo, ha generado movilizaci\u00f3n a nivel Pa\u00eds, como el&nbsp; 21 de febrero de 2013 en el contexto del d\u00eda internacional de la lengua materna. El llamado fue a realizar una serie de manifestaciones p\u00fablicas con el objeto de exigir al Estado que se ense\u00f1en y utilicen de forma oficial las Lenguas Ind\u00edgenas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tDe esa forma, en diversas localidades en Chile se desarrollaron diversas manifestaciones con una importante convocatoria y consecutivamente, este 28 de Junio de 2013, la Red dio cuenta de sus demandas Educativas, Ling\u00fc\u00edsticas y Culturales de los Pueblos Ind\u00edgenas para la&nbsp; comisi\u00f3n de reforma educacional, atendiendo los resultados de sus dos Congresos .<br \/> \tComo eje central, presenta la constitucionalizaci\u00f3n de los Pueblos Ind\u00edgenas de Chile y su reconocimiento como naciones pre-existentes (en una Nueva Constituci\u00f3n) porque la actual tiene una serie de trabas que impiden el reconocimiento y ejercicio de los Derechos Territoriales, Pol\u00edticos, Educativos, Culturales y Ling\u00fc\u00edsticos. As\u00ed mismo, garantizar estos derechos a todas las y los ni\u00f1os Ind\u00edgenas de Chile, principalmente, reconocer la Co-oficialidad de las lenguas Ind\u00edgenas habladas en el territorio nacional, para su valoraci\u00f3n, ense\u00f1anza y desarrollo, seg\u00fan indicaron.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tIgualmente, plantea la creaci\u00f3n de una unidad al interior del Ministerio de Educaci\u00f3n que implemente y coordine las Pol\u00edticas Interculturales Biling\u00fces (la educaci\u00f3n intercultural para todos los Chilenos y biling\u00fce para los Ind\u00edgenas) y una nueva institucionalidad que deber\u00e1 contar con participaci\u00f3n Ind\u00edgena en la toma de decisiones y contar con un programa nacional que oriente y d\u00e9 seguimiento a la implementaci\u00f3n de la Pol\u00edtica Biling\u00fce Intercultural. Ella deber\u00e1 ser dirigida por profesionales expertos instalados en cada una de las regiones y contar con los recursos necesarios para implementar el programa antes se\u00f1alado, seg\u00fan manifiestan en sus planteamientos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tPor otro lado, como un ejemplo de acci\u00f3n territorial dentro de una jurisdicci\u00f3n municipal, las comunidades Mapuche de la comuna de Galvarino amparadas en el Consejo Territorial Mapuche, el d\u00eda lunes 8 de Julio de 2013 hicieron masivamente ingreso a la Municipalidad de Galvarino para exigir que la lengua Mapuzugun sea oficializada . Se\u00f1alaron: \u201cHoy nos hemos levantado para exigir que nuestra lengua sea Co-oficial en la comuna amparados en nuestro Derecho consuetudinario, en el conocimiento de nuestros Kimche, Machi, Lonko, Werken,Weichafe\u2026\u201d.<\/p>\n<p> \t<em><strong>2)&nbsp;&nbsp; &nbsp;Resguardo de los Lugares sagrados<\/strong><\/em><br \/> \tOtras expresiones que se han manifestado exigiendo el respeto a la integridad cultural, son aquellas que defienden los lugares sagrados de los atropellos y amenazas de Proyectos P\u00fablicos y Privados que alterar\u00edan lugares de significancia cultural, religiosa y\/o espiritual.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tUna de ellas, fue la realizada por dos mujeres del Pueblo Likanantay- Amelia Mamani y Sonia Ramos- quienes hicieron en octubre del 2009 una caminata desde Calama hasta Santiago, para entregarle a la entonces Presidenta Michelle Bachelet, una carta suscrita por m\u00e1s de 30 mil personas rechazando la intervenci\u00f3n del Proyecto geot\u00e9rmico en la zona de los geisers de El Tatio, en la Regi\u00f3n de Antofagasta .<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tLas mujeres, de 55 y 58 a\u00f1os respectivamente, emprendieron una caminata de 1574 kil\u00f3metros por la defensa de los g\u00e9iseres del Tatio (Tata Iu en lengua ancestral) y el inminente \u201cecocidio\u201d tras la explotaci\u00f3n geot\u00e9rmica, se\u00f1alando asimismo la importancia cultural del lugar.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tDurante el 2011, diversas voces de organizaciones y comunidades en el centro sur de Chile alertaron sobre espacios sagrados de enorme importancia para el Pueblo Mapuche que se encuentran amenazados debido a que Proyectos Hidroel\u00e9ctricos buscan emplazarse en Trayenkos (ca\u00eddas de aguas sagradas) y lugares ceremoniales que son defendidos por las Comunidades en zonas cordilleranas de Curarrehue, Melipeuco, Neltume y Pilmaiken. Las Comunidades&nbsp; aseguran que las fuerzas y los esp\u00edritus protectores residen all\u00ed y que sus alteraciones causar\u00edan perjudiciales desequilibrios. Sendos informes socio culturales y antropol\u00f3gicos lo avalan as\u00ed .<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tAdem\u00e1s, dentro de las demandas territoriales de Comunidades Mapuche, varias Comunidades exigen la restituci\u00f3n de lugares de significaci\u00f3n cultural y religiosa que se encuentran dentro de predios de Empresas Forestales. A modo de ejemplo, una Empresa consultora, Rainforest Alliance,&nbsp; encargada del Proceso de Certificaci\u00f3n FSC a la Forestal Mininco, identific\u00f3 300 hect\u00e1reas dentro de predios de Forestal Mininco considerados como lugares sagrados que han sido identificados por&nbsp; Comunidades Mapuche&nbsp; y a esto se agrega otras&nbsp; que se mantienen en disputa p\u00fablica como es el caso del Klen Klen y Angostura . Tambi\u00e9n ha habido casos judiciales donde las Comunidades han obtenido fallos a su favor para proteger lugares sagrados .<\/p>\n<p> \t<strong>3&nbsp;<\/strong><em><strong> Oficializaci\u00f3n de las Banderas de los Pueblos Ind\u00edgenas<\/strong><\/em><br \/> \tOtro elemento que con fuerza se ha desplegado desde principios de los a\u00f1os 90 ha sido la adopci\u00f3n de una bandera identitaria que involucra caracter\u00edsticas culturales, sociales y pol\u00edticas. En el caso Mapuche, su denominaci\u00f3n es la Wenufoye y que se comparte en diversos lugares de los territorios de Chile y Argentina y que en diversos departamentos municipales, se ha izado como s\u00edmbolo de reconocimiento, existiendo varias demandas sociales para su oficializaci\u00f3n. El Pueblo Rapanui tambi\u00e9n tiene su propia bandera, llamada \u201cTe Reva Reimiro\u201d y el caso de los Pueblos denominados Andinos, transfronterizos en el norte de Chile est\u00e1 el reconocimiento pleno a la Wipala, compartida principalmente por los Pueblos Quechua y Aymara .<\/p>\n<p> \t<strong>II.- TIERRAS, TERRITORIOS Y \u201cRECURSOS\u201d NATURALES<\/strong><\/p>\n<p> \tQuiz\u00e1s, una de las acciones m\u00e1s expresadas&nbsp; por diversas Comunidades y organizaciones, tiene relaci\u00f3n con las reivindicaciones sobre defensa y\/o restituci\u00f3n de tierras ancestrales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tLos Pueblos han sido despose\u00eddos de sus tierras tradicionales o han perdido el acceso a los recursos naturales a trav\u00e9s de la coacci\u00f3n o el fraude. El Est\u00e1ndar Internacional de Derechos establece procedimientos que permiten que los grupos Ind\u00edgenas afectados puedan recuperar las tierras o el acceso a los recursos que necesiten para su subsistencia y pr\u00e1cticas culturales y, en circunstancias apropiadas, a recibir una compensaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tSin embargo, principalmente en el caso Mapuche, la respuesta que ha existido desde el Estado al enfrentar v\u00edas que no son las institucionalizadas por medio de CONADI, ha sido la criminalizaci\u00f3n, la militarizaci\u00f3n (con agentes policiales militarizados) y la judicializaci\u00f3n de la protesta social.<\/p>\n<p> \t<strong><em>1)&nbsp;&nbsp; &nbsp;Respeto a los territorios y elementos de la naturaleza<\/em><\/strong><br \/> \tEs importante se\u00f1alar que la relaci\u00f3n de los Pueblos Ind\u00edgenas con la tierra y los llamados \u201crecursos\u201d naturales, planteada en diversas fuentes,&nbsp; no ha sido tradicionalmente de propiedad privada, sino de usufructo comunitario y de interrelaci\u00f3n con elementos de la naturaleza, parte integral de la existencia del Ser Originario, desde la perspectiva filos\u00f3fica, cosmog\u00f3nica, religiosa y espiritual.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tCasos emblem\u00e1ticos se han sostenido al respecto,&nbsp; como fue la imposici\u00f3n del Proyecto Hidroel\u00e9ctrico Ralco de la Transnacional Endesa en los Altos del B\u00edo B\u00edo y que caus\u00f3 graves conflictos sociales, la inundaci\u00f3n e impactos en miles de hect\u00e1reas e incluso la aplicaci\u00f3n de la Ley Antiterrorista, hecho que fueron llevados al Sistema Interamericano de Derechos Humanos y que arroj\u00f3 a la postre varios incumplimientos desde el Estado Chileno .<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tPor su parte, un nuevo conflicto emblem\u00e1tico se ha suscitado, que ha sido la resistencia hasta la fecha, de Comunidades Mapuche Lafkenche que han impedido la instalaci\u00f3n de un ducto contaminante de una Celulosa (Arauco \u2013 Celco) en las costas de Mehuin.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tPor otro lado, diversas acciones de resistencia se han sostenido en contra de Proyectos Hidroel\u00e9ctricos en territorio Mapuche que hasta el momento han logrado su objetivo: defender los territorios. Son los casos de Liqui\u00f1e, Maihue y Pilmaiken.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tEn este contexto, un&nbsp; Megaproyecto Minero fue detenido, dejando sin efecto su aprobaci\u00f3n ambiental, como sucedi\u00f3 en el caso del Proyecto Minero \u201cEl Morro Goldcorp\u201d, donde las Comunidades Diaguitas Huascoaltinas interpusieron un recurso de protecci\u00f3n por no consulta de acuerdo al Convenio 169 de la OIT y obtuvieron un fallo a favor de la Corte Suprema en abril del 2012 .<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tUn caso incipiente en territorio Mapuche es el de los conflictos mineros, existiendo indicios de intervenciones externas en la zona de Sollipulli (Curarrehue) y el r\u00edo Collico (Carahue) y desde el a\u00f1o 2005 aproximadamente, las Comunidades Mapuche del lago Lleu Lleu han debido enfrentar la amenaza de esta industria ante la prospecci\u00f3n minera en su suelo la que tiene diversos intereses .<\/p>\n<p> \t<em><strong>2)&nbsp;&nbsp; &nbsp;Reclamaciones de tierras y cumplimiento Est\u00e1ndar Internacional de Derechos<\/strong><\/em><br \/> \tLas reclamaciones de tierras ancestrales Mapuche se han levantado mayoritariamente contra predios de Empresas Forestales y de latifundios. Al respecto, la Institucionalidad Estatal a trav\u00e9s de CONADI no ha dado respuesta a la alta demanda&nbsp; existente y por otra parte, existe una f\u00e9rrea oposici\u00f3n de parte de los empresarios en ceder tierras al Pueblo Mapuche, las que sumas miles de hect\u00e1reas con respecto a las forestales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tCabe agregar que las conclusiones y recomendaciones de los Comit\u00e9s de Naciones Unidas al Estado de Chile han introducido un nuevo y decisivo factor en el proceso de dise\u00f1o de las nuevas pol\u00edticas hacia los Pueblos Ind\u00edgenas, estableciendo la necesidad de asumir una agenda m\u00ednima bajo el Est\u00e1ndar Internacional de Derechos, respaldando y legitimando las reivindicaciones de tierras de las Comunidades. En efecto, el Comit\u00e9 de Derechos Humanos en sus Observaciones Finales de abril 2007 recomend\u00f3 al Estado de Chile reconocer las tierras ancestrales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tEn su informe se\u00f1ala: \u201c(\u2026) El Comit\u00e9 lamenta la informaci\u00f3n de que las \u201ctierras antiguas\u201d contin\u00faan en peligro debido a la expansi\u00f3n forestal y megaproyectos de infraestructura y energ\u00eda\u201d. (Art\u00edculos 1 y 27)&nbsp; \u201cEl Estado parte deber\u00eda: a)Realizar todos los esfuerzos posibles para que sus negociaciones con las comunidades ind\u00edgenas lleve efectivamente a encontrar una soluci\u00f3n que respete los derechos sobre las tierras de estas comunidades de conformidad con los art\u00edculos 1 (p\u00e1rrafo 2) y 27 del Pacto. El Estado parte deber\u00eda agilizar los tr\u00e1mites con el fin de que queden reconocidas tales tierras ancestrales\u201d. ( 19,CCPR\/C\/CHL\/CO\/5 -17 Abril 2007)<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tUn ejemplo sobre reclamaciones de tierras ancestrales son los antecedentes de la Demanda Colectiva del Pueblo Rapa Nui por recuperar el territorio del que han sido privados, lo que provoc\u00f3 entre agosto de 2010 y febrero 2011 la ocupaci\u00f3n pac\u00edfica de edificios P\u00fablicos y Privados de la isla por miembros del Pueblo Rapa Nui. Ello como medida de presi\u00f3n para exigir el reconocimiento de sus Derechos de Propiedad Ancestral, ocupaci\u00f3n que fue duramente reprimida por el Estado chileno, criminalizando con ello \u00e9sta protesta social en reivindicaci\u00f3n de leg\u00edtimos Derechos .<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tDel mismo modo, a pesar de las reclamaciones de organizaciones y Comunidades y de las obligaciones Estatales en material de Normas Internacionales, el Estado Chileno contin\u00faa sin establecer las modificaci\u00f3n de c\u00f3digos y leyes relacionadas a las Aguas, Miner\u00eda, Pesca,&nbsp; entre otras, reconociendo los Derechos de Propiedad y uso de las Comunidades rurales sobre sus recursos, y compatibilizando dicha legislaci\u00f3n sectorial con la norma existente o de creaci\u00f3n sobre protecci\u00f3n de las tierras.<\/p>\n<p> \t<em><strong>3)&nbsp; Desaf\u00edos implementaci\u00f3n Ley Pueblos Originarios Costero marino (Ley Lafkenche)<\/strong><\/em><br \/> \tSin embargo, es importante destacar lo logrado por Comunidades Mapuche de la identidad territorial Lafkenche en las costas del centro sur de Chile, quienes impulsaron hace algunos a\u00f1os una Ley (N\u00ba 20.249 \u2013 2008) para resguardar el uso consuetudinario de dichos espacios y mantener las tradiciones y uso habitual que los Pueblos Originarios hacen de los recursos naturales vinculados al borde costero, como la pesca y usos religiosos, recreativos y medicinales, entre otros .<br \/> \tActualmente diversas Comunidades y asociaciones Ind\u00edgenas se encuentran gestionando la concesi\u00f3n de dichos espacios. Sin embargo, varias amenazas se presentan en la actualidad, como la nueva Ley de Pesca que privatiza los peces y concede Derechos mar\u00edtimos a 7 grupos econ\u00f3micos en Chile y concede las concesiones acu\u00edcolas en el sur de Chile a Empresas salmoneras.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tLa identidad Lafkenche se articula desde la zona costera de la Regi\u00f3n del B\u00edo B\u00edo hasta Horno Piren en la ruta cordillerana costera en la X regi\u00f3n de Chile. Es una de las articulaciones m\u00e1s amplia del movimiento social Mapuche. La legislaci\u00f3n alcanzada tiene como desaf\u00edo en el presente&nbsp; complementarse con el Convenio 169 de la OIT para resguardar sus Derechos ante las amenazas se\u00f1aladas.<\/p>\n<p> \t<em><strong>4)&nbsp; Situaci\u00f3n actual de los territorios<\/strong><\/em><br \/> \tA fines del siglo XIX, El Pueblo Mapuche es incorporado por la v\u00eda b\u00e9lica a los Estados Chileno y Argentino, usurpado en m\u00e1s del 90 % de su territorio en Chile. El Estado le entreg\u00f3 a su vez T\u00edtulos Comunitarios de Dominio que en el curso del siglo XX por aplicaci\u00f3n de diversas leyes, se fueron dividiendo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tEn las pocas tierras que quedan a las Comunidades, se han instalado una serie de Proyectos de inversi\u00f3n P\u00fablico y Privado, que han deteriorado a\u00fan m\u00e1s la existencia: Basurales, Plantas de Tratamientos de Aguas Servidas, Represas y Centrales Hidroel\u00e9ctricas, Mineras,&nbsp; expansi\u00f3n Forestal y de Celulosa, lo que est\u00e1 calando hondo, causando graves impactos y profundizando a\u00fan m\u00e1s situaciones de discriminaci\u00f3n por cuanto se ubican en sectores m\u00e1s vulnerables con respecto a sus derechos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tCentenares de detenidos, procesados y condenados, decenas de heridos, miles de movilizados, y ya varios asesinados como lo son los casos de Alex Lem\u00fan (2002), Zen\u00f3n D\u00edaz Necul (2005), Mat\u00edas Catrileo&nbsp; (2008) y&nbsp; Jaime Mendoza Coll\u00edo (2009), son el resultado&nbsp; de la respuesta Estatal para responder a la protesta social, ya sea en la defensa de los territorios o bien en las reclamaciones de tierras.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tFrente a esto, el Estado de Chile no ha sido capaz de establecer pol\u00edticas de reparaci\u00f3n con respecto a las Tierras antiguas, que es un derecho irrenunciable.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tA modo de ejemplo, en el centro sur de Chile, en gran parte de lo que ha sido el territorio ancestral Mapuche, existen grupos econ\u00f3micos que tienen a su haber m\u00e1s de un mill\u00f3n cien mil hect\u00e1reas como lo es el caso de la Forestal Arauco del grupo&nbsp; Angelini; o unas setecientas mil hect\u00e1reas&nbsp; de la Forestal Mininco (CMPC)&nbsp; del grupo&nbsp; Matte, de acuerdo a la informaci\u00f3n proporcionada en los procesos de certificaci\u00f3n FSC , causando severos impactos a causa de los monocultivos de especies ex\u00f3ticas de pino y eucaliptus. Por su parte, se estima que la poblaci\u00f3n del Pueblo Mapuche en Chile superar\u00eda el mill\u00f3n y medio de personas seg\u00fan \u00faltimo censo del a\u00f1o 2012,&nbsp; cuya superficie territorial no superar\u00eda las seiscientas mil hect\u00e1reas.<\/p>\n<p> \t<strong>III.- BIENESTAR SOCIAL Y DESARROLLO DE LOS PUEBLOS.<\/strong><\/p>\n<p> \tDiversas expresiones ind\u00edgenas en Chile exigen el derecho a un Bienestar social y al respeto y garant\u00eda a sus propias formas de entender el desarrollo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tDe acuerdo al Est\u00e1ndar Internacional de Derechos Ind\u00edgenas, no corresponde la imposici\u00f3n de pol\u00edticas que muchas veces se contraponen y atentan a la visi\u00f3n que tradicionalmente tienen los Pueblos y que es se\u00f1alado en el Convenio 169 de la OIT y la declaraci\u00f3n de la ONU sobre los derechos de los Pueblos ind\u00edgenas. Igualmente&nbsp; deben existir las condiciones m\u00ednimas de accesibilidad a los diferentes servicios b\u00e1sicos como Derechos Humanos Universales consagrados.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tEn el presente, diversas pol\u00edticas desde el estado est\u00e1n queriendo intensificar la incorporaci\u00f3n de tierras ind\u00edgenas a los intereses industriales, tal es el caso de la pr\u00f3rroga del DL 701 sobre Fomento Forestal que pretende masificar la introducci\u00f3n de pinos y eucaliptus en tierras de sectores campesinos y comunidades Mapuche. A su vez, una serie de iniciativas como la Ley UPOV 91 sobre patentaci\u00f3n de semillas y el fomento de transg\u00e9nicos son parte de las leyes de amarre que durante el 2013 se han venido instalando en las discusiones del congreso de la rep\u00fablica. Situaci\u00f3n similar a esto ocurre con la Ley de Concesiones El\u00e9ctricas y las tierras Ind\u00edgenas donde se pretenden construir centrales y cableados.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tEstas pol\u00edticas impuestas no est\u00e1n cumpliendo con la obligaci\u00f3n Estatal de consulta y participaci\u00f3n de manera informada, previa y libre en los procesos de desarrollo y de formulaci\u00f3n de pol\u00edticas que los afectan y tampoco, se est\u00e1 atendiendo el Derecho a decidir las prioridades para el desarrollo. Es importante se\u00f1alar que el art\u00edculo 7 del Convenio n\u00fam. 169 establece que los Pueblos Ind\u00edgenas tienen el derecho de \u201cdecidir sus propias prioridades en lo que ata\u00f1e al proceso de desarrollo, en la medida en que \u00e9ste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar su propio desarrollo econ\u00f3mico, social y cultural\u201d.<br \/> \tFrente a este escenario, diversas reacciones desde movimientos ind\u00edgenas se han levantado en contraposici\u00f3n a este modelo de crecimiento, exigiendo el respeto al desarrollo propio.<\/p>\n<p> \t<strong><em>1)&nbsp; Econom\u00edas territoriales y Desarrollo Aut\u00f3nomo<\/em><\/strong><br \/> \tSon diversas las iniciativas que versan desde lo propio, con procesos&nbsp; aut\u00f3nomos&nbsp; y que contin\u00faan desencadenando en propuestas de&nbsp; desarrollo y autosuficiencia que pretenden establecer en forma soberana, las iniciativas agroalimentarias para fomentar la producci\u00f3n suficiente y la adecuada conservaci\u00f3n, intercambio, transformaci\u00f3n, comercializaci\u00f3n y consumo de alimentos sanos, nutritivos, preferentemente provenientes de la peque\u00f1a, la micro, peque\u00f1a y mediana producci\u00f3n comunitaria o familiar, de las comunidades, asociaciones o cooperativas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tEllo tambi\u00e9n ocurre&nbsp; en la pesca artesanal o en actividades de turismo familiar o comunitario y son actividades que en general, respetan y protegen la biodiversidad, los conocimientos y las formas de producci\u00f3n tradicionales y ancestrales bajo los principios de equidad, solidaridad, inclusi\u00f3n, sustentabilidad social y ambiental, y que sin embargo contin\u00faan siendo relegadas, excluidas o en \u00faltimo caso, atendidas marginalmente desde las Pol\u00edticas P\u00fablicas del Estado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tAqu\u00ed, varias expresiones surgen con estos prop\u00f3sitos, entre ellas, la identidad territorial Lafkenche con el fomento de una Ley desde el a\u00f1o 2008 para resguardar el uso consuetudinario de dichos espacios y mantener las tradiciones y uso habitual que los Pueblos Originarios hacen de los recursos naturales vinculados al borde costero, como la pesca y usos religiosos, recreativos y medicinales, entre otros.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tTambi\u00e9n, la \u201cRed de ferias y mercados con identidad\u201d viene forjando importantes pr\u00e1cticas a trav\u00e9s del fortalecimiento de circuitos econ\u00f3micos. En ella participan: Parlamento Mapuche Koz Koz, la Cooperativa de artesanos rurales de Lonquimay &#8211; Icalma,&nbsp; la Asociaci\u00f3n ind\u00edgena Urbana de Puc\u00f3n, la Mesa regional de mujeres rurales, la Asociaci\u00f3n Mari Ki\u00f1e Lof del Budi \u2013 Saavedra, la Red de ferias Wall\u00fcng \u2013 Curarrehue, la Alianza Territorial Nagche Wenteche \u2013 Galvarino, la Cooperativa Makewe, la Asociaci\u00f3n de mujeres Mapuche Rayen Foye, Nueva Imperial, la Agrupaci\u00f3n social y rural El foye de Likan Ray, el Grupo de Trabajo por los Derechos Colectivos, CIEM, Urracas, Eccosur Pitrufqu\u00e9n, La Red Traigu\u00e9n, Urracas, entre otros.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tEsta Red tiene como ejes principales de acci\u00f3n: Territorio y naturaleza, soberan\u00eda alimentaria y econ\u00f3mica, interculturalidad y diversidad y econom\u00edas y ciclos de la naturaleza, siendo uno de sus principales exponentes desde hace algunos a\u00f1os&nbsp; la Red de ferias Wal\u00fcng de Curarrehue.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tOtro espacio de importancia con estas caracter\u00edsticas y que surge recientemente este 2013 con la participaci\u00f3n de diversas personas naturales, colectivas y agrupaciones, es la \u201cRed de Semillas libres del Wallmapu\u201d, que promueve la agroecolog\u00eda, la soberan\u00eda alimentaria y las semillas libres. Se presenta de la siguiente forma: \u201cLa Red de Guardianes de Semillas de Wallmapu, es una Red Comunitaria, abierta, libre y sin jerarqu\u00eda que busca Resguardar nuestro Patrimonio Biosociocultural y conservar nuestras Semillas Nativas Libres de Transnacionales\u201d. Sobre esto \u00faltimo, plantea&nbsp; el derecho a guardar, reproducir, multiplicar, intercambiar, donar, compartir, vender y regalar libremente las semillas, planteando un rotundo&nbsp; no a los transg\u00e9nicos y plaguicidas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tComo puntos en com\u00fan de estos referentes, es el desarrollo de un sistema econ\u00f3mico solidario, basado en el cooperativismo y en el intercambio directo. Desde aqu\u00ed, se ha impulsado la revitalizaci\u00f3n de instituciones ancestrales, que en el caso Mapuche se denomina: \u201cTrafkintu\u201d que significa intercambio de productos, semillas y conocimientos.<\/p>\n<p> \t<strong>IV.- AUTOGOBIERNOS, AUTONOM\u00cdAS Y PARTICIPACI\u00d3N POL\u00cdTICA<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tLos autogobiernos bajo los principios de autonom\u00edas y participaci\u00f3n son la principal dimensi\u00f3n pol\u00edtica de la Libredeterminaci\u00f3n y consiste b\u00e1sicamente en la idea de que los Sistemas Pol\u00edticos deben funcionar de acuerdo con los deseos de los Pueblos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tComo establece el Est\u00e1ndar Internacional de Derechos Humanos, los autogobiernos se contraponen a las instituciones que concentran injusta o desproporcionadamente el poder Estatal que causa subyugaci\u00f3n, dominaci\u00f3n y explotaci\u00f3n. Las autonom\u00edas de los Pueblos es una nueva forma de promoci\u00f3n de la democracia y de descentralizaci\u00f3n del ileg\u00edtimo poder y autoridad Estatal para dar paso a la pluralidad en diversas dimensiones.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tAqu\u00ed, las formas de implementaci\u00f3n a las toma de decisiones van desde asumir procesos aut\u00f3nomos, con el respeto a las instituciones ancestrales, hasta la intervenci\u00f3n de espacios p\u00fablicos estatales con procesos de participaci\u00f3n. En este contexto, se desprenden diversas iniciativas manifestadas por diferentes expresiones Mapuche:<\/p>\n<p> \t<em><strong>1.- Proceso constituyente, descentralizaci\u00f3n pol\u00edtica y estatuto de autonom\u00eda<\/strong><\/em><br \/> \tLa organizaci\u00f3n pol\u00edtica Mapuche en proceso de constituci\u00f3n de partido, con experiencia en participaci\u00f3n electoral y que viene haciendo referencia a la necesidad de que se establezca en Chile transformaciones en sus formas y relaciones de poder, es Wallmapuwen, quien propone&nbsp; : \u201cDerogar la actual Constituci\u00f3n y reemplazarla por otra que responda a los intereses de los pueblos y la ciudadan\u00eda en general. Esta futura Constituci\u00f3n debe ser fruto de un Proceso Constituyente, que conforme una Asamblea Constituyente amplia y representativa de los diversos pueblos y sectores que conforman el pa\u00eds.&nbsp; Esta nueva Constituci\u00f3n debe reconocer a Chile como un Estado Plurinacional y pluriling\u00fce, donde los distintos pueblos convivan en igualdad de condiciones.- A su vez, este nuevo Estado debe ser descentralizado en todos sus aspectos y en particular en la toma de decisiones pol\u00edticas. Para el caso de Wallmapu (Pa\u00eds Mapuche) proponemos un Estatuto de Autonom\u00eda\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tA su vez, la organizaci\u00f3n&nbsp; plantea&nbsp; la democratizaci\u00f3n real del Estado, con los siguientes puntos: \u201cSe reemplace el Sistema Electoral Binominal por un Sistema Proporcional, procurando la representaci\u00f3n de toda la ciudadan\u00eda organizada.&nbsp; Haya una nueva Ley de Partidos Pol\u00edticos que aliente y promueva la participaci\u00f3n y la organizaci\u00f3n ciudadana.&nbsp; Se incorpore a la elecci\u00f3n popular directa de los Cores e Intendentes o sus similares en el marco del nuevo Estado Descentralizado.&nbsp; Se cuente con una educaci\u00f3n p\u00fablica gratuita, intercultural (sim\u00e9trica), pluriling\u00fce, no colonialista y sin fin de lucro. La creaci\u00f3n de un modelo educativo propio para el Wallmapu, que contemple todos los niveles de ense\u00f1anza formal. Se cuente con un sistema de salud universal p\u00fablica, gratuita, intercultural y no colonialista. Los Recursos Naturales sean de todos los pueblos que conforman el pa\u00eds. (plurinacionalizar los recursos naturales)\u201d.<\/p>\n<p> \t<em><strong>2.- Pacto Mapuche por la autodeterminaci\u00f3n<\/strong><\/em><br \/> \tEn enero del 2013, se realiz\u00f3 una cumbre en el Cerro \u00d1ielol de Temuco con una importante participaci\u00f3n encabezada por organizaciones como: El Consejo de todas las tierras, Ad-Mapu, Temucuicui Aut\u00f3noma,&nbsp; Temulemu, entre otros y all\u00ed se estableci\u00f3 un \u201cPacto por la Autodeterminaci\u00f3n Mapuche, cumplimiento y aplicaci\u00f3n de los Tratados y los Derechos fundamentales\u201d, donde se establecen ciertos lineamientos como declaraci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tEntre algunos puntos como referencia de dicha declaraci\u00f3n se se\u00f1ala: \u201cNuestra firme voluntad de di\u00e1logo con el Estado Chileno, sus instituciones, la sociedad civil, los partidos pol\u00edticos, los organismos de Derechos Humanos, orientada a desplegar todos los esfuerzos necesarios tendientes a erradicar las causas fundamentales de las tensiones y controversias, en todas sus manifestaciones, que se han producido a ra\u00edz de la falta de una convivencia aceptable entre Mapuche y no Mapuche\u2026\u201d. A ello agrega: \u201cLos Mapuche participantes y adherentes a la Primera Cumbre, anunciamos que, a partir de este momento, vamos a transitar por la conformaci\u00f3n de un Autogobierno Mapuche. Este autogobierno estar\u00e1 regido y regulado en todas sus formas por un estatuto que determina sus facultades y potestades inherentes y \u00e9ste tendr\u00e1 una jurisdicci\u00f3n que abarca desde el B\u00edo B\u00edo al sur. Este estatuto establecer\u00e1 la forma concreta de la relaci\u00f3n institucional con el Estado Chileno y sus instituciones\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tPara el fin mencionado anteriormente, el pacto toma en consideraci\u00f3n diversos aspectos del devenir hist\u00f3rico con respecto a la violencia y usurpaci\u00f3n Estatal, los tratados suscritos con el Estado Chileno, el marco internacional de derechos, entre otras fuentes.<\/p>\n<p> \t<em><strong>3.- Territorios y autoridades ancestrales<\/strong><\/em><br \/> \tLas autoridades tradicionales de los territorios, son parte de las instituciones ancestrales de los Pueblos Ind\u00edgenas, reconocidas, legitimadas y valoradas por instrumentos internacionales como el Convenio 169 de la OIT y la Declaraci\u00f3n de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas. Asimismo son quienes encabezan y mantienen vivas las diversas pr\u00e1cticas sociales, culturales, espirituales y religiosas de un territorio.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tPara la efectiva protecci\u00f3n en derecho de estas pr\u00e1cticas, existen diversas expresiones Ind\u00edgenas&nbsp; que plantean que los \u00f3rganos p\u00fablicos deben cumplir, velar, garantizar y proteger&nbsp; los espacios sagrados y de uso ancestral que aseguren la integridad cultural y las garant\u00edas de no discriminaci\u00f3n que establecen las normas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tLas&nbsp; autoridades ancestrales&nbsp; tienen como rol&nbsp; fundamental en la conservaci\u00f3n de las tradiciones, la cultura, la organizaci\u00f3n socio pol\u00edtica, la religiosidad y la espiritualidad, quienes mantienen viva las pr\u00e1cticas y la conexi\u00f3n con el mundo material y espiritual de acuerdo a la cosmovisi\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tAqu\u00ed se plantea, que en los lugares donde exista o se recomponga la estructura e institucionalidad ancestral, sean \u00e9stas quienes tomen las decisiones en materia de Derechos Colectivos dentro de los espacios que competen y se ejerza el derecho propio.<\/p>\n<p> \t<em><strong>4.- Jurisdicciones municipales<\/strong><\/em><br \/> \tEn diversas jurisdicciones Municipales, articulaciones&nbsp; Mapuche vienen interviniendo las pol\u00edticas p\u00fablicas de los municipios, form\u00e1ndose progresivamente espacios de incipientes participaciones en tomas de decisiones sobre quehaceres relacionados a los intereses de las Comunidades. Desde las propuestas de establecer ordenanzas y resoluciones oficiales de los consejos tendiente la protecci\u00f3n de las tierras como ocurre en los municipios de Melipeuco y Curarrehue, la incorporaci\u00f3n del mapudungun como idioma Co- oficial en la Municipalidad de Galvarino y procedimientos de consulta comunitaria sobre definiciones de desarrollo, entre otras tem\u00e1ticas.<\/p>\n<p> \t<em><strong>5.- Los Derechos Colectivos en la constituyente<\/strong><\/em><br \/> \tEl 12 de julio del 2013, un grupo de profesionales encabezados por la Acad\u00e9mica Elisa Lonc\u00f3n, se\u00f1alan: \u201cSin ninguna bandera partidaria e inspirados en el derecho a la libre determinaci\u00f3n, hemos emprendido la iniciativa de&nbsp; promover en la agenda p\u00fablica un&nbsp; Manifiesto de firmantes de Pueblos Originarios que demandamos reconocimiento efectivo de los derechos colectivos en una Nueva Constituci\u00f3n\u201d. Agregan: \u201cNuestra meta es participar del debate pol\u00edtico constitucional con este manifiesto con firmas de adherentes de los diferentes pueblos originarios\u2026\u201d<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tDicho manifiesto se\u00f1ala:&nbsp; \u201cLos Pueblos \u2013 Naciones Ind\u00edgenas tenemos la certeza de que compartimos un destino com\u00fan con el Pueblo de Chile, y que a m\u00e1s de 200 a\u00f1os de la formaci\u00f3n del Estado y de su pol\u00edtica mono-nacional, mono-cultural y mono-ling\u00fce, es excluyente y atropella los derechos de nuestros Pueblos- Naciones Ind\u00edgenas. En los albores del siglo XXI es posible rectificar y reparar las violaciones a nuestros derechos mediante la participaci\u00f3n en un pie de igualdad en la elaboraci\u00f3n de un pacto social, legitimo, democr\u00e1tico y plurinacional e intercultural, que reconozca y garantice nuestros derechos colectivos, pol\u00edticos, territoriales, ling\u00fc\u00edsticos, econ\u00f3micos, sociales y culturales\u2026\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tA ello agregan: \u201cEn ese sentido manifestamos firmemente que una f\u00f3rmula constitucional que no considere nuestra participaci\u00f3n activa, por ejemplo, en una Asamblea Constituyente o en cualquier otro proceso de reforma, ser\u00e1 ileg\u00edtimo ante nosotros si no se incluyen las representaciones de nuestros Pueblos y Naciones originarias en el debate nacional y no se constitucionalizan nuestros derechos colectivos\u2026\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tA su vez, es importante se\u00f1alar que en los \u00faltimos a\u00f1os desde sectores de poder, en acuerdo entre Alianza y Concertaci\u00f3n, se ha venido intentado imponer, de manera inconsulta, reformas constitucionales que seg\u00fan se ha dicho, buscan reconocer a los Pueblos Ind\u00edgenas. Sin embargo y en estricto rigor, si bien se ha hecho menci\u00f3n del t\u00e9rmino \u201cPueblos\u201d, los contenidos desconocen sus Derechos Colectivos, por ello, el grupo de trabajo Mapuche por los Derechos Colectivos ha considerado que en vez de establecer criterios para una reforma constitucional donde representaciones externas con otros intereses finalmente ser\u00e1n las que decidir\u00e1n, se hace prioritario, ante tal escenario,&nbsp; que se asegure una adecuada implementaci\u00f3n de las normas y tratados internacionales de Derechos Ind\u00edgenas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \t\u201cEl ejercicio de la soberan\u00eda reconoce como limitaci\u00f3n el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los \u00f3rganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constituci\u00f3n, as\u00ed como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes\u201d, se\u00f1ala el inciso 2 del Art\u00edculo 5 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de Chile. Pues bien, los distintos pactos y tratados de Derechos Humanos suscritos y ratificados por Chile son l\u00edmites a la soberan\u00eda Estatal y son vinculantes al Estado Chileno, de orden jer\u00e1rquico constitucional. Y en efecto, el Convenio 169 de la OIT es un Tratado Internacional de Derechos Humanos que est\u00e1 en ese rango y debe ser plenamente respetado por el ordenamiento jur\u00eddico en todos sus aspectos y que se interpreta con la Declaraci\u00f3n ONU de Derechos Ind\u00edgenas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \t&nbsp;Por ello, para la agrupaci\u00f3n,&nbsp;&nbsp; si de incorporar alguna indicaci\u00f3n en la carta magna se trata, como cuesti\u00f3n b\u00e1sica, es que se haga referencia al Est\u00e1ndar Internacional de Derechos que da por entendido conclusi\u00f3n de los Derechos Colectivos, en vez de que sean vilipendiados en discusiones por reformismos.<\/p>\n<p> \t<em><strong>6.- Movimiento Ind\u00edgena por el respeto e implementaci\u00f3n de la consulta<\/strong><\/em><br \/> \t&nbsp;El gobierno Chileno ha venido levantando una denominada mesa de consenso desde el a\u00f1o 2012 hasta el presente que ha sido denunciada por diversas organizaciones y comunidades como un viciado procedimiento para establecer una reglamentaci\u00f3n con respecto a la consulta en atenci\u00f3n al Convenio 169, se\u00f1alada por no cumplir en su implementaci\u00f3n con los Est\u00e1ndares Internacionales de Derechos, lo que a la postre, seg\u00fan han denunciado organizaciones,&nbsp; ha significado verdaderos \u201cvoladeros de luces\u201d para no asumir su obligaci\u00f3n, actuando de mala fe y levantando interlocuciones a su medida, omitiendo las exigencias y sentires de amplias y diversas organizaciones y Comunidades que piden que se respeten los Derechos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tPor otro lado, se ha se\u00f1alado que diversos proyectos contin\u00faan emplaz\u00e1ndose sobre tierras Ind\u00edgenas y los \u00d3rganos P\u00fablicos contin\u00faan omitiendo el deber de consultar a pesar que existen varios precedentes en diversas materias que se refieren a esto, donde han surgido otros formas viciadas de implementaciones como ha sido el reglamento SEA (Servicio Evaluaci\u00f3n Ambiental) y el DL 701 sobre Fomento Forestal.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tM\u00e1s de cien organizaciones Ind\u00edgenas le hicieron saber al gobierno este reciente 21 de marzo de 2013, su disconformidad frente a la manera que se ha venido implementando los procedimientos de consulta, se\u00f1alando: \u201cSomos Pueblos Originarios Unidos (POU), una org\u00e1nica ind\u00edgena nacional, a la cual est\u00e1n ligadas m\u00e1s de 100 organizaciones desde Arica hasta Chilo\u00e9, la que nace durante el Encuentro Nacional Ind\u00edgena de los d\u00edas 30 de noviembre, 1 y 2 de diciembre de 2012, organizado por el Ministerio de Desarrollo Social (MDS), para la Consulta sobre la Consulta\u2026\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tAgregan: \u201cComo es sabido, la consulta ind\u00edgena es un mecanismo de di\u00e1logo, de negociaci\u00f3n entre los ind\u00edgenas y el Estado cuando \u00e9ste pretenda dictar una norma, cualquiera sea y que afecte o sea susceptible de afectar los derechos e intereses de los pueblos ind\u00edgenas. El mecanismo de consulta se aplica a tierras ind\u00edgenas, medio ambiente, educaci\u00f3n, salud, y todos los derechos que se nos reconocen en leyes y tratados. La consulta es un puente hacia el cumplimiento efectivo de nuestros derechos. Mutilar o destruir ese puente nos aleja de los derechos, amenaza y augura nuestra extinci\u00f3n, y genera pol\u00edticas ind\u00edgenas ineficientes, sin pertinencia y racistas, situaci\u00f3n que ha venido ocurriendo en Chile desde los inicios de la Rep\u00fablica\u2026\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tComo un reflejo de los incumplimientos y de la falta de informaci\u00f3n previa y libre, con actuaciones de buena fe, las organizaciones ejemplifican: \u201cEs del caso que el d\u00eda 30 de noviembre, nos percatamos que la mayor\u00eda de los hermanos asistentes al Encuentro Nacional ni siquiera hab\u00edan revisado, le\u00eddo o bien se les hab\u00eda explicado el complejo contenido de la &#8220;propuesta de gobierno&#8221; acerca de la Consulta Ind\u00edgena, la cual fue objetada en numerosos art\u00edculos por el Relator sobre Derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas de Naciones Unidas, Sr. James Anaya, [\u2026] Los \u00fanicos ind\u00edgenas que fueron asesorados para ese proceso fueron los de la Regi\u00f3n Metropolitana, quienes leyeron y analizaron la propuesta de gobierno, y llegaron con profundos cuestionamientos a la misma\u2026\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \t&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tEl ejemplo de esta articulaci\u00f3n, tambi\u00e9n es reflejada por referentes Aymara- Quechua-Lickanantay- Diaguita- Colla-Rapa Nui- Mapuche-Kaw\u00e9sqar- Yagan, bajo la coordinaci\u00f3n de: \u201cAutoridades Ancestrales y Dirigentes de los Pueblos Ind\u00edgenas Auto convocados\u201d, quienes en marzo del 2013, con m\u00e1s de un centenas de expresiones Ind\u00edgenas manifestaban: \u201cPresenciamos, el despliegue publicitario y hemos sido bombardeados con una terminolog\u00eda pseudo conciliatoria, ideol\u00f3gica y pr\u00e1ctica, que pretende constituirse en la base de una nueva pol\u00edtica p\u00fablica hacia los pueblos, que intenta establecer una nueva relaci\u00f3n con los pueblos ind\u00edgenas pero sin los pueblos. Y que al final del d\u00eda, s\u00f3lo dejar\u00e1 pol\u00edticas neocoloniales. En efecto, en los \u00faltimos meses, se ha consagrado divinamente conceptos como \u201cConsenso\u201d, se ideologiza con entelequias pseudo participativas: \u201clos pueblos se auto convocaron\u201d, se validan instancias poco representativas y transparentes, como suplantar coordinaciones de origen natural por una \u201ccoordinaci\u00f3n Nacional de Pueblos Ind\u00edgenas\u201d creada por un consejero ind\u00edgena, muy parecido al nombramiento de Longkos y machis por la orden m\u00e1xima de CONADI, se insiste en \u201cmesas de di\u00e1logo\u201d, que son mecanismos para eludir la problem\u00e1tica de fondo, se crea el Plan Araucan\u00eda, pol\u00edtica clientelar, fracasada que pretend\u00eda resolver la deuda de los pueblos sentados detr\u00e1s de un escritorio, con pseudo magnates ind\u00edgenas que se alimentan de dicha burocracia. Nunca estaremos de acuerdo con estas formas de hacer las cosas, ni las continuaremos avalando. Es vergonzoso que el Estado persista en mantener este tipo de relaci\u00f3n con los Pueblos Ind\u00edgenas, no se sustenta en el respeto de nuestros derechos, al contrario su foco est\u00e1 en dictar legislaciones injustas y opresoras de nuestras reivindicaciones incumplidas\u2026\u201d<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tFinalizan se\u00f1alando: \u201cLlamamos a fortalecer el poder aut\u00f3nomo de las comunidades y territorios, a continuar legitimando nuestras autoridades ancestrales y nuestras propias instituciones, a multiplicar las acciones de denuncia de estas flagrantes manipulaciones, a no dejarse enga\u00f1ar ya que los pueblos ind\u00edgenas tenemos poder, por eso nos quieren doblegar, los dirigentes deben obedecer y defender el territorio oponi\u00e9ndose a las medidas que se est\u00e1n creando para quit\u00e1rnoslo o destruirlo\u2026\u201d<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tEstas declaraciones y acciones se\u00f1aladas, son un ejemplo del empoderamiento que diversas organizaciones Ind\u00edgenas tienen en Chile con respecto a sus Derechos, particularmente lo relativo a la consulta y las exigencias de que se cumpla el Est\u00e1ndar Internacional de Derechos en materia Ind\u00edgena, conminando a nuevas formas de relaci\u00f3n.<br \/> \tLa inexperiencia y la falta de prudencia y acciones correctas por parte de agentes de Estado a cumplir cabalmente con la buena fe y los procesos previos, libres e informados, han llevado a serios vac\u00edos que han imposibilitado avanzar en formas de establecer acuerdos m\u00ednimos, conllevando a repensar las formas de llevar adelante los procedimientos de consulta y participaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"> \t&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"> \t<strong>Compilaci\u00f3n<\/strong> \u2013 escrito Por: <strong>Alfredo Seguel &nbsp;<\/strong><br \/> \t<strong>Revisi\u00f3n <\/strong>\u2013 edici\u00f3n: <strong>Martina Paillacar<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>a)&nbsp; Organizaciones: Las Organizaciones que reconoce la institucionalidad del Estado a trav\u00e9s de la Ley Ind\u00edgena 19.253 (1993)&nbsp; son las Comunidades y las Asociaciones Ind\u00edgenas que al constituirse adquieren personalidad jur\u00eddica. 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