{"id":8808,"date":"2016-05-25T19:00:11","date_gmt":"2016-05-25T19:00:11","guid":{"rendered":"http:\/\/www2.nasaacin.org\/index.php\/2016\/05\/25\/feliciano-valencia-es-simbolo-de-paz-representa-la-lucha-y-la-dignidad-de-los-indigenas-de-colombia-y-latinoamerica\/"},"modified":"2016-05-25T19:00:11","modified_gmt":"2016-05-25T19:00:11","slug":"feliciano-valencia-es-simbolo-de-paz-representa-la-lucha-y-la-dignidad-de-los-indigenas-de-colombia-y-latinoamerica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/2016\/05\/25\/feliciano-valencia-es-simbolo-de-paz-representa-la-lucha-y-la-dignidad-de-los-indigenas-de-colombia-y-latinoamerica\/","title":{"rendered":"Feliciano Valencia es s\u00edmbolo de paz, representa la lucha y la dignidad de los Ind\u00edgenas de Colombia y Latinoam\u00e9rica"},"content":{"rendered":"<div> \t<\/div>\n<div> \tLa audiencia de Feliciano estuvo cargada de buena energ\u00eda, bajo el principio de la espiritualidad y la protecci\u00f3n de nuestros padres espirituales y la Madre Tierra, donde el sol brill\u00f3 radiante a tono con tan reivindicativo momento.<\/div>\n<div> \t <!--more-->  <\/div>\n<div> \tAudiencia que se llev\u00f3 a cabo este 23 de mayo de 2016, de 3 a 3:50 p.m, en la sala de audiencia de la Corte Suprema, se realiz\u00f3 la audiencia de sustentaci\u00f3n del recurso extraordinario de casaci\u00f3n, interpuesto por el abogado defensor del dirigente Ind\u00edgena Feliciano Valencia Medida, el Doctor German Pab\u00f3n G\u00f3mez.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tMientras todo estaba dispuesto en la sala de audiencias, con destacada participaci\u00f3n de todos los gobernadores de la Asociaci\u00f3n de Cabildos Ind\u00edgena del Norte del Cauca \u2013 ACIN, autoridades del CRIC y de la ONIC, bajo el acompa\u00f1amiento de la Guardia Ind\u00edgena y medios de comunicaci\u00f3n, afuera quienes no pudieron entrar, por la limitaci\u00f3n de espacio de la sala de audiencia, respaldaron con m\u00fasica, cantos y arengas, a la espera de tan anhelado fallo a favor de la Jurisdicci\u00f3n Especial Ind\u00edgena.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tEl abogado de la defensa fundamenta su sustentaci\u00f3n precisando el respeto por las garant\u00edas del procesado y la efectividad de los derechos que comprende la debida aplicaci\u00f3n del ordenamiento penal. Por lo que defiende su postulado en defensa de que prevalezca el derecho sustancial, logrando con ello alcanzar la realidad de una verdadera justicia.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tDe acuerdo a la viabilidad de lo demandado, las normas invocadas como violadas, las fundament\u00f3 en error de garant\u00eda por incompetencia del Juez que juzg\u00f3 a Feliciano Valencia, ya que de conformidad con la Jurisdicci\u00f3n Especial Ind\u00edgena debi\u00f3 ser juzgado por el juez natural por concurrencia del fuero ind\u00edgena; y como segundo hecho violatorio de la norma sustancial, la motivaci\u00f3n deficiente respecto a la falsa coautor\u00eda del delito de secuestro simple atribuido a Feliciano Valencia Medina en el entendido que no hubo participaci\u00f3n directa de Feliciano en la retenci\u00f3n del Cabo Chaparral Santiago, ya que esta acci\u00f3n fue ejecutada por miembros de la Guardia Ind\u00edgena en ejercicio de sus funciones de control social y territorial.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tPrecisa la defensa, que no se dieron los actos de co-dominio funcional del hecho ni tampoco actos de co-ejecuci\u00f3n de la conducta criminal y al no concurrir estos requisitos con la conducta de Feliciano, nos encontramos frente a una indebida aplicaci\u00f3n. Igual enfatiz\u00f3 que los aspectos sustanciales que estructuran la coautor\u00eda, fueron desconocidos por el Tribunal de Popay\u00e1n, raz\u00f3n por la cual aplicaron de manera indebida el art\u00edculo 29.1 de la Ley 599 de 2000, teniendo evidencia que el Tribunal reconoci\u00f3 que Feliciano no particip\u00f3 en los actos de retenci\u00f3n del Cabo Chaparral Santiago, y que este solo hizo presencia dos (2) d\u00edas despu\u00e9s de la retenci\u00f3n por parte de la Guardia Ind\u00edgena.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tEn raz\u00f3n a ello solicita a los honorables Magistrados de la Sala de Casaci\u00f3n Penal de la Corte Suprema de Justicia, casar la sentencia y proceda a absolver a Feliciano Valencia del delito de secuestro simple y que se ordene su libertad de manera inmediata.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tPor su parte Jorge Caldas, Representante del Ministerio P\u00fablico, de igual manera solicita casar la sentencia, fundamentando su solicitud en una falta de motivaci\u00f3n por falta de prueba en la participaci\u00f3n directa en la retenci\u00f3n por parte de Feliciano valencia, enfatizando que el solo hecho de tener conocimiento de la retenci\u00f3n no lo convierte en coautor del delito de secuestro, ya que la coautor\u00eda genera un dominio funcional del hecho y esto no se dio en la conducta de Feliciano.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tDe igual manera, la vicefiscal general (e) Elka Venegas en representaci\u00f3n de la Fiscal\u00eda General, sorprendi\u00f3 con la argumentaci\u00f3n de su solicitud de absolver el presente proceso por carecer de competencia, solicitando nulidad por falta de jurisdicci\u00f3n, por desconocimiento del principio de Juez Natural y violaci\u00f3n al debido proceso, en raz\u00f3n a que esta le correspond\u00eda a la Jurisdicci\u00f3n Especial Ind\u00edgena, ya que constitucionalmente las comunidades ind\u00edgenas ejercen su derecho auton\u00f3mico con funciones jurisdiccionales.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tAs\u00ed mismo solicita la atipicidad frente al delito de secuestro simple, ya que la conducta debi\u00f3 ser revisada de acuerdo a la cosmovisi\u00f3n de la comunidad ind\u00edgena, bajo sus usos y costumbres ancestrales y no existieron los presupuestos jur\u00eddicos que demostraran la coautor\u00eda del hecho il\u00edcito que se le imputa a Valencia, dado que fueron las autoridades quienes actuaron bajo la convicci\u00f3n de acuerdo a sus leyes propias, que la persona retenida hab\u00eda cometido una irregularidad dentro del territorio ancestral.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tEl Movimiento Ind\u00edgena de Colombia, con \u00e9nfasis los pueblos y\/o comunidades de la ACIN, CRIC y ONIC, esperamos que con estos sustentos jur\u00eddicos los Honorables Magistrados de la Corte Suprema de Justicia casen la presente sentencia y absuelvan a Feliciano Valencia de los cargos imputados y por ende se logre su libertad inmediata; y con ello la Jurisdicci\u00f3n Especial Ind\u00edgena se aplique de conformidad en todo el territorio Colombiano.<\/div>\n<div> \t&nbsp;<\/div>\n<div> \tFuente:&nbsp;<span style=\"color: rgb(53, 53, 53); font-family: Lato, sans-serif; font-size: 18px; line-height: 25.7143px;\">ONIC<\/span><\/div>\n<div id=\"ckimgrsz\" style=\"left: 0px; top: 3.2157e-06px;\">\n<div class=\"preview\"> \t\t&nbsp;<\/div>\n<\/p><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La audiencia de Feliciano estuvo cargada de buena energ\u00eda, bajo el principio de la espiritualidad y la protecci\u00f3n de nuestros padres espirituales y la Madre Tierra, donde el sol brill\u00f3 radiante a [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[73],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8808"}],"collection":[{"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=8808"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8808\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=8808"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=8808"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=8808"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}