{"id":8910,"date":"2016-07-16T16:36:25","date_gmt":"2016-07-16T16:36:25","guid":{"rendered":"http:\/\/www2.nasaacin.org\/index.php\/2016\/07\/16\/jambalo-comunicado-a-la-opinion-publica-2\/"},"modified":"2016-07-16T16:36:25","modified_gmt":"2016-07-16T16:36:25","slug":"jambalo-comunicado-a-la-opinion-publica-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/2016\/07\/16\/jambalo-comunicado-a-la-opinion-publica-2\/","title":{"rendered":"Jambalo: Comunicado a la Opini\u00f3n P\u00fablica"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"> \tReciban un Amable y Fraternal saludo de Armon\u00eda, Hermandad, Paz y de Resistencia por parte de los NEJWE\u2019SX \u2013 AUTORIDADES TRADICIONALES.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tEl Cabildo Ind\u00edgena del Resguardo de Jambal\u00f3 Cauca, entidad p\u00fablica de car\u00e1cter especial, sin \u00e1nimo de lucro, cuya creaci\u00f3n fue determinada por la Ley 89 de 1890 de la extinguida Rep\u00fablica de Colombia, y cuya personer\u00eda jur\u00eddica y fundamentos jur\u00eddicos se derivan de la Ley 153 de 1887, y regido por la Ley 21 de 1991 que ratifica el Convenio 169 de la OIT, La Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de Colombia de 1991 y dem\u00e1s disposiciones aplicables de acuerdo a su r\u00e9gimen especial.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \t&nbsp;<\/p>\n<p>  <!--more-->  <\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tpor medio del presente escrito, manifiestan que los NEJWE\u2019SX- Autoridades Tradicionales Ind\u00edgenas quienes generaron y generan la sabidur\u00eda, son las garantes y orientadoras del cumplimiento de los derechos inherentes e intr\u00ednsecos en defensa del Territorio y de la Autonom\u00eda pol\u00edtica, jur\u00eddica o normativa, financiera y econ\u00f3mica; fiscal, administrativa, cultural; de sus tradiciones espirituales, de su historia y de su ciencia como Pueblos Ind\u00edgenas por ende dan conocer a la opini\u00f3n publica lo siguiente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tComo comunidades ind\u00edgenas debemos manifestar la especial importancia que tiene la paz, por cuanto ha sido concebida desde los territorios ind\u00edgenas como el presupuesto del desarrollo de nuestras comunidades ind\u00edgenas, por eso aplaudimos el inter\u00e9s del estado colombiano del que somos parte, en tomar la batuta de buscar y concretar con los alzados en armas el desarrollo de los colombianos en armon\u00eda, de tal manera hemos insistido en la importancia de la celebraci\u00f3n de acuerdos humanitarios y di\u00e1logos de paz as\u00ed como tambi\u00e9n hemos expresado en diferentes espacios el que se cuente con nosotros para la paz, y nunca para la guerra, como Consigna contenida en misivas emitidas como pueblo Nasa.<\/p>\n<p> \tNo Obstante debemos decir que si bien respetamos las decisi\u00f3n de algunos cabildos en ser permisivos en la utilizaci\u00f3n de sus territorios para las zonas Veredales Transitorias de Normalizaci\u00f3n, No compartimos dichos arreglos y que ante las disposiciones del gobierno nacional de establecer y\/o Ubicar Zonas Veredales Transitorias de Normalizaci\u00f3n entre los resguardos ind\u00edgenas del vecino municipio de Caldono y zonas aleda\u00f1as en que reside poblaci\u00f3n ind\u00edgena y claramente dentro de territorio ind\u00edgena, sin el consentimiento de las comunidades ind\u00edgenas , la autoridad tradicional propia de este territorio, en ejercicio de las facultades que les otorga la ley de origen del pueblo nasa, la ley 89 de 1890, ley 21 de 1991 y los art\u00edculos 1, 7, 246, 330 de la constituci\u00f3n pol\u00edtica de Colombia, La Declaraci\u00f3n de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos ind\u00edgenas adoptada en Nueva York el 13 de septiembre de 2007 durante la sesi\u00f3n 61 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, demandamos el Respeto por parte de todo actor armado, en abstenerse de utilizar nuestros territorios por cuanto en ning\u00fan evento se ha consultado la posici\u00f3n que asuma la comunidad nasa y en general en usarlos para cualquier acto que ponga en riesgo la integridad f\u00edsica, territorial y cultural de las comunidades que la habitan aun cuando este sea denominado Zonas Veredales Transitorias y se pretendan buscar con ello conllevar a uno de los pasos para la paz de que tratan los di\u00e1logos desarrollados en la Habana Cuba.<\/p>\n<p> \tLo anterior puesto que no le es desconocido al estado que en diversos momentos del desarrollo de nuestras comunidades ind\u00edgenas se ha hecho hincapi\u00e9 en que para proceder en actuaciones en que puedan verse afectados los territorios ind\u00edgenas y su poblaci\u00f3n concebido ello como el respeto por la Autonom\u00eda \u2013 La Tierra y la Cultura es necesario que sea adelantada la consulta Previa por cuando es el derecho fundamental que tenemos los pueblos ind\u00edgenas y los dem\u00e1s grupos \u00e9tnicos cuando se toman medidas (legislativas y administrativas) o cuando se vayan a realizar proyectos, obras o actividades dentro de nuestros territorios, buscando de esta manera proteger nuestra integridad cultural, social y econ\u00f3mica y garantizar el derecho a la participaci\u00f3n.<\/p>\n<p> \tEn consecuencia Manifestamos que continuaremos firmes en defensa de nuestros territorios y exigiendo el cumplimiento de lo dispuesto por la sentencia T-025 del 2004, auto 004 del 2009 de la Honorable Corte Constitucional y las medidas cautelares otorgadas por la Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos Humanos de la OEA al estado colombiano en el mes de noviembre del a\u00f1o 2011 en la cual se ordena de forma concertada medidas de protecci\u00f3n para garantizar, de manera colectiva, la vida, la integridad f\u00edsica y cultural de los integrantes del pueblo Nasa de los resguardos de San Francisco, Toribio , Tacuey\u00f3 y Jambal\u00f3, en igual sentido lo dispuesto por la reciente Sentencia T-030\/16 en sus Consideraciones numeral 9.3 criterio V cuando bien refiere que \u201cEl territorio Nasa es inviolable y, en tal sentido, la \u00fanica intromisi\u00f3n permitida es aquella que resulta ser estrictamente necesaria.\u201d Considerando Finalmente como NEJWE\u2019SX autoridades tradicionales Ind\u00edgenas que es importante exigir sumados a lo estimado por el Resguardo KWETH KINA LAS MERCEDES del Municipio de Caldono \u2013 Cauca que: Se d\u00e9 un respecto por la Jurisdicci\u00f3n Especial Ind\u00edgena en referencia a los acuerdos realizados sobre la jurisdicci\u00f3n especial de Paz y consecuentemente se proceda de parte del Estado en adelantar la Consulta Previa y que el mismo se realice a trav\u00e9s de un proceso de car\u00e1cter p\u00fablico, especial y obligatorio en el cual se garantiza el debido proceso atendiendo al principio de oportunidad, comunicaci\u00f3n intercultural y biling\u00fcismo, que este se haga de manera previa a la adopci\u00f3n de medidas administrativas, legislativas o a la decisi\u00f3n sobre proyectos que puedan afectarnos y que durante el proceso nos garanticen el acceso a la informaci\u00f3n, la cual debe ser dada de manera clara, veraz y, sobre todo, oportuna a fin de que se lleve a consideraci\u00f3n de nuestro y los territorios en que se pretende adelantar las llamadas Zonas Veredales Transitorias de Normalizaci\u00f3n (ZVTN) todo lo relacionado al tema en consideraci\u00f3n. Y por \u00faltimo hacemos el llamado solicitando la intervenci\u00f3n de los organismos de Control, protecci\u00f3n y defensa de los derechos humanos tales como la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n, Defensor\u00eda del Pueblo. Oficina permanente de derechos humanos, comit\u00e9 permanente para los derechos humanos, oficina de derechos humanos de los pueblos, consejer\u00eda presidencial para los derechos humanos, la Organizaci\u00f3n de las Naciones Unidas, la Alta consejer\u00eda para el Postconflicto atendiendo al \u00e1nimo de concreci\u00f3n de la propuesta que emane del movimiento ind\u00edgena frente a la resoluci\u00f3n del conflicto interno.<\/p>\n<p> \tCordialmente,<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<p style=\"text-align: justify;\"> \tFuente: http:\/\/www.cric-colombia.org\/portal\/comunicado-a-la-opinion-publica-32\/<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"> \t&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Reciban un Amable y Fraternal saludo de Armon\u00eda, Hermandad, Paz y de Resistencia por parte de los NEJWE\u2019SX \u2013 AUTORIDADES TRADICIONALES. 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