{"id":8942,"date":"2016-07-28T23:26:44","date_gmt":"2016-07-28T23:26:44","guid":{"rendered":"http:\/\/www2.nasaacin.org\/index.php\/2016\/07\/28\/peru-proteccion-a-pueblos-en-aislamiento\/"},"modified":"2016-07-28T23:26:44","modified_gmt":"2016-07-28T23:26:44","slug":"peru-proteccion-a-pueblos-en-aislamiento","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/2016\/07\/28\/peru-proteccion-a-pueblos-en-aislamiento\/","title":{"rendered":"Per\u00fa: Protecci\u00f3n a Pueblos en Aislamiento"},"content":{"rendered":"<p> \t<span style=\"color:#000000;\"><strong>\u2013 Excluyen al Viceministerio de Interculturalidad (VMI) para que emita Opini\u00f3n T\u00e9cnica vinculante sobre todo los estudios de impacto ambiental (EIA). Lo reducen s\u00f3lo al componente social.<\/strong><\/span><br \/> \t<span style=\"color:#000000;\"><strong><\/strong><\/span><br \/> \tServindi, 27 de julio, 2016.- Mientras muchos celebran como un gran avance la recategorizaci\u00f3n de tres Reservas Territoriales para pueblos ind\u00edgenas en aislamiento y contacto inicial pasa desapercibido un decreto publicado el domingo 24 de julio que reduce las facultades del Viceministerio de Interculturalidad para emitir una opini\u00f3n t\u00e9cnica vinculante en los estudios de impacto ambiental de actividades que se pretendan realizar dentro de las reservas.<\/p>\n<p>  <!--more-->  <\/p>\n<p> \tEspecialistas del Instituto de Defensa Legal (IDL) y la asociaci\u00f3n Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR) coincidieron en que los cambios reducen los est\u00e1ndares de protecci\u00f3n a pueblos ind\u00edgenas al limitar la aplicaci\u00f3n de mecanismos de protecci\u00f3n agravando as\u00ed la situaci\u00f3n de indefensi\u00f3n de los pueblos m\u00e1s vulnerables del pa\u00eds.<\/p>\n<p> \tEl Decreto Supremo N\u00ba 008-2016-MC modifica varios art\u00edculos del Reglamento de la Ley N\u00ba 28736, Ley para la protecci\u00f3n de los pueblos en situaci\u00f3n de aislamiento y contacto inicial&nbsp; (PIACI).<\/p>\n<p> \tLa norma fue elaborada a petici\u00f3n de la Presidencia del Consejo de Ministros en virtud al informe 419-2013-PCM\/OGAJ-JSB que recomienda al Ministerio de Cultura analizar la modificaci\u00f3n integral del Reglamento a efectos de actualizar las referencias a las instancias que participan en el procedimiento de reconocimiento de los PIACI.<\/p>\n<p> \tEl principal cambio es la exclusi\u00f3n del car\u00e1cter previo y vinculante de las opiniones t\u00e9cnicas del Viceministerio de Interculturalidad para la aprobaci\u00f3n de los estudios de impacto ambiental (EIA) cuando se propongan actividades de exploraci\u00f3n o explotaci\u00f3n de recursos naturales dentro de una reserva.<\/p>\n<p> \tLegalmente, la opini\u00f3n t\u00e9cnica vinculante de la instancia rectora y protectora de los PIACI era imprescindible para las actividades excepcionales que limitar\u00edan el car\u00e1cter intangible de las reservas.<\/p>\n<p> \tSin embargo, con la modificaci\u00f3n efectuada se agrega al Reglamento de la Ley 28736 la opini\u00f3n t\u00e9cnica previa y vinculante pero \u00fanicamente restringida al componente social de los estudios ambientales.<\/p>\n<p> \tCon esta modificaci\u00f3n se excluye al Viceministerio de Interculturalidad de brindar una opini\u00f3n t\u00e9cnica vinculante sobre todo el Instrumento de gesti\u00f3n ambiental o estudios ambientales, como es el caso de los estudio de impacto ambiental (EIA).<\/p>\n<p> \t\u00bfC\u00f3mo afecta este cambio de normativa a los PIACI?<\/p>\n<p> \t\u201cLa diferencia est\u00e1 en los detalles\u201d, afirma el antrop\u00f3logo Diego Saavedra, de la asociaci\u00f3n DAR, qui\u00e9n explica que todas las actividades for\u00e1neas de intromisi\u00f3n a un territorio donde habitan los PIACI afectan directamente sus vidas debido a sus especiales condiciones de vulnerabilidad.<\/p>\n<p> \tRecuerda que el caso de la ampliaci\u00f3n del Lote 88 del proyecto Camisea sobre la \u201cReserva Territorial Kugapakori, Nahua Nanti\u201d dej\u00f3 algunas lecciones aprendidas sobre la diferencia entre una opini\u00f3n t\u00e9cnica integral y otra reducida al componente social.<\/p>\n<p> \tEn el 2013 el Viceministerio de Interculturalidad emiti\u00f3 inicialmente 87 observaciones al EIA en su integridad. Pero luego se redujeron a solo 37 observaciones vinculadas solo al componente social del EIA, detall\u00f3 Saavedra.<\/p>\n<p> \t\u201cNo basta con abordar el componente social del EIA, en el que se toma en consideraci\u00f3n los planes de contingencia antropol\u00f3gicos, los protocolos de avistamiento, entre otros. Debemos ver el EIA como un instrumento integral tanto en su elaboraci\u00f3n como en los posibles impactos que identifica\u201d, agreg\u00f3.<\/p>\n<p> \tAdem\u00e1s recalc\u00f3 que tal es el criterio que establece el Sistema Nacional de Evaluaci\u00f3n del Impacto Ambiental (SEIA) que en el art. 34 de su reglamento define que \u201ctoda referencia al impacto ambiental en el marco del SEIA comprende los impactos sociales que estuvieran relacionados\u201d.<\/p>\n<p> \tCabe agregar que se trata de proteger a las poblaciones m\u00e1s vulnerables y la exploraci\u00f3n y explotaci\u00f3n de recursos naturales solo podr\u00eda proceder en casos de excepci\u00f3n por lo que los instrumentos de gesti\u00f3n ambiental deben tener el mayor rigor y cobertura posible.<\/p>\n<p> \tBajo tal perspectiva, la opini\u00f3n t\u00e9cnica del ente rector y responsable de la protecci\u00f3n de los PIACI debe ser vinculante sobre todos los aspectos y no \u00fanicamente sobre los aspectos sociales.<\/p>\n<p> \t<strong>Datos:<\/strong><\/p>\n<p> \t\u2013 Se estima que en el Per\u00fa existen alrededor de 20 pueblos ind\u00edgenas en aislamiento y contacto inicial, y son los grupos humanos m\u00e1s vulnerables del pa\u00eds debido a que carecen de inmunidad para las enfermedades m\u00e1s comunes y dependen estrechamente de su entorno territorial para poder subsistir.<\/p>\n<p> \t\u2013 Tal como la han reiterado informes de organismos internacionales de derechos humanos como la Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos Humanos se debe respetar el principio de intangibilidad y no contacto para evitar cualquier epidemia o calamidad que pueda afectar la susbsistencia de tales pueblos.<\/p>\n<p> \t\u2013 De las cinco reservas territoriales existentes ya se han recategorizado tres ((Isconahua, Mashco Piro y Murunahua) en la regi\u00f3n Ucayali, para que sean Reservas Ind\u00edgenas. Sin embargo, a\u00fan sigue pendiente la atenci\u00f3n de la creaci\u00f3n de cinco reservas ind\u00edgenas propuestas desde hace m\u00e1s de 10 a\u00f1os.<\/p>\n<p> \t&nbsp;<\/p>\n<p> \tFuente. <a href=\"https:\/\/www.servindi.org\/27\/07\/2016\/reducen-proteccion-pueblos-en-aislamiento\">www.servindi.org<\/a><\/p>\n<blockquote class=\"wp-embedded-content\" data-secret=\"1zwyKgE1vo\"><p><a href=\"https:\/\/www.cric-colombia.org\/portal\/peru-proteccion-a-pueblos-en-aislamiento\/\">Per\u00fa: Protecci\u00f3n a Pueblos en Aislamiento<\/a><\/p><\/blockquote>\n<p><iframe class=\"wp-embedded-content\" sandbox=\"allow-scripts\" security=\"restricted\" style=\"position: absolute; clip: rect(1px, 1px, 1px, 1px);\" title=\"&#171;Per\u00fa: Protecci\u00f3n a Pueblos en Aislamiento&#187; &#8212; Consejo Regional Ind\u00edgena del Cauca - CRIC\" src=\"https:\/\/www.cric-colombia.org\/portal\/peru-proteccion-a-pueblos-en-aislamiento\/embed\/#?secret=1zwyKgE1vo\" data-secret=\"1zwyKgE1vo\" width=\"600\" height=\"338\" frameborder=\"0\" marginwidth=\"0\" marginheight=\"0\" scrolling=\"no\"><\/iframe><\/p>\n<p> \t&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u2013 Excluyen al Viceministerio de Interculturalidad (VMI) para que emita Opini\u00f3n T\u00e9cnica vinculante sobre todo los estudios de impacto ambiental (EIA). Lo reducen s\u00f3lo al componente social. Servindi, 27 de julio, 2016.- [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[3],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8942"}],"collection":[{"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=8942"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8942\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=8942"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=8942"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/tejidohistorico.afrodescendientes.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=8942"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}