Es sumamente condenable la entrevista brindada por José Miguel Insulza a la BBC en Brasil, donde descalifica las medidas cautelares dictada por la Comisión Interamericana de derechos Humanos (CIDH) en relación al caso de la hidroeléctrica Belo Monte (Brasil), anteponiendo los intereses económicos cimentados en una visión obsoleta de desarrollo a los derechos de los pueblos indígenas y comunidades locales que habitan el Rió Xingu.

 

El 1 de abril del presente año la CIDH emitió las Medidas Cautelares 382/10, a favor de los miembros de las comunidades indígenas de la cuenca del Río Xingu, en Pará, Brasil: Arara de la Volta Grande do Xingu; Juruna de Paquiçamba; Juruna del "Kilómetro 17"; Xikrin de Trincheira Bacajá; Asurini de Koatinemo; Kararaô y Kayapó de la tierra indígena Kararaô; Parakanã de Apyterewa; Araweté del Igarapé Ipixuna; Arara de la tierra indígena Arara; Arara de Cachoeira Seca; y las comunidades indígenas en aislamiento voluntario de la cuenca del Xingu.

La obra faraónica que pretende el gobierno de Brasil construir en el río Xingu, se convertiría en la tercera represa más grande del mundo, con una potencia de 11.2000 mw y con un costo aproximado de 11 mil millones de dolares. Sin embargo, el informe del  Instituto Brasileño de Medio Ambiente y Recursos Naturales (IBAMA) señala que, hasta abril, fueron cumplidas solo cinco de las 40 condiciones socioambientales para el inicio de las obras.

La CIDH, en las medidas cautelares exige realizar "procesos de consulta, en cumplimiento de las obligaciones internacionales de Brasil, en el sentido de que la consulta sea previa, libre, informada, de buena fe, culturalmente adecuada, y con el objetivo de llegar a un acuerdo, en relación con cada una de las comunidades indígenas afectadas, beneficiarias de las presentes medidas cautelares"

Desafortunadamente existe una ofensiva en contra de los pueblos  indígenas de América Latina, desde los Cucapa del delta del río Colorado hasta la Mapuches de Aysén, los indígenas sufrimos una ofensiva maléfica por parte de los estados nación y multinacionales, las que pretenden apoderarse de nuestros habitas, para explotación minera, petrolera y represas hidoreléctricas, megaproyectos turísticos, entre otros.

A pesar que muchos de los países del continente son signatarios del Convenio 169 de la OIT y la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (UNDRIP), instrumentos jurídicos que reconocen el derecho a la consulta, previa libre e informada; hasta la fecha los estados nación eluden efectuar consultas  y si  mucho llegan a efectuar simulacros con el propósito de acallar las criticas.

Las declaraciones de Insulza erosionan el trabajo que realiza la CIDH, en cuanto a la defensa de los pueblos indígenas, y en general menoscaban las medidas cautelares emitidas en relación a las violaciones de los derechos humanos en general. Las consecuencias de las infortunadas declaraciones serán de enormes repercusiones para los defensores de los derechos humanos en el continente.

Existen casos concretos en Centroamerica de desacato por parte de los estados de Guatemala y de Panamá; en relación a la Mina Merlen y los desalojos y represas en el río Teribe. Los pueblos Sipakapense, Man y Naso,  se encuentran bajo un enorme peligro de desaparición como culturas diferenciadas, ante las agresiones de la compañía Minera Goldcorp, la Empresa Pública de Medellin y ganaderos de Bocas del Toro.

El malestar existente por parte de políticos y empresarios en cuanto al rol jugado por la CIDH en la defensa de los derechos de los pueblos indígenas, fue manifestado por el Sr. Insulza a la BBC al cuestionar las medidas cautelares a favor de los pueblos radicados en el Xingu. Insulza está dando cabida con su actitud demoledora de las medidas cautelares a que los estados nación ignoren las medidas emitidas por la CIDH.

La Alianza de las Américas para la Energía y el Clima, promovida por la Sra. Hillary Clinton se está convirtiendo en la receta de rigor para destruir los ríos a lo ancho y largo de America Latina, y la mayoría de las represas formuladas por los organismos financieros internacionales afectan a diversos pueblos indígenas del continente. Al mismo tiempo a las empresas mineras transnacionales se les conceden enormes extensiones de tierra para  practicar la minería a cielo abierto, sin tener en cuenta el enorme daño ambiental que causan y las raquíticas regalía que pagan por sus industrias extractivas.

La mayoría de los países signatarios del Convenio 169 de la OIT en America Latina, no han hecho esfuerzo alguno en adecuar sus legislaciones al Convenio. Todo lo contrario han buscado alternativas de disuasión tal como sucedió en Honduras con la Ley para el Desarrollo de los pueblos indígenas, promovida por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) con la intención de crear una ley secundaria enfrascada en la disolución del Convenio 169. Inaudita fue la actitud asumida por la OIT, al instar al gobierno a aprobar la Ley Indígena como una prioridad, a pesar de las denuncias presentadas al respecto por algunos de los pueblos indígenas de Honduras.

El derecho a la consulta no es concesión del estado nación hacia sus ciudadanos. Es claramente un deber establecido por el derecho internacional y está ligado al derecho a la vida. En Honduras ese derecho ha sido denegado constantemente por las diferentes administraciones  a partir del año de 1994 cuando se firmó el Convenio 169 de la OIT. Desde una Ley de Propiedad inconsulta a través de la cual pretenden diluir la propiedad comunitaria, hasta un sinfín de hidroeléctricas dentro de los territorios de los pueblos que nunca fueron consultadas. La denegación en Honduras al derecho a la consulta es similar al resto de los países del continente, en donde el único asidero de los indígenas  consiste en recurrir a la CIDH ante el racismo y prepotencia que existe por parte de los sistemas nacionales de justicia. 

La Ceiba 17 de mayo de 2011
OFRANEH