El congresista liberal explica a Semana.com por qué los llamados 'falsos positivos' podrían quedar impunes con la ampliación del fuero para los militares. Guillermo Rivera, representante a la Cámara por el Partido Liberal y, por ende, miembro de la coalición del presidente Juan Manuel Santos, se opuso a la reforma que amplía los alcances del fuero militar, precisamente impulsada desde el mismo Gobierno

El congresista califica de "legítimos" los temores de la comunidad internacional porque algunas conductas, como el caso de los llamados 'falsos positivos', puedan quedar en la impunidad.

Rivera, en diálogo con Semana.com, también advierte que el Congreso "extralimitó sus funciones" al aprobar la nueva norma, pues rompe con la esencia de la Constitución, al vulnerar los tratados internacionales que en materia de derechos humanos ha suscrito Colombia, y los que, por esa razón, hacen parte del bloque normativo del país. Por eso, el legislador afirma que la reforma al fuero militar "es inconstitucional".

Semana.com: ¿Hay errores en la redacción de la norma que reforma el fuero militar?

Guillermo Rivera: Tanto la jurisprudencia de la Corte Constitucional como la de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) han señalado que los crímenes de carácter internacional tienen que ser de competencia de la jurisdicción ordinaria. Esos crímenes son los de lesa humanidad, genocidio, desaparición forzada e infracciones al Derecho Internacional Humanitario o crímenes de guerra. En la redacción de la norma, el Congreso dejó claramente como competencia de la jurisdicción ordinaria los crímenes de lesa humanidad, los delitos de genocidio y desaparición forzada, al igual que los casos de violencia sexual, tortura, desplazamiento forzado y ejecuciones extrajudiciales, bajo el entendido de que las ejecuciones extrajudiciales son los 'falsos positivos', y no lo son.

Semana.com: ¿Por qué las ejecuciones extrajudiciales no cobijan los casos de los 'falsos positivos'?

Guillermo Rivera: Las ejecuciones extrajudiciales no están tipificadas en el código penal colombiano. El código penal tiene un capítulo que se denomina delitos contra bienes y personas protegidas por el Derecho Internacional Humanitario, que son todos los delitos o infracciones al Derecho Internacional Humanitario. Al dejar ejecuciones extrajudiciales, cualquiera puede argumentar que esa conducta no está tipificada por el código penal.

Semana.com: Entonces, ¿cómo se podrían tipificar los 'falsos positivos'?

Guillermo Rivera: La redacción correcta habría sido todos los delitos contra bienes y personas protegidas por el Derecho Internacional Humanitario. Porque en materia penal hay tres elementos esenciales para que se puedan juzgar las conductas, que sea típica, antijurídica y culpable. Y en este caso, las ejecuciones extrajudiciales no son una conducta típica porque no está en el código penal.

Semana.com: Ahora la reforma al fuero militar pasa al análisis de la Corte Constitucional. ¿Qué cree que va a pasar en ese estudio del alto tribunal?

Guillermo Rivera: La reforma que se aprobó es inconstitucional y creo que el Congreso extralimitó sus competencias porque el Legislativo no puede modificar la Constitución en su esencia. El artículo 93 de la Constitución incorpora las decisiones de las cortes internacionales en materia de derechos humanos a la Constitución, por lo tanto, son esenciales de nuestra Carta Política y no se pueden modificar.

Semana.com: ¿Cree que con esta reforma Colombia tendrá problemas con la comunidad internacional?

Guillermo Rivera: Por lo menos creo que es un mensaje bastante contradictorio que, a los pocos días de que Colombia haya sido excluido de la ‘lista negra’ de países que preocupan a la CIDH en materia de derechos humanos, se apruebe un acto legislativo que claramente la comunidad internacional ha manifestado que está por debajo de los estándares internacionales.

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