El 10 de octubre del 2014 permanecerá en la memoria del Taita Crispín, de la comunidad Cametsa del Valle del Sibundoy Putumayo; cuando -como si fuera una película-, vio atropellada su ceremonia de Yajé por parte de 30 efectivos fuertemente armados del Estado de Corrientes en Argentina. Una operación que terminó atropellando sus derechos, causando su detención, a un hombre de paz, quién ha compartido con humildad   su saber ancestral y castigando así su diferencia cultural.

 
Como resalta Jaime Garzón al traducir la Constitución Política de Colombia para la comunidad Wayu, en un esfuerzo por la inclusión y apropiación que la Carta y la  legislación decretan para los pueblos indígenas; ellos mismos interpretaron el artículo 12 de la siguiente manera: “Nadie llevará por encima de su corazón a nadie, ni hacerle mal en su persona, aunque piense y diga diferente”, y por ello,  el pueblo colombiano y sus gobernantes se enorgullecen de tener una de las constituciones más progresistas en materia de inclusión social y se precian ante el mundo de ser un país incluyente y multicultural.
 
Las Naciones Unidas a su vez  promueven en gran parte del mundo los grandes avances en materia de igualdad con el Proyecto de Declaración de ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas  en 1994, y por ello la Corte Interamericana de Derechos Humanos declara que “Los pueblos indígenas tendrán derecho a preservar, expresar y desarrollar libremente su identidad cultural en todos sus aspectos, libre de todo intento de asimilación.” Incluso la Organización Internacional del Trabajo ya había avanzado mucho más en el año de 1989 con el convenio 169 Sobre los Pueblos Indígenas y tribales en países independientes, precisamente reconociendo el incalculable aporte de estas comunidades a la sociedad occidental, al declarar en su introducción:
 
“Considerando que la evolución del derecho internacional desde 1957 y los cambios sobrevenidos en la situación de los pueblos indígenas y tribales en todas las regiones del mundo hacen aconsejable adoptar nuevas normas internacionales en la materia, a fin de eliminar la orientación hacia la asimilación de las normas anteriores; Reconociendo las aspiraciones de esos pueblos a asumir el control de sus propias instituciones y formas de vida y de su desarrollo económico y a mantener y fortalecer sus identidades, lenguas y religiones, dentro del marco de los Estados en que viven; Observando que en muchas partes del mundo esos pueblos no pueden gozar de los derechos humanos fundamentales en el mismo grado que el resto de la población de los Estados en que viven y que sus leyes, valores, costumbres y perspectivas han sufrido a menudo una erosión; Recordando la particular contribución de los pueblos indígenas y tribales a la diversidad cultural, a la armonía social y ecológica de la humanidad y a la cooperación y comprensión internacionales …” http://www.oit.org.pe/WDMS/bib/publ/libros/convenio_169_07.pdf
 
Para el pueblo Cametsa y las comunidades indígenas solidarias, es inadmisible que en pleno siglo XXI año 2014, se determine que una autoridad indígena tradicional, como lo es Taita Crispin Chindoy por ejercer sus prácticas culturas fuera de su país de origen, sea un estafador, lo cual evidencia el desconocimiento de los saberes ancestrales de los Pueblos, y la discriminación que aún es países considerados como –progresistas- se evidencia; y aún más preocupante que se  siga insistiendo en acusarlo por  un delito que no existe ; toda vez que Argentina, ratificó el Convenio 169 de la OIT el cual insta a los Estados a incorporar en sus ordenamientos la protección y respeto de prácticas culturales, entre otros aspectos, el cual entró en vigor el 2001.  (http://www.alertanet.org/pi-arg-conv169.htm)
 
Así la historia del viaje del Taita Crispín a Argentina, empieza durante la segunda semana de octubre de este año, mientras los cuerpos diplomáticos en Latinoamérica, y en general los gobiernos de los diferentes países, se preparaban para conmemorar con orgullo el 12 de Octubre día de la raza, de la memoria de la invasión a América y la celebración de los avances legislativos y políticos que han permitido llevar los pueblos originarios a gobernar países y tener la legitimidad y respeto de sus culturas. El taita Crispín Chindoy, reconocido por su trayectoria como chamán o Taita, honrado por la herencia de los saberes de su familia  y por la diferentes personas que le agradecen su proceso de conciencia y de la trasmisión de sus saberes culturales y espirituales”; es reconocido por el Gobierno Mayor de Autoridades Indígenas de Colombia,  fue invitado por su amigo  argentino Maxi Francia al Estado de Corrientes, Argentina, con el fin de realizar una ceremonia de Yage en el que se invitaba voluntariamente a los interesados y así mismo se les pedía un aporte voluntario para cubrir algo de los gastos del traslado del Taita.
 
Esta práctica, que es cada vez más reconocida en el mundo y sobre todo en otros estados de Argentina, que como el mismo Taita la describió días antes para un reportaje virtual, en entrevista con una ciudadana de ese país: “… Para las diferentes familias indígenas el yage, es una planta de poder (…) permite entender la cosmovisión de los pueblos indígenas, la conexión entre los espiritual y lo material (…) permite entrar al mundo del inconsciente de manera consciente, nos permite entender que somos una partícula de la creación dentro del universo (…) es una planta que ayuda a activar la memoria que se ha olvidado y esa conexión con la esencia. Es un ser que permite entender que somos parte de esa energía cósmica, que todos somos un solo cuerpo, somos parte de ese tejido del que vamos hilando para saber cuál es el sentido que tiene la vida…”. Un ritual reconocido incluso por los antropólogos en el clásico estudio “Chamanes de la selva Pluvial” de Gerardo Reichel Dolmatoff y Michael Taussig, con la mención respetuosa que hace en su obra: “Shamanism, colonialism, and the Wilde man: A study in terror and healing”;  sin embargo al parecer, era muy desconocida para la gente de la provincia de Corrientes y sobre todo para los organismos de control.
 
Los sucesos transcurrieron ese mismo 10 de octubre en la finca del amigo de Maxi, Santiago Fortin quien la había ofrecido, pues ya conocía la práctica y estaba orgulloso en presidirla en su casa, a las afueras de la ciudad. Sin embargo, nunca se imaginó que su búsqueda espiritual, sería tan violenta y abruptamente atropellada por la Policía de Alto Riesgo a las 2:00 a.m. de esa madrugada,  cuando sin razón alguna, interrumpieron la ceremonia  el GTO,  la División de Trata de Personas, el Escuadrón de Toxicomanía, con muchos hombres fuertemente armados, siete camionetas que movilizaban militares encapuchados, que entraron a las patadas y a los golpes, no solo destruyendo la casa de campo, sino maltratando a los aproximados 27 asistentes a esta ceremonia; Fortin asegura que “Yo agradezco a Dios que nadie salió corriendo o si no hubiera sucedido una catástrofe (…) esta policía está autorizada para disparar en cualquier irregularidad”. Un despliegue de seguridad que no tiene nada que envidiarle a la detención de un capo de la mafia o el rescate de algún secuestrado;  grave error que al decir de los juristas en Colombia y las autoridades indígenas, de quedarse así, solo permitiría la impunidad ante los derechos internacionalmente reconocidos de los pueblos indígenas.
 
Este operativo tuvo una duración de 9 horas, donde además de maltratar a los integrantes, maltrataron al Taita Crispín, esposándolo y pateándole la cabeza, dejándole una cortada profunda,  además de decomisarle el pasaporte, los  papeles y los objetos a todos los presentes, acto ilegal en casi cualquier nación. La intervención estaba respaldada por un acta de allanamiento que terminó con la detención carcelaria durante 14 días del Taita Crispín aún hoy con libertad condicional, con el pasaporte  retenido y  acusado por 1) Uso ilegal de la medicina y 2)  Estafa.
 
La denuncia efectuada inexplicablemente por la madre del principal anfitrión del encuentro, Maxi Francia, se basó en unas pesadillas que ella tuvo, y en el comportamiento extraño de su hijo desde que se volvió vegetariano y a que andaba con una nueva novia. Aunque fue una sorpresa incluso para su hijo, hasta el momento con los testimonios de los presentes  y todas las pruebas dadas, no solo se ha demostrado la falta de legitimidad de la orden, sino la gran ignorancia y desconocimiento de la legislación internacional por parte de los funcionarios y organismos de control de la ciudad de Corrientes. Pues como mencionaría la abogada Carolina Sierra, quién ha liderado y ha acompañado a Crispín Chindoy, “Es un error que se quiera continuar un proceso judicial, cuando ya se comprobó que no existe delito, toda vez que la práctica cultural ejercida no se constituye como conducta delictiva, está por el contrario se encuentra protegida por el ordenamiento jurídico interno e internacional; tampoco se puede tildar a una autoridad indígena como estafador por pensar o tener una cultura distinta; así mismo es importante precisar que yagé no es medicina en estricto sentido –aunque algunas personas no indígenas aseguren haberse sanado con ello-, sino por el contrario, es una planta –como lo dice Crispin- que se utiliza como un medio de conocimiento para el entendimiento del cuerpo y el espíritu, para lo cual no se requiere licencia más que el permiso tanto de yagé como de sus autoridades” testimonio respaldado por Fortin quien reitera que la ceremonia se sostuvo por aportes voluntarios y que nadie fue obligado  a asistir, ni se prometió cura de nada a nadie, pues así no se procese ni funciona el  rito alrededor del yagé.
 
Desde octubre, la solidaridad en Colombia se movilizó con un comunicado público que emprendió la compañera del Taita por las redes, que fue apoyado por varias personas a través de  AVAAZ  y CHANGE ORG   para que las diferentes entidades gubernamentales se manifestaran en la defensa de su compatriota, que además de ser un líder para su cultura, representa un patrimonio inmaterial para la comunidad Cametsa y así también  para el país. Por ello, los primeros en pronunciarse fueron las Autoridades Tradicionales Indígenas de Colombia, exigiendo el debido proceso amparados en la legislación internacional. Por su lado la Cancillería solo suministró un formato en donde se comunicó el caso, solicitando tener conocimiento del proceso que se le estaba aplicando al Taita Crispín en Argentina, y la solicitud de un pronunciamiento desde Colombia en defensa de los pueblos indígenas. De este proceso sólo se lograron informes muy ejecutivos por parte de esta institución.
 
Hasta principios de diciembre se logró apostillar y enviar, por trámites burocráticos, una carta expedida el 26 de noviembre, firmada por el Director de Asuntos Indígenas del Ministerio del Interior, en donde además de enmarcarse el artículo 5 del convenio 169 de la OIT, ratificado por el Gobierno argentino, además de confirmar la importancia de la autoridades indígenas en Colombia y su aval  al Taita Crispín Chindoy para realizar las ceremonias se solicita “…Que debe tenerse en cuenta el fuero indígena que le asisten a las personas que pertenecen a pueblos o comunidades, como también ancestrales que han construido para fundamentar sus prácticas espirituales en las que se incluyen el yagé y la ayahuasca a través de ceremonias…”
 
En la actualidad, a mediados de diciembre, ni el juez ni el fiscal quieren proceder ante el caso de manera prioritaria, puesto que en el Estado de Corrientes se encuentran en elecciones. Por su parte el embajador de Argentina en Colombia le otorgó una placa al Taitia Miguel Chindoy para que el caso se desarrolle de manera favorable. Así, la familia del Taita, las autoridades indígenas y varias de las diferente organizaciones que se solidarizan con esta causa, coinciden en asegurar que el no reconocer la importancia de estas ceremonias, además de invisibilizar la cultura y autonomía de estos pueblos, se hace caso omiso al artículo 5 de la OIT : “…Deberán reconocerse y protegerse los valores y prácticas sociales, culturales, religiosos y espirituales propios de dichos pueblos y deberá tomarse debidamente en consideración la índole de los problemas que se les plantean tanto colectiva como individualmente”,  por no garantizar el goce efectivo de derechos individual y colectivos. Por tanto solicitan la solidaridad de senadores  u otros poderes políticos para que se derogue la injusta detención. ¿Dónde está el poder del pueblo y la institución que en nombre de La Ley de Leyes, podría hacer algo? Algunos artículos de la Constitución Política de Colombia sobre la legislación indígena: http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/constitucion/diversidad-etnica-y-cultural/articulos-relacionados
 
Para antropólogos e intelectuales, esta situación resalta a la vista, una vez más, la falta de comprensión y aceptación de los pueblos originarios, así como el largo camino que nos falta por recorrer para hacer vigente el marco normativo que los incluye en la sociedad occidental. Precisamente por este debate, Crispín Chindoy como persona natural, además de nacer  y hacer parte de una cosmovisión indígena, con lo que implica tener las raíces en el Putumayo, en un país como Colombia, debe tenerse  en cuenta su heredada misión como Taita y chamán, y que para complementar su idoneidad, se dio a la tarea de estudiar antropología en la capital y con su trabajo de grado “La Pinta no es como la Pintan” encontrar un lenguaje intermedio que nos permita entendernos a todos en el conjunto de estas dos sociedades.
 
La Universidad el Externado, donde cursaba antropología, ha expedido varias cartas para este caso, pues como estudiante Crispín ha sido reconocido por pertenecer a la línea de investigación de Salud y Medicina, y como miembro de la cátedra multicultural conformada por estudiantes indígenas de varios pueblos; ha sido, además, reconocido por el intercambio de saberes en países como Venezuela (apoyado por la Asociación de Naciones Unidas), México, España y Holanda;  igualmente reconocido por el Ministerio del Interior de Colombia pues ha participado en varios espacios culturales y artísticos, tanto como en intervenciones académicas en el Instituto de Pensamiento y Cultura en América Latina –IPECAL- “Momentos Memorables IPECAL” e invitado por el Programa Mundo Holístico en México.
 
Una lucha por hacer reconocer el saber ancestral con la altura y la importancia que se merece; porque quizás, de ser así, como lo afirma el propio Taita Crispín Chindoy al hablar del Yage, si como sociedad entendiéramos que somos una partícula de creación dentro del Universo, tal vez no pasaríamos por encima de la libertad y el corazón de otros, así como tampoco pretenderíamos acabar con otros seres vivos y los recursos naturales.
 
Tejido de Comunicación del Pueblo Nasa – Colombia en colaboración con Ingrid Morris Rincon