El indígena Embera Dopida de 42 años que sufrió un accidentado el día 20 de febrero de 2015, hora 9,00 AM, cuando se encontraba preparación la tierra para cultivar arroz y maíz, le cayó una rama de un arbolo en la cabeza, lo cual lo dejó inconsciente del golpe que recibió. El medico de Juradó que lo atendió le dio una orden de remisión urgente a un HOSPITAL de III nivel, nunca fue remitido de inmediato.

 La Alcaldía de Juradó y la Nueva EPS S.A no gestionó, ni asumieron responsabilidad de la remisión en enviarlo a un hospital de tercer nivel. Después de 9 días el señor SIXTO se empeoró su situación de salud del golpe que recibió en la cabeza murió en Quibdó en la Clínica VIDA el día 28 de febrero de 2015 a medio día, las autoridades indígenas y sus familiares tenemos claridad que la responsabilidad de atenderlo era de la empresa llamada la NUEVA EPS S.A; pero esta se negó a no atenderlo, apesar de la insistencia de la defensoría del pueblo del Chocó y de la secretaria de salud del Chocó.
 
SIXTO Marmolejo Chiripua tenía derecho a ser llevado a un hospital de III nivel, y no dejarlo morir en Quibdó, en una clínica de II nivel. La directora de la nueva EPS S.A, en Quibdó dijo que todas las solicitudes de otros pacientes de habilitar la afiliaciones los habían resuelto, menos lo de SIXTO Marmolejo y que su superior de Bogotá, señor Alberto Remolino era que definía y su respuesta a los requerimientos de la defensoria del pueblo y de la secretaria de salud del Chocó la era negativa, respuesta que iba ser radicado minutos después a la secretaria de salud Chocó y a la defensoría del pueblo.¿preguntemos le a la Nueva EPS porque solo  caso de SIXTO no se resolvió?, será porque era un indígena o por ser un pobre.  Esperamos que las autoridades competente abran a la NUEVA EPS S.A, una investigación y a otras autoridades que le competían de atenderlo pero que no asumieron su responsabilidad legales. El gerente de la Nueva EPS S.A es el señor Alberto Remolina Parra, si dirección es Carrera 85K N° 46a – 66 Piso 3. Bogotá, pueden dirigirse a solicitarle una explicación sobre la negación de atender al paciente SIXTO, al teléfono 4193000 extensión 10286, 10268, 10241,10123 y a los siguientes correo: jesus.atara@nuevaeps.com.co, maria.forero@nuevaeps.com.co, jhon.avendano@nuevaeps.com.co,andrea.useche@nuevaeps.com.co, edwin.uribe@nuevaeps.com.co, yinna.pachon@nuevaeps.com.co, luz.guerra@nuevaeps.com.co
 
No puede repetirse este caso con ningún otro ser humano, debe adelantarse un proceso de judicialización en contra de la nueva EPS S.A.
 
Alberto Achito Lubiasa
autoridad tradicional Embera