El Resguardo Indígena de Jambaló, en Usos de las facultades Legales Conferidos  en la Ley 89 de 1890 los Artículos 246 y 330 de la Constitución Política;  ley 21 de 1991 en Ejercicio del Derecho Propio, Ley de Origen los Mandatos Comunitarios y los Congresos Zonales,  solicitamos inmediatamente  lo siguiente.

 
Que de acuerdo a la asamblea permanente realizada el día 28 de mayo del presente año en la Vereda La Mina, la Asamblea toma la decisión de que los adolescentes reclutados por las FARC EP el domingo 24 de mayo de 2015, que corresponden a los nombres de YICELA ANDREA TAQUINAS  RAMOS  y ALEXIS GEOVANNY TAQUINAS RAMOS residentes en la Vereda El Tablón, estudiantes de la Institución educativa kwe sx Piya yat sean regresados inmediatamente a sus familias, teniendo en cuenta que a partir del día lunes 01 de junio de 2015 deben retornar al colegio para que continúen sus estudios.  

Respecto a los vehículos que han sido traídos por las FARC EP  y que los tienen  dentro de Nuestro Territorio de Jambaló, les damos un plazo de 72 horas a partir de la fecha para que sean retirados; de igual manera si no dan cumplimiento a la presente orden,  la comunidad en general del Territorio y los 20 Cabildos de la zona Norte del Cauca tomara las decisiones de retirarlos de Nuestro Territorio. Por otro lado también les informamos los casos que están sucediendo con nuestros comuneros (as) será informado en el sitio de diálogo y negociación de los acuerdos de paz en la HABANA CUBA.   
 
Comuníquese y cúmplase, dado en Jambaló Cauca; Vereda la Mina a los 28 días del mes de mayo de 2015.