Tales instrumentos deben inspirar confianza para lograr que esas tareas sean conjuntas y estén en el marco de los acuerdos de la Habana. Por ejemplo, lo que se llama empadronamiento o inscripción de los habitantes rurales es una tarea indispensable para las consiguientes labores de adjudicación de las tierras ya posesionadas.

Pero cuando es el Ejercito Nacional el que lo hace, de hecho la gente siente miedo; porque colige que es para algo afín a la naturaleza de éste, porque sabe que este no ha sido aún adecuado para el post conflicto. así paso con el empadronamiento que hizo recientemente el Ejército en una buena parte de la colonización del Meta, Guaviare y Caquetá. pusimos el grito en el cielo, presumiendo que se trataba de la preparación de un falso pos conflicto.

Se supo que lo hizo junto con el INCODER ,que si es la identidad idónea para este ejercicio .De otra parte, en esa labor el Ejército estuvo arbitraria y áreamente identificando baldíos, lo que se presume hace parte de la misma política de las altillanuras con fines de recuperación de baldíos pero para una adjudicación privada extensiva, lo cual será un hecho ilegal y criminal porque no son tierras baldías sino tierras con dueño colonizadas de hecho en un claro ejercicio del derecho de posesión por parte de miles de familias campesinas. La ocupación es la forma como millones de campesinos se han vuelto dueños de hecho que han podido adquirir la tierra para trabajar a falta de una verdadera reforma agraria del Estado.

Segun jurisprudencia de la Corte Constitucional se pueden denominar baldías solo las tierras que carecen de dueño y están sin cultivar (Sentencia C-569 del 09-12-1993,magistrado ponente Jose Gregorio Hernandez).

Autor:  HECTOR RIVERA CRUZ.