Sostienen que aunque esta ley trajo cambios, para su aprobación no se consultó a las comunidades.

 

La revisión en la Corte Constitucional de la ley que creó las Zonas de Interés de Desarrollo Rural, Económico y Social (Zidres) comenzó con conceptos negativos de organizaciones expertas en justicia y de derechos humanos.

En mayo pasado, varios senadores y representantes de comunidades campesinas demandaron la Ley 1776 del 2016 al considerar que tiene vicios de forma y de fondo.

Sostienen que aunque esta ley trajo cambios fundamentales sobre la explotación del suelo rural en determinadas zonas del país, para su aprobación no se consultó a las comunidades.

El centro de estudios jurídicos Dejusticia, dirigido por César Rodríguez, le envió a la Corte un concepto en el que acompaña varios argumentos de los demandantes y pide que se tumbe la norma.

Según Dejusticia, esa ley “resulta regresiva respecto al alcance de los derechos al acceso progresivo a la propiedad de la tierra establecido en la Constitución”, ya que “restringe jurídicamente la protección de los derechos sociales, económicos y culturales de los campesinos” y “consagra medidas que limitan el estándar de protección en materia de adquisición de baldíos”.

Además, para Dejusticia esta norma reduce las tierras disponibles para adjudicar baldíos y la participación en la toma de decisiones sobre los usos del suelo en los que se desarrollarán proyectos productivos agrícolas, afectando al campesinado.

Contra esta ley también llegó un concepto negativo del Colectivo de Abogados, que le solicitó a la Corte declararla inexequible. Afirma que si bien esta norma dice que busca favorecer la vida y el desarrollo rural, los conceptos de competitividad y crecimiento económico que plantea “estarían dirigidos a establecer un modelo agrario excluyente en donde solamente las empresas más poderosas, las que tengan más acceso a tecnologías y las que puedan cumplir con los requisitos determinados por la ley, serían las que accederían al uso de la propiedad de la tierra y a los beneficios establecidos en ella”.

En medio de la demanda, la Agencia Jurídica del Estado le pidió a la Corte que mantenga la norma, considerando que no vulnera la consulta previa. “Las zonas Zidres no existen y, en esa medida, es imposible si quiera examinar una afectación directa a comunidades indígenas”. La Agencia también asegura que las Zidres les permitirán a los campesinos crear asociaciones para explotar la tierra, “sin que se liberen bajo ninguna circunstancia las restricciones a la concentración por encima de la Unidad Agrícola Familiar, o en cuanto a la necesidad de enajenación de los bienes antiguamente baldíos”.

Fuente: El Tiempo