Encuentro de reflexión y análisis de la realidad jurídica colombiana con relación a los pueblos indígenas. La Consejería Mayor CRIC, la Fiscalía Seccional Popayán, la Universidad del Cauca y la Gobernación del Cauca, realizará el 31 de mayo y 1 de junio del 2012, la Minga de Justicias en el Paraninfo Caldas de la Universidad del Cauca de la ciudad de Popayán. 

 
Este  evento tendrá un perfil de discusión y debate  académico. La Minga de Justicias, como se ha denominado,  contará en calidad de ponentes, con la intervención de Exconstituyentes indígenas, Magistrados, Congresistas,  Jueces, Fiscales y Estudiosos del derecho formal, así como de Autoridades Tradicionales y Mayores de los diferentes pueblos indígenas tanto del Cauca como de otras regiones del país, y está dirigido a operadores de la justicia ordinaria del Estado y a los agentes de la Jurisdicción propia.
 
Es sabido que una de las principales dificultades que ha encontrado la Jurisdicción Indígena ha sido el desconocimiento acentuado de las instituciones de justicia formal en general y de los operadores judiciales en particular, por lo cual es imperativo buscar metodologías, pero en especial desarrollos jurídicos que faciliten conocer, entender y comprender esta realidad jurídica, lo cual puede ayudar a disminuir las tensiones que por desconocimiento o interpretación errónea del espíritu normativo existen en la aplicación de la Justicia frente a comuneros indígenas.
 
Conforme con el artículo 246 constitucional, los pueblos indígenas tienen la autonomía de juzgar sus actos. Se presume que el juicio que se haga debe ser acorde con la realidad social y cultural en la que se encuentran los individuos involucrados en el caso. Se juzga entonces la conducta indígena con base en la identidad étnica. Por ello es posible hablar de “justicias indígenas”,  ya que en tanto hay una pluralidad de pueblos indígenas y de cómo está formada esta identidad étnica y sus parámetros culturales, una conducta puede ser reprochada en una comunidad indígena y aceptada dentro de otra.
 
Por otro lado, una opinión general considera que la justicia ordinaria es obligatoria para todos los ciudadanos del país incluidos los comuneros indígenas, desconociendo los alcances constitucionales, los desarrollos jurídicos del orden internacional y las búsquedas mismas de los pueblos indígenas, para lo cual no son pocas las iniciativas, tanto desde los pueblos como de los operadores de justicia del Estado para encontrar  procesos dialogo intercultural entre estas jurisdicciones. La urgencia es evidente en términos de lograr de manera clara, sincera y amistosa que cada jurisdicción pueda operar con menos obstáculos de cara a que el servicio de la Justicia llegue al beneficiario de derechos y a la misma comunidad por cualquiera de las vías de forma pronta, oportuna efectiva y eficaz, pero ante todo, que logre el bien buscado por los pueblos indígenas: la convivencia y la armonía colectiva.
 
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