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a)  Organizaciones:
Las Organizaciones que reconoce la institucionalidad del Estado a través de la Ley Indígena 19.253 (1993)  son las Comunidades y las Asociaciones Indígenas que al constituirse adquieren personalidad jurídica. Ello les permite tener existencia y representación legal y por tanto, postular a los diversos fondos que el Estado pone a su disposición, entre ellos el Fondo de Tierra, el Fondo de Aguas y los diversos Proyectos concursables que especialmente entrega la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena CONADI.

En este contexto, ninguna otra organización tiene la oportunidad de acceder a estos recursos destinados específicamente a los “Indígenas”, lo que por un lado genera la percepción de que ellos son ampliamente beneficiados y por otro, que el desarrollo de los Pueblos Originarios está siendo incentivado.

Estas organizaciones son detalladas en la Ley Indígena (artículos 9 al 11) para la “Comunidad Indígena” y en los artículos 36 y 37 donde crea la “Asociación Indígena”. Para ambos casos establece requisitos para su conformación, en el caso de las Comunidades Indígenas. Los criterios que permitirán su conformación son (artículo 9):

“Para los efectos de esta ley se entenderá por Comunidad Indígena, toda agrupación de personas pertenecientes a una misma etnia indígena y que se encuentren en una o más de las siguientes situaciones:

a) Provengan de un mismo tronco familiar;
b) Reconozcan una jefatura tradicional;
c) Posean o hayan poseído tierras indígenas en común, y
d) Provengan de un mismo poblado antiguo.”

Si bien se señala la “jefatura tradicional”, estos criterios no consideran la orgánica u organización tradicional, agregando un alto nivel de complejidad pues la noción de “tierras indígenas” introducido en este artículo trata de otro concepto creado en esta nueva Ley Indígena” (en su Título II, artículos 12 y 19), aspecto que hace referencia a múltiples leyes y Decretos anteriores, y que en algunos casos no permite tener una situación regularizada debido a la superposición de títulos de propiedad de tierra. Estos criterios, además de ser introducidos y ajenos de la situación organizacional ancestral de estos Pueblos, resultan ambiguos y en extremo complejos.

Un fenómeno importante a señalar en esta explicación, es el que hace referencia Huaiquilaf (1999) quien señala : “El mundo indígena urbano es tan complejo y contradictorio, que al tiempo que presenta profundos procesos de aculturación y transculturización, de negación de la diversidad étnica de parte de la población en general, y de la autonegación de la pertenencia étnica de parte de mapuches urbanos, de reelaboración y recreación de aspectos culturales tradicionales y de reafirmación étnica…”

A ello Jara  agrega: “La cultura mapuche empieza a reproducirse y regenerarse en la ciudad, en manos de este nuevo sujeto emergente; El mapuche Urbano, Mapurbe o Mapuche Wariache , sujeto que emerge desde un espacio en que se pretende ir en búsqueda del sentido de las cosas. El desarraigo del territorio ancestral y el aglutinamiento en algunas comunas de Santiago permitió a los mapuche migrantes darse cuenta de su propia identidad, identidad que era vivida con cotidianeidad y ahora se re mitifica en este contexto adverso para la mantención de las antiguas prácticas…”.

b)    El movimiento Indígena y su Agenda Pública
Independiente de las organizaciones funcionales que establece la Ley Indígena, son las articulaciones entre referentes con personalidad jurídica y otras no, entre funcionales e instituciones ancestrales las que vienen generando movilización y levantando agendas propias de exigencia con procesos de incidencia ante la Institucionalidad Pública y que son parte de las conexiones de los Derechos Colectivos cuya matriz es la Libredeterminación.

En el actual escenario, hay aspectos esenciales de nuevas formas de relación que tienen que ver con el fin a las prácticas de colonialismo y racismo, como es la discriminación y estigmatización que medios masivos y comerciales hacen de la existencia Indígena, hasta las instalaciones de basurales y Tratamiento de Aguas Servidas en suelos Indígenas.
A su vez, son diversas las expresiones que exigen el respeto, garantía, cumplimiento y reparación en Derechos Colectivos y que se describen a continuación:

I.- Integridad Cultural: 1) Derechos Educativos, Lingüísticos y Culturales; 2) Resguardo de los Lugares sagrados; y 3) Oficialización de las Banderas de los Pueblos Indígenas.

II.- Tierras, Territorios y “Recursos” Naturales: 1)    Respeto a los territorios y elementos de la naturaleza; 2) Reclamaciones de tierras y cumplimiento del Estándar Internacional de Derechos; 3) Desafíos implementación Ley Pueblos Originarios Costero marino (Ley Lafkenche); 4) Situación actual de los territorios.   
                                                             
III.- Bienestar Social Y Desarrollo De Los Pueblos: 1) Economías territoriales y desarrollo autónomo.         
                                                                                                                                      
IV.- Autogobiernos, Autonomías Y Participación Política:  1) Proceso constituyente, descentralización política y estatuto de autonomía; 2) Pacto Mapuche por la Autodeterminación; 3) Territorios y autoridades ancestrales; 4) Jurisdicciones municipales; 5) Los  Derechos Colectivos en la constituyente; 6) Movimiento Indígena por el respeto e implementación de la consulta.

I.- INTEGRIDAD CULTURAL

1) Derechos Educativos, Lingüísticos y Culturales
La cultura es entendida generalmente de manera que incluye pautas afines, lengua, religión, rituales, arte y filosofía; y también, se  extiende sobre el uso de las tierras.

Desde los movimientos Indígenas en Chile, dos expresiones se han manifestado activamente con intención de establecer incidencia pública sobre el derecho a mantener y desarrollar libremente las identidades culturales diferenciadas, dentro del marco de los principios de Derechos Humanos.

Una de ellas, son los planteamientos de La Red por los Derechos Educativos y Lingüísticos de los Pueblos Indígenas de Chile  , quien ha realizado dos importantes Congresos de las Lenguas Indígenas -el año 2010 y el 2012- para establecer sus bases y propuestas.  

Asimismo, ha generado movilización a nivel País, como el  21 de febrero de 2013 en el contexto del día internacional de la lengua materna. El llamado fue a realizar una serie de manifestaciones públicas con el objeto de exigir al Estado que se enseñen y utilicen de forma oficial las Lenguas Indígenas.

De esa forma, en diversas localidades en Chile se desarrollaron diversas manifestaciones con una importante convocatoria y consecutivamente, este 28 de Junio de 2013, la Red dio cuenta de sus demandas Educativas, Lingüísticas y Culturales de los Pueblos Indígenas para la  comisión de reforma educacional, atendiendo los resultados de sus dos Congresos .
Como eje central, presenta la constitucionalización de los Pueblos Indígenas de Chile y su reconocimiento como naciones pre-existentes (en una Nueva Constitución) porque la actual tiene una serie de trabas que impiden el reconocimiento y ejercicio de los Derechos Territoriales, Políticos, Educativos, Culturales y Lingüísticos. Así mismo, garantizar estos derechos a todas las y los niños Indígenas de Chile, principalmente, reconocer la Co-oficialidad de las lenguas Indígenas habladas en el territorio nacional, para su valoración, enseñanza y desarrollo, según indicaron.

Igualmente, plantea la creación de una unidad al interior del Ministerio de Educación que implemente y coordine las Políticas Interculturales Bilingües (la educación intercultural para todos los Chilenos y bilingüe para los Indígenas) y una nueva institucionalidad que deberá contar con participación Indígena en la toma de decisiones y contar con un programa nacional que oriente y dé seguimiento a la implementación de la Política Bilingüe Intercultural. Ella deberá ser dirigida por profesionales expertos instalados en cada una de las regiones y contar con los recursos necesarios para implementar el programa antes señalado, según manifiestan en sus planteamientos.

Por otro lado, como un ejemplo de acción territorial dentro de una jurisdicción municipal, las comunidades Mapuche de la comuna de Galvarino amparadas en el Consejo Territorial Mapuche, el día lunes 8 de Julio de 2013 hicieron masivamente ingreso a la Municipalidad de Galvarino para exigir que la lengua Mapuzugun sea oficializada . Señalaron: “Hoy nos hemos levantado para exigir que nuestra lengua sea Co-oficial en la comuna amparados en nuestro Derecho consuetudinario, en el conocimiento de nuestros Kimche, Machi, Lonko, Werken,Weichafe…”.

2)    Resguardo de los Lugares sagrados
Otras expresiones que se han manifestado exigiendo el respeto a la integridad cultural, son aquellas que defienden los lugares sagrados de los atropellos y amenazas de Proyectos Públicos y Privados que alterarían lugares de significancia cultural, religiosa y/o espiritual.

Una de ellas, fue la realizada por dos mujeres del Pueblo Likanantay- Amelia Mamani y Sonia Ramos- quienes hicieron en octubre del 2009 una caminata desde Calama hasta Santiago, para entregarle a la entonces Presidenta Michelle Bachelet, una carta suscrita por más de 30 mil personas rechazando la intervención del Proyecto geotérmico en la zona de los geisers de El Tatio, en la Región de Antofagasta .

Las mujeres, de 55 y 58 años respectivamente, emprendieron una caminata de 1574 kilómetros por la defensa de los géiseres del Tatio (Tata Iu en lengua ancestral) y el inminente “ecocidio” tras la explotación geotérmica, señalando asimismo la importancia cultural del lugar.

Durante el 2011, diversas voces de organizaciones y comunidades en el centro sur de Chile alertaron sobre espacios sagrados de enorme importancia para el Pueblo Mapuche que se encuentran amenazados debido a que Proyectos Hidroeléctricos buscan emplazarse en Trayenkos (caídas de aguas sagradas) y lugares ceremoniales que son defendidos por las Comunidades en zonas cordilleranas de Curarrehue, Melipeuco, Neltume y Pilmaiken. Las Comunidades  aseguran que las fuerzas y los espíritus protectores residen allí y que sus alteraciones causarían perjudiciales desequilibrios. Sendos informes socio culturales y antropológicos lo avalan así .

Además, dentro de las demandas territoriales de Comunidades Mapuche, varias Comunidades exigen la restitución de lugares de significación cultural y religiosa que se encuentran dentro de predios de Empresas Forestales. A modo de ejemplo, una Empresa consultora, Rainforest Alliance,  encargada del Proceso de Certificación FSC a la Forestal Mininco, identificó 300 hectáreas dentro de predios de Forestal Mininco considerados como lugares sagrados que han sido identificados por  Comunidades Mapuche  y a esto se agrega otras  que se mantienen en disputa pública como es el caso del Klen Klen y Angostura . También ha habido casos judiciales donde las Comunidades han obtenido fallos a su favor para proteger lugares sagrados .

3  Oficialización de las Banderas de los Pueblos Indígenas
Otro elemento que con fuerza se ha desplegado desde principios de los años 90 ha sido la adopción de una bandera identitaria que involucra características culturales, sociales y políticas. En el caso Mapuche, su denominación es la Wenufoye y que se comparte en diversos lugares de los territorios de Chile y Argentina y que en diversos departamentos municipales, se ha izado como símbolo de reconocimiento, existiendo varias demandas sociales para su oficialización. El Pueblo Rapanui también tiene su propia bandera, llamada “Te Reva Reimiro” y el caso de los Pueblos denominados Andinos, transfronterizos en el norte de Chile está el reconocimiento pleno a la Wipala, compartida principalmente por los Pueblos Quechua y Aymara .

II.- TIERRAS, TERRITORIOS Y “RECURSOS” NATURALES

Quizás, una de las acciones más expresadas  por diversas Comunidades y organizaciones, tiene relación con las reivindicaciones sobre defensa y/o restitución de tierras ancestrales.

Los Pueblos han sido desposeídos de sus tierras tradicionales o han perdido el acceso a los recursos naturales a través de la coacción o el fraude. El Estándar Internacional de Derechos establece procedimientos que permiten que los grupos Indígenas afectados puedan recuperar las tierras o el acceso a los recursos que necesiten para su subsistencia y prácticas culturales y, en circunstancias apropiadas, a recibir una compensación.

Sin embargo, principalmente en el caso Mapuche, la respuesta que ha existido desde el Estado al enfrentar vías que no son las institucionalizadas por medio de CONADI, ha sido la criminalización, la militarización (con agentes policiales militarizados) y la judicialización de la protesta social.

1)    Respeto a los territorios y elementos de la naturaleza
Es importante señalar que la relación de los Pueblos Indígenas con la tierra y los llamados “recursos” naturales, planteada en diversas fuentes,  no ha sido tradicionalmente de propiedad privada, sino de usufructo comunitario y de interrelación con elementos de la naturaleza, parte integral de la existencia del Ser Originario, desde la perspectiva filosófica, cosmogónica, religiosa y espiritual.

Casos emblemáticos se han sostenido al respecto,  como fue la imposición del Proyecto Hidroeléctrico Ralco de la Transnacional Endesa en los Altos del Bío Bío y que causó graves conflictos sociales, la inundación e impactos en miles de hectáreas e incluso la aplicación de la Ley Antiterrorista, hecho que fueron llevados al Sistema Interamericano de Derechos Humanos y que arrojó a la postre varios incumplimientos desde el Estado Chileno .

Por su parte, un nuevo conflicto emblemático se ha suscitado, que ha sido la resistencia hasta la fecha, de Comunidades Mapuche Lafkenche que han impedido la instalación de un ducto contaminante de una Celulosa (Arauco – Celco) en las costas de Mehuin.

Por otro lado, diversas acciones de resistencia se han sostenido en contra de Proyectos Hidroeléctricos en territorio Mapuche que hasta el momento han logrado su objetivo: defender los territorios. Son los casos de Liquiñe, Maihue y Pilmaiken.

En este contexto, un  Megaproyecto Minero fue detenido, dejando sin efecto su aprobación ambiental, como sucedió en el caso del Proyecto Minero “El Morro Goldcorp”, donde las Comunidades Diaguitas Huascoaltinas interpusieron un recurso de protección por no consulta de acuerdo al Convenio 169 de la OIT y obtuvieron un fallo a favor de la Corte Suprema en abril del 2012 .

Un caso incipiente en territorio Mapuche es el de los conflictos mineros, existiendo indicios de intervenciones externas en la zona de Sollipulli (Curarrehue) y el río Collico (Carahue) y desde el año 2005 aproximadamente, las Comunidades Mapuche del lago Lleu Lleu han debido enfrentar la amenaza de esta industria ante la prospección minera en su suelo la que tiene diversos intereses .

2)    Reclamaciones de tierras y cumplimiento Estándar Internacional de Derechos
Las reclamaciones de tierras ancestrales Mapuche se han levantado mayoritariamente contra predios de Empresas Forestales y de latifundios. Al respecto, la Institucionalidad Estatal a través de CONADI no ha dado respuesta a la alta demanda  existente y por otra parte, existe una férrea oposición de parte de los empresarios en ceder tierras al Pueblo Mapuche, las que sumas miles de hectáreas con respecto a las forestales.

Cabe agregar que las conclusiones y recomendaciones de los Comités de Naciones Unidas al Estado de Chile han introducido un nuevo y decisivo factor en el proceso de diseño de las nuevas políticas hacia los Pueblos Indígenas, estableciendo la necesidad de asumir una agenda mínima bajo el Estándar Internacional de Derechos, respaldando y legitimando las reivindicaciones de tierras de las Comunidades. En efecto, el Comité de Derechos Humanos en sus Observaciones Finales de abril 2007 recomendó al Estado de Chile reconocer las tierras ancestrales.

En su informe señala: “(…) El Comité lamenta la información de que las “tierras antiguas” continúan en peligro debido a la expansión forestal y megaproyectos de infraestructura y energía”. (Artículos 1 y 27)  “El Estado parte debería: a)Realizar todos los esfuerzos posibles para que sus negociaciones con las comunidades indígenas lleve efectivamente a encontrar una solución que respete los derechos sobre las tierras de estas comunidades de conformidad con los artículos 1 (párrafo 2) y 27 del Pacto. El Estado parte debería agilizar los trámites con el fin de que queden reconocidas tales tierras ancestrales”. ( 19,CCPR/C/CHL/CO/5 -17 Abril 2007)

Un ejemplo sobre reclamaciones de tierras ancestrales son los antecedentes de la Demanda Colectiva del Pueblo Rapa Nui por recuperar el territorio del que han sido privados, lo que provocó entre agosto de 2010 y febrero 2011 la ocupación pacífica de edificios Públicos y Privados de la isla por miembros del Pueblo Rapa Nui. Ello como medida de presión para exigir el reconocimiento de sus Derechos de Propiedad Ancestral, ocupación que fue duramente reprimida por el Estado chileno, criminalizando con ello ésta protesta social en reivindicación de legítimos Derechos .

Del mismo modo, a pesar de las reclamaciones de organizaciones y Comunidades y de las obligaciones Estatales en material de Normas Internacionales, el Estado Chileno continúa sin establecer las modificación de códigos y leyes relacionadas a las Aguas, Minería, Pesca,  entre otras, reconociendo los Derechos de Propiedad y uso de las Comunidades rurales sobre sus recursos, y compatibilizando dicha legislación sectorial con la norma existente o de creación sobre protección de las tierras.

3)  Desafíos implementación Ley Pueblos Originarios Costero marino (Ley Lafkenche)
Sin embargo, es importante destacar lo logrado por Comunidades Mapuche de la identidad territorial Lafkenche en las costas del centro sur de Chile, quienes impulsaron hace algunos años una Ley (Nº 20.249 – 2008) para resguardar el uso consuetudinario de dichos espacios y mantener las tradiciones y uso habitual que los Pueblos Originarios hacen de los recursos naturales vinculados al borde costero, como la pesca y usos religiosos, recreativos y medicinales, entre otros .
Actualmente diversas Comunidades y asociaciones Indígenas se encuentran gestionando la concesión de dichos espacios. Sin embargo, varias amenazas se presentan en la actualidad, como la nueva Ley de Pesca que privatiza los peces y concede Derechos marítimos a 7 grupos económicos en Chile y concede las concesiones acuícolas en el sur de Chile a Empresas salmoneras.

La identidad Lafkenche se articula desde la zona costera de la Región del Bío Bío hasta Horno Piren en la ruta cordillerana costera en la X región de Chile. Es una de las articulaciones más amplia del movimiento social Mapuche. La legislación alcanzada tiene como desafío en el presente  complementarse con el Convenio 169 de la OIT para resguardar sus Derechos ante las amenazas señaladas.

4)  Situación actual de los territorios
A fines del siglo XIX, El Pueblo Mapuche es incorporado por la vía bélica a los Estados Chileno y Argentino, usurpado en más del 90 % de su territorio en Chile. El Estado le entregó a su vez Títulos Comunitarios de Dominio que en el curso del siglo XX por aplicación de diversas leyes, se fueron dividiendo.

En las pocas tierras que quedan a las Comunidades, se han instalado una serie de Proyectos de inversión Público y Privado, que han deteriorado aún más la existencia: Basurales, Plantas de Tratamientos de Aguas Servidas, Represas y Centrales Hidroeléctricas, Mineras,  expansión Forestal y de Celulosa, lo que está calando hondo, causando graves impactos y profundizando aún más situaciones de discriminación por cuanto se ubican en sectores más vulnerables con respecto a sus derechos.

Centenares de detenidos, procesados y condenados, decenas de heridos, miles de movilizados, y ya varios asesinados como lo son los casos de Alex Lemún (2002), Zenón Díaz Necul (2005), Matías Catrileo  (2008) y  Jaime Mendoza Collío (2009), son el resultado  de la respuesta Estatal para responder a la protesta social, ya sea en la defensa de los territorios o bien en las reclamaciones de tierras.

Frente a esto, el Estado de Chile no ha sido capaz de establecer políticas de reparación con respecto a las Tierras antiguas, que es un derecho irrenunciable.

A modo de ejemplo, en el centro sur de Chile, en gran parte de lo que ha sido el territorio ancestral Mapuche, existen grupos económicos que tienen a su haber más de un millón cien mil hectáreas como lo es el caso de la Forestal Arauco del grupo  Angelini; o unas setecientas mil hectáreas  de la Forestal Mininco (CMPC)  del grupo  Matte, de acuerdo a la información proporcionada en los procesos de certificación FSC , causando severos impactos a causa de los monocultivos de especies exóticas de pino y eucaliptus. Por su parte, se estima que la población del Pueblo Mapuche en Chile superaría el millón y medio de personas según último censo del año 2012,  cuya superficie territorial no superaría las seiscientas mil hectáreas.

III.- BIENESTAR SOCIAL Y DESARROLLO DE LOS PUEBLOS.

Diversas expresiones indígenas en Chile exigen el derecho a un Bienestar social y al respeto y garantía a sus propias formas de entender el desarrollo.

De acuerdo al Estándar Internacional de Derechos Indígenas, no corresponde la imposición de políticas que muchas veces se contraponen y atentan a la visión que tradicionalmente tienen los Pueblos y que es señalado en el Convenio 169 de la OIT y la declaración de la ONU sobre los derechos de los Pueblos indígenas. Igualmente  deben existir las condiciones mínimas de accesibilidad a los diferentes servicios básicos como Derechos Humanos Universales consagrados.

En el presente, diversas políticas desde el estado están queriendo intensificar la incorporación de tierras indígenas a los intereses industriales, tal es el caso de la prórroga del DL 701 sobre Fomento Forestal que pretende masificar la introducción de pinos y eucaliptus en tierras de sectores campesinos y comunidades Mapuche. A su vez, una serie de iniciativas como la Ley UPOV 91 sobre patentación de semillas y el fomento de transgénicos son parte de las leyes de amarre que durante el 2013 se han venido instalando en las discusiones del congreso de la república. Situación similar a esto ocurre con la Ley de Concesiones Eléctricas y las tierras Indígenas donde se pretenden construir centrales y cableados.

Estas políticas impuestas no están cumpliendo con la obligación Estatal de consulta y participación de manera informada, previa y libre en los procesos de desarrollo y de formulación de políticas que los afectan y tampoco, se está atendiendo el Derecho a decidir las prioridades para el desarrollo. Es importante señalar que el artículo 7 del Convenio núm. 169 establece que los Pueblos Indígenas tienen el derecho de “decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar su propio desarrollo económico, social y cultural”.
Frente a este escenario, diversas reacciones desde movimientos indígenas se han levantado en contraposición a este modelo de crecimiento, exigiendo el respeto al desarrollo propio.

1)  Economías territoriales y Desarrollo Autónomo
Son diversas las iniciativas que versan desde lo propio, con procesos  autónomos  y que continúan desencadenando en propuestas de  desarrollo y autosuficiencia que pretenden establecer en forma soberana, las iniciativas agroalimentarias para fomentar la producción suficiente y la adecuada conservación, intercambio, transformación, comercialización y consumo de alimentos sanos, nutritivos, preferentemente provenientes de la pequeña, la micro, pequeña y mediana producción comunitaria o familiar, de las comunidades, asociaciones o cooperativas.

Ello también ocurre  en la pesca artesanal o en actividades de turismo familiar o comunitario y son actividades que en general, respetan y protegen la biodiversidad, los conocimientos y las formas de producción tradicionales y ancestrales bajo los principios de equidad, solidaridad, inclusión, sustentabilidad social y ambiental, y que sin embargo continúan siendo relegadas, excluidas o en último caso, atendidas marginalmente desde las Políticas Públicas del Estado.

Aquí, varias expresiones surgen con estos propósitos, entre ellas, la identidad territorial Lafkenche con el fomento de una Ley desde el año 2008 para resguardar el uso consuetudinario de dichos espacios y mantener las tradiciones y uso habitual que los Pueblos Originarios hacen de los recursos naturales vinculados al borde costero, como la pesca y usos religiosos, recreativos y medicinales, entre otros.

También, la “Red de ferias y mercados con identidad” viene forjando importantes prácticas a través del fortalecimiento de circuitos económicos. En ella participan: Parlamento Mapuche Koz Koz, la Cooperativa de artesanos rurales de Lonquimay – Icalma,  la Asociación indígena Urbana de Pucón, la Mesa regional de mujeres rurales, la Asociación Mari Kiñe Lof del Budi – Saavedra, la Red de ferias Wallüng – Curarrehue, la Alianza Territorial Nagche Wenteche – Galvarino, la Cooperativa Makewe, la Asociación de mujeres Mapuche Rayen Foye, Nueva Imperial, la Agrupación social y rural El foye de Likan Ray, el Grupo de Trabajo por los Derechos Colectivos, CIEM, Urracas, Eccosur Pitrufquén, La Red Traiguén, Urracas, entre otros.

Esta Red tiene como ejes principales de acción: Territorio y naturaleza, soberanía alimentaria y económica, interculturalidad y diversidad y economías y ciclos de la naturaleza, siendo uno de sus principales exponentes desde hace algunos años  la Red de ferias Walüng de Curarrehue.

Otro espacio de importancia con estas características y que surge recientemente este 2013 con la participación de diversas personas naturales, colectivas y agrupaciones, es la “Red de Semillas libres del Wallmapu”, que promueve la agroecología, la soberanía alimentaria y las semillas libres. Se presenta de la siguiente forma: “La Red de Guardianes de Semillas de Wallmapu, es una Red Comunitaria, abierta, libre y sin jerarquía que busca Resguardar nuestro Patrimonio Biosociocultural y conservar nuestras Semillas Nativas Libres de Transnacionales”. Sobre esto último, plantea  el derecho a guardar, reproducir, multiplicar, intercambiar, donar, compartir, vender y regalar libremente las semillas, planteando un rotundo  no a los transgénicos y plaguicidas.

Como puntos en común de estos referentes, es el desarrollo de un sistema económico solidario, basado en el cooperativismo y en el intercambio directo. Desde aquí, se ha impulsado la revitalización de instituciones ancestrales, que en el caso Mapuche se denomina: “Trafkintu” que significa intercambio de productos, semillas y conocimientos.

IV.- AUTOGOBIERNOS, AUTONOMÍAS Y PARTICIPACIÓN POLÍTICA

Los autogobiernos bajo los principios de autonomías y participación son la principal dimensión política de la Libredeterminación y consiste básicamente en la idea de que los Sistemas Políticos deben funcionar de acuerdo con los deseos de los Pueblos.

Como establece el Estándar Internacional de Derechos Humanos, los autogobiernos se contraponen a las instituciones que concentran injusta o desproporcionadamente el poder Estatal que causa subyugación, dominación y explotación. Las autonomías de los Pueblos es una nueva forma de promoción de la democracia y de descentralización del ilegítimo poder y autoridad Estatal para dar paso a la pluralidad en diversas dimensiones.

Aquí, las formas de implementación a las toma de decisiones van desde asumir procesos autónomos, con el respeto a las instituciones ancestrales, hasta la intervención de espacios públicos estatales con procesos de participación. En este contexto, se desprenden diversas iniciativas manifestadas por diferentes expresiones Mapuche:

1.- Proceso constituyente, descentralización política y estatuto de autonomía
La organización política Mapuche en proceso de constitución de partido, con experiencia en participación electoral y que viene haciendo referencia a la necesidad de que se establezca en Chile transformaciones en sus formas y relaciones de poder, es Wallmapuwen, quien propone  : “Derogar la actual Constitución y reemplazarla por otra que responda a los intereses de los pueblos y la ciudadanía en general. Esta futura Constitución debe ser fruto de un Proceso Constituyente, que conforme una Asamblea Constituyente amplia y representativa de los diversos pueblos y sectores que conforman el país.  Esta nueva Constitución debe reconocer a Chile como un Estado Plurinacional y plurilingüe, donde los distintos pueblos convivan en igualdad de condiciones.- A su vez, este nuevo Estado debe ser descentralizado en todos sus aspectos y en particular en la toma de decisiones políticas. Para el caso de Wallmapu (País Mapuche) proponemos un Estatuto de Autonomía”.

A su vez, la organización  plantea  la democratización real del Estado, con los siguientes puntos: “Se reemplace el Sistema Electoral Binominal por un Sistema Proporcional, procurando la representación de toda la ciudadanía organizada.  Haya una nueva Ley de Partidos Políticos que aliente y promueva la participación y la organización ciudadana.  Se incorpore a la elección popular directa de los Cores e Intendentes o sus similares en el marco del nuevo Estado Descentralizado.  Se cuente con una educación pública gratuita, intercultural (simétrica), plurilingüe, no colonialista y sin fin de lucro. La creación de un modelo educativo propio para el Wallmapu, que contemple todos los niveles de enseñanza formal. Se cuente con un sistema de salud universal pública, gratuita, intercultural y no colonialista. Los Recursos Naturales sean de todos los pueblos que conforman el país. (plurinacionalizar los recursos naturales)”.

2.- Pacto Mapuche por la autodeterminación
En enero del 2013, se realizó una cumbre en el Cerro Ñielol de Temuco con una importante participación encabezada por organizaciones como: El Consejo de todas las tierras, Ad-Mapu, Temucuicui Autónoma,  Temulemu, entre otros y allí se estableció un “Pacto por la Autodeterminación Mapuche, cumplimiento y aplicación de los Tratados y los Derechos fundamentales”, donde se establecen ciertos lineamientos como declaración pública.

Entre algunos puntos como referencia de dicha declaración se señala: “Nuestra firme voluntad de diálogo con el Estado Chileno, sus instituciones, la sociedad civil, los partidos políticos, los organismos de Derechos Humanos, orientada a desplegar todos los esfuerzos necesarios tendientes a erradicar las causas fundamentales de las tensiones y controversias, en todas sus manifestaciones, que se han producido a raíz de la falta de una convivencia aceptable entre Mapuche y no Mapuche…”. A ello agrega: “Los Mapuche participantes y adherentes a la Primera Cumbre, anunciamos que, a partir de este momento, vamos a transitar por la conformación de un Autogobierno Mapuche. Este autogobierno estará regido y regulado en todas sus formas por un estatuto que determina sus facultades y potestades inherentes y éste tendrá una jurisdicción que abarca desde el Bío Bío al sur. Este estatuto establecerá la forma concreta de la relación institucional con el Estado Chileno y sus instituciones”.

Para el fin mencionado anteriormente, el pacto toma en consideración diversos aspectos del devenir histórico con respecto a la violencia y usurpación Estatal, los tratados suscritos con el Estado Chileno, el marco internacional de derechos, entre otras fuentes.

3.- Territorios y autoridades ancestrales
Las autoridades tradicionales de los territorios, son parte de las instituciones ancestrales de los Pueblos Indígenas, reconocidas, legitimadas y valoradas por instrumentos internacionales como el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Asimismo son quienes encabezan y mantienen vivas las diversas prácticas sociales, culturales, espirituales y religiosas de un territorio.

Para la efectiva protección en derecho de estas prácticas, existen diversas expresiones Indígenas  que plantean que los órganos públicos deben cumplir, velar, garantizar y proteger  los espacios sagrados y de uso ancestral que aseguren la integridad cultural y las garantías de no discriminación que establecen las normas.

Las  autoridades ancestrales  tienen como rol  fundamental en la conservación de las tradiciones, la cultura, la organización socio política, la religiosidad y la espiritualidad, quienes mantienen viva las prácticas y la conexión con el mundo material y espiritual de acuerdo a la cosmovisión.

Aquí se plantea, que en los lugares donde exista o se recomponga la estructura e institucionalidad ancestral, sean éstas quienes tomen las decisiones en materia de Derechos Colectivos dentro de los espacios que competen y se ejerza el derecho propio.

4.- Jurisdicciones municipales
En diversas jurisdicciones Municipales, articulaciones  Mapuche vienen interviniendo las políticas públicas de los municipios, formándose progresivamente espacios de incipientes participaciones en tomas de decisiones sobre quehaceres relacionados a los intereses de las Comunidades. Desde las propuestas de establecer ordenanzas y resoluciones oficiales de los consejos tendiente la protección de las tierras como ocurre en los municipios de Melipeuco y Curarrehue, la incorporación del mapudungun como idioma Co- oficial en la Municipalidad de Galvarino y procedimientos de consulta comunitaria sobre definiciones de desarrollo, entre otras temáticas.

5.- Los Derechos Colectivos en la constituyente
El 12 de julio del 2013, un grupo de profesionales encabezados por la Académica Elisa Loncón, señalan: “Sin ninguna bandera partidaria e inspirados en el derecho a la libre determinación, hemos emprendido la iniciativa de  promover en la agenda pública un  Manifiesto de firmantes de Pueblos Originarios que demandamos reconocimiento efectivo de los derechos colectivos en una Nueva Constitución”. Agregan: “Nuestra meta es participar del debate político constitucional con este manifiesto con firmas de adherentes de los diferentes pueblos originarios…”

Dicho manifiesto señala:  “Los Pueblos – Naciones Indígenas tenemos la certeza de que compartimos un destino común con el Pueblo de Chile, y que a más de 200 años de la formación del Estado y de su política mono-nacional, mono-cultural y mono-lingüe, es excluyente y atropella los derechos de nuestros Pueblos- Naciones Indígenas. En los albores del siglo XXI es posible rectificar y reparar las violaciones a nuestros derechos mediante la participación en un pie de igualdad en la elaboración de un pacto social, legitimo, democrático y plurinacional e intercultural, que reconozca y garantice nuestros derechos colectivos, políticos, territoriales, lingüísticos, económicos, sociales y culturales…”.

A ello agregan: “En ese sentido manifestamos firmemente que una fórmula constitucional que no considere nuestra participación activa, por ejemplo, en una Asamblea Constituyente o en cualquier otro proceso de reforma, será ilegítimo ante nosotros si no se incluyen las representaciones de nuestros Pueblos y Naciones originarias en el debate nacional y no se constitucionalizan nuestros derechos colectivos…”.

A su vez, es importante señalar que en los últimos años desde sectores de poder, en acuerdo entre Alianza y Concertación, se ha venido intentado imponer, de manera inconsulta, reformas constitucionales que según se ha dicho, buscan reconocer a los Pueblos Indígenas. Sin embargo y en estricto rigor, si bien se ha hecho mención del término “Pueblos”, los contenidos desconocen sus Derechos Colectivos, por ello, el grupo de trabajo Mapuche por los Derechos Colectivos ha considerado que en vez de establecer criterios para una reforma constitucional donde representaciones externas con otros intereses finalmente serán las que decidirán, se hace prioritario, ante tal escenario,  que se asegure una adecuada implementación de las normas y tratados internacionales de Derechos Indígenas.

“El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”, señala el inciso 2 del Artículo 5 de la Constitución Política de Chile. Pues bien, los distintos pactos y tratados de Derechos Humanos suscritos y ratificados por Chile son límites a la soberanía Estatal y son vinculantes al Estado Chileno, de orden jerárquico constitucional. Y en efecto, el Convenio 169 de la OIT es un Tratado Internacional de Derechos Humanos que está en ese rango y debe ser plenamente respetado por el ordenamiento jurídico en todos sus aspectos y que se interpreta con la Declaración ONU de Derechos Indígenas.

 Por ello, para la agrupación,   si de incorporar alguna indicación en la carta magna se trata, como cuestión básica, es que se haga referencia al Estándar Internacional de Derechos que da por entendido conclusión de los Derechos Colectivos, en vez de que sean vilipendiados en discusiones por reformismos.

6.- Movimiento Indígena por el respeto e implementación de la consulta
 El gobierno Chileno ha venido levantando una denominada mesa de consenso desde el año 2012 hasta el presente que ha sido denunciada por diversas organizaciones y comunidades como un viciado procedimiento para establecer una reglamentación con respecto a la consulta en atención al Convenio 169, señalada por no cumplir en su implementación con los Estándares Internacionales de Derechos, lo que a la postre, según han denunciado organizaciones,  ha significado verdaderos “voladeros de luces” para no asumir su obligación, actuando de mala fe y levantando interlocuciones a su medida, omitiendo las exigencias y sentires de amplias y diversas organizaciones y Comunidades que piden que se respeten los Derechos.

Por otro lado, se ha señalado que diversos proyectos continúan emplazándose sobre tierras Indígenas y los Órganos Públicos continúan omitiendo el deber de consultar a pesar que existen varios precedentes en diversas materias que se refieren a esto, donde han surgido otros formas viciadas de implementaciones como ha sido el reglamento SEA (Servicio Evaluación Ambiental) y el DL 701 sobre Fomento Forestal.

Más de cien organizaciones Indígenas le hicieron saber al gobierno este reciente 21 de marzo de 2013, su disconformidad frente a la manera que se ha venido implementando los procedimientos de consulta, señalando: “Somos Pueblos Originarios Unidos (POU), una orgánica indígena nacional, a la cual están ligadas más de 100 organizaciones desde Arica hasta Chiloé, la que nace durante el Encuentro Nacional Indígena de los días 30 de noviembre, 1 y 2 de diciembre de 2012, organizado por el Ministerio de Desarrollo Social (MDS), para la Consulta sobre la Consulta…”.

Agregan: “Como es sabido, la consulta indígena es un mecanismo de diálogo, de negociación entre los indígenas y el Estado cuando éste pretenda dictar una norma, cualquiera sea y que afecte o sea susceptible de afectar los derechos e intereses de los pueblos indígenas. El mecanismo de consulta se aplica a tierras indígenas, medio ambiente, educación, salud, y todos los derechos que se nos reconocen en leyes y tratados. La consulta es un puente hacia el cumplimiento efectivo de nuestros derechos. Mutilar o destruir ese puente nos aleja de los derechos, amenaza y augura nuestra extinción, y genera políticas indígenas ineficientes, sin pertinencia y racistas, situación que ha venido ocurriendo en Chile desde los inicios de la República…”.

Como un reflejo de los incumplimientos y de la falta de información previa y libre, con actuaciones de buena fe, las organizaciones ejemplifican: “Es del caso que el día 30 de noviembre, nos percatamos que la mayoría de los hermanos asistentes al Encuentro Nacional ni siquiera habían revisado, leído o bien se les había explicado el complejo contenido de la “propuesta de gobierno” acerca de la Consulta Indígena, la cual fue objetada en numerosos artículos por el Relator sobre Derechos de los Pueblos Indígenas de Naciones Unidas, Sr. James Anaya, […] Los únicos indígenas que fueron asesorados para ese proceso fueron los de la Región Metropolitana, quienes leyeron y analizaron la propuesta de gobierno, y llegaron con profundos cuestionamientos a la misma…”.

 

El ejemplo de esta articulación, también es reflejada por referentes Aymara- Quechua-Lickanantay- Diaguita- Colla-Rapa Nui- Mapuche-Kawésqar- Yagan, bajo la coordinación de: “Autoridades Ancestrales y Dirigentes de los Pueblos Indígenas Auto convocados”, quienes en marzo del 2013, con más de un centenas de expresiones Indígenas manifestaban: “Presenciamos, el despliegue publicitario y hemos sido bombardeados con una terminología pseudo conciliatoria, ideológica y práctica, que pretende constituirse en la base de una nueva política pública hacia los pueblos, que intenta establecer una nueva relación con los pueblos indígenas pero sin los pueblos. Y que al final del día, sólo dejará políticas neocoloniales. En efecto, en los últimos meses, se ha consagrado divinamente conceptos como “Consenso”, se ideologiza con entelequias pseudo participativas: “los pueblos se auto convocaron”, se validan instancias poco representativas y transparentes, como suplantar coordinaciones de origen natural por una “coordinación Nacional de Pueblos Indígenas” creada por un consejero indígena, muy parecido al nombramiento de Longkos y machis por la orden máxima de CONADI, se insiste en “mesas de diálogo”, que son mecanismos para eludir la problemática de fondo, se crea el Plan Araucanía, política clientelar, fracasada que pretendía resolver la deuda de los pueblos sentados detrás de un escritorio, con pseudo magnates indígenas que se alimentan de dicha burocracia. Nunca estaremos de acuerdo con estas formas de hacer las cosas, ni las continuaremos avalando. Es vergonzoso que el Estado persista en mantener este tipo de relación con los Pueblos Indígenas, no se sustenta en el respeto de nuestros derechos, al contrario su foco está en dictar legislaciones injustas y opresoras de nuestras reivindicaciones incumplidas…”

Finalizan señalando: “Llamamos a fortalecer el poder autónomo de las comunidades y territorios, a continuar legitimando nuestras autoridades ancestrales y nuestras propias instituciones, a multiplicar las acciones de denuncia de estas flagrantes manipulaciones, a no dejarse engañar ya que los pueblos indígenas tenemos poder, por eso nos quieren doblegar, los dirigentes deben obedecer y defender el territorio oponiéndose a las medidas que se están creando para quitárnoslo o destruirlo…”

Estas declaraciones y acciones señaladas, son un ejemplo del empoderamiento que diversas organizaciones Indígenas tienen en Chile con respecto a sus Derechos, particularmente lo relativo a la consulta y las exigencias de que se cumpla el Estándar Internacional de Derechos en materia Indígena, conminando a nuevas formas de relación.
La inexperiencia y la falta de prudencia y acciones correctas por parte de agentes de Estado a cumplir cabalmente con la buena fe y los procesos previos, libres e informados, han llevado a serios vacíos que han imposibilitado avanzar en formas de establecer acuerdos mínimos, conllevando a repensar las formas de llevar adelante los procedimientos de consulta y participación.

 

Compilación – escrito Por: Alfredo Seguel  
Revisión – edición: Martina Paillacar

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