No vamos, en esta ponencia, a hacer un detallado recuento histórico del impuesto de alumbrado público, vamos tan sólo a señalar dos o tres aspectos que nos permitan explicar y comprender la posición que -desde las Ligas de Usuarios de los Servicios Públicos- hemos mantenido frente a este impuesto.

Señalemos, como primer aspecto, el hecho de que la primera bombilla que se encendió en Colombia, se hizo para el servicio de alumbrado público, entendido este como una necesidad para la seguridad ciudadana, no solamente en el aspecto del cuidado necesario frente a los “amigos de asaltar lo ajeno” sino, en el sentido de facilitar la movilidad de los ciudadanos por la empedradas calles de las pequeñas ciudades de finales del siglo XIX.

En Bogotá el 7 de diciembre de 1889 encendieron las primeras 100 bombillas para iluminar las pocas calles del sector céntrico de la ciudad y el comercio. Después se uso la energía eléctrica para alumbrar las casas de las familias adineradas, los talleres y finalmente para el tranvía. Y, como los privados -que iniciaron la prestación del servicio- no fueron capaces de atender la demanda, prestar un buen servicio y dar unas tarifas que permitieran a los sectores medios y pobres de la población gozar del servicio, vino un gran debate y lucha social que condujo, hacia la década del 40 del siglo pasado, a la estatización de las empresas, lo que permitió se llevará energía eléctrica a millones de ciudadanos. Esto obligo también a que el alumbrado público se prestara en las ciudades y a que el costo del mismo, durante varios años, fuera asumido casi en su totalidad por la municipalidad.

Sin embargo, en el año 1913, se crea el impuesto de alumbrado público para Bogotá y en 1915 se faculta a los municipios a cobrarlo en el resto del país. En Manizales, en 1946, el Concejo Municipal crea a través del Acuerdo 019 el impuesto de alumbrado público.

Cuando nace la Central Hidroeléctrica de Caldas CHEC, a cuya creación concurren varios municipios con sus plantas y redes, y de ahí su nombre, mediante escritura del 5 de noviembre de 1960 la CHEC se comprometió a suministrar al municipio de Manizales de manera gratuita y permanente la energía para el alumbrado público de la ciudad y para la que se instalara en el futuro.

Es sabido que en 1991 los neoliberales -que acababan de arribar al poder en el país-,  modificaron la Constitución Nacional y cambiaron el modelo económico y, por el camino de la aplicación -a rajatabla-, de los artículos 365 y siguientes de la nueva carta política, privatizaron nuevamente las empresas, regalaron el patrimonio nacional y local construido durante tantos años y, el acuerdo CHEC-Municipio de Manizales entro en crisis, porque la Ley 142 de 1994, -hechura de los mismos que hoy gobiernan- señaló que ninguna persona natural o jurídica podría ser exonerada del pago de los servicios públicos domiciliarios. Era obvio que, para el interés del capital privado, debía quedar establecido que nadie pudiera ser exonerado del pago de energía. Primero tenían que quedar garantizadas las utilidades de los monopolios así se acabará con los derechos adquiridos de los municipios.

Y, aunque el decreto 2424 de 2006 define que el alumbrado público no es un servicio domiciliario, lo cierto es que, a raíz de la expedición de la Ley 142, se presentaron las demandas, por parte de la CHEC y las apelaciones del Municipio hasta que, finalmente, el Consejo de Estado en fallo de última instancia -26 de mayo de 2011- declara la nulidad del contrato celebrado en 1960 entre la CHEC y el Municipio de Manizales. Este hecho crea una nueva situación con relación al impuesto de alumbrado público que pasamos analizar como segundo aspecto.

Cualquier sistema de alumbrado público tiene dos componentes fundamentales: la red y la energía que la abastece. Para el caso de Manizales la red, su mantenimiento y expansión es responsabilidad del Instituto de Valorización de Manizales que, por cierto, toma decisiones administrativas que deberían ser objeto de mayor vigilancia del Concejo Municipal. Y energía era responsabilidad de la CHEC en virtud de la escritura que, como ya se señalo, anuló el Consejo de Estado.

A partir de la aplicación del fallo, INVAMA tendrá que contratar con CHEC o cualquier otro proveedor, la energía necesaria para iluminar vías, parques, espacios públicos y demás entidades del Municipio. Y, como es obvio, tendrá que cancelar a CHEC o al proveedor que sea el valor de la energía que este entregue. Y, aquí viene la pregunta, ¿quién debe pagar el alumbrado público, los habitantes o la Alcaldía de Manizales? Y, otra pregunta, ¿debe hacerse aumentando el impuesto? o debe hacerse ¿reorganizando los impuestos que pagan los habitantes de Manizales?

Expliquémoslo. Si partimos del hecho cierto qué el alumbrado público es un asunto de seguridad ciudadana, movilidad de peatones y conductores y protección frente a la violencia que generan los amigos de lo ajeno, debería entenderse como parte de un derecho, -la seguridad ciudadana- y asumirse por la ciudad, al menos en una buena parte. Eso podría hacerse con recursos del impuesto a la seguridad que pagan los propietarios de una línea de telefonía fija. Con una parte de los que provienen del reajuste -abultadísimo por lo demás- del Impuesto Predial y con una porción que debe cubrir el INVAMA de los recaudos que hoy hace. La propuesta entonces es nutrir el pago de la energía con esas tres fuentes de recursos, en transferencias que harían, las entidades encargadas, del recibo y manejo de los recursos señalados.

De esa manera podría atenderse el nuevo costo del alumbrado público pero sin generar ni aumentar los impuestos ya de por si elevados para los propietarios o no de una vivienda en Manizales.

Conocimos, gracias a la gentileza de la Concejal del Polo, Doctora Adriana Arango, el proyecto de acuerdo por medio del cual se modifica, y este es el tercer aspecto, la base gravable del impuesto de alumbrado público. De ser aprobado este proyecto de acuerdo por las mayorías del Concejo así como lo presenta la administración, se cometería un desafuero más contra los propietarios de inmuebles e inquilinos que tendrían que pagar nuevas alzas en los impuestos.

Las alzas para el estrato 1 serían del 56%, para el 2 del 129%, para el tres del 139%, para el cuatro del 142%, para el cinco del 60% y para el seis del 30% lo que es muy grave. Pero más grave aún serán las alzas para el comercio y la industria. En el primer caso, el comercio, las alzas van desde el 82% hasta más del 300% y en el segundo, la industria, desde el 43% hasta el 475%. Una situación parecida tendrán los inmuebles institucionales.

Está bien que no se cobre este impuesto a los predios del área rural. Pero no está bien que se le cobre a los estratos uno y dos urbanos. Con estas alzas aspiran, los alcabaleros que mandan en Manizales, a recaudar algo más de cinco mil 500 millones de pesos.

Con la propuesta de la Liga de Usuarios de Servicios Públicos de Manizales y Caldas, no sólo se cubre el costo de la energía sino que se protege a todos los sectores de la ciudad de más alzas en los impuestos.

Depende solamente de la voluntad política de Ustedes, los concejales, el que se niegue el proyecto de acuerdo propuesto por la alcaldía y se solicite la elaboración de un proyecto que destine, del impuesto al teléfono y del impuesto predial, los dineros que sean necesarios para atender el fallo del Concejo de Estado.

En lo que a nosotros respecta, además de agradecer la invitación para expresar nuestra opinión en este foro, haremos la correspondiente difusión y denuncia si, como ha sucedido otras veces, las mayorías con asiento en esta corporación, proceden contra la población y aprueban más alzas en los impuestos.

Muchas gracias

Oscar Gutiérrez Reyes
Liga Nacional de Usuarios
Manizales, Julio 26 de 2011
*Ponencia leída en el Foro realizado en el Concejo de Manizales el 27 de Julio de 2011