Hace dos años el Servicio Jesuita para los Refugiados, en Colombia, publicó el informe Buenaventura: una crisis humanitaria sin respuesta. Desde entonces, la violencia no ha cesado. Continúan las amenazas a los líderes, que resisten pacíficamente, y el desplazamiento interno forzado.
Entrevista al equipo del Servicio Jesuíta de Refugiados
FSJ: ¿Cuál fue la respuesta del gobierno a los desplazamiento internos forzados del 2013 y los de enero de 2014, en el barrio San José?
SJR: La alcaldía distrital de Buenaventura y complementariamente la Unidad de víctimas (UARIV) entregaron ayudas inmediatas para responder a los desplazamientos ocurridos en 2013, con un retraso de 15 días en promedio luego de la ocurrencia de los hechos masivos. Las dificultades más notorias se presentan en la respuesta a los desplazamientos individuales, en los que el proceso de valoración supera los 90 días que propone la Ley 1448 de víctimas. En nuestra opinión, lo anterior va en contra de los derechos de la población víctima de desplazamiento forzado.
Se destaca la disposición de la Personería Distrital de Buenaventura para la atención a víctimas. Sin embargo, el número de funcionarios públicos para atender las demandas de la población es insuficiente y se requiere que la Alcaldía Distrital de Buenaventura aporte un número mayor de funcionarios públicos para su atención. En Buenaventura no pasan de 20 los funcionarios públicos que atienden directamente a la población víctima de desplazamiento forzado, en contraste con casi 5.000 personas que se desplazaron en 2013.
FSJ: En su informe de 2012, la SJR argumentaba que: “la falta de reconocimiento de las Bacrim como actores del conflicto armado ha resultado en la adopción de estrategias ineficaces, por parte del Estado colombiano, para combatirlos, así como la falta de reconocimiento de las víctimas”. Un fallo de la Corte Constitucional, del 2013, obligó a la Unidad de Víctimas ha incluir en sus programas a desplazados por estos actores. ¿Ha servido este fallo para la atención de los desplazados internos de Buenaventura?
SJR: El fallo ha servido para la inclusión de la población que acusa ser víctima de estos actores armados, pues buena parte de la población que se desplazó en 2012 ha sido incluida. Sin embargo, en algunos casos los funcionarios públicos locales y nacionales, desconocen el auto 119 de la Corte Constitucional que reconoce a las víctimas de las denominadas “Bandas Criminales”.
FSJ: Insisten las autoridades locales y gubernamentales en minimizar la situación de Buenaventura, a pesar de las nuevas amenazas -a través de panfletos- a líderes comunitarios de Buenaventura y Dagua, en febrero, y desplazamientos, en enero de 2014?
SJR: No tenemos información sobre pronunciamientos de las autoridades en relación a este tema.
FSJ: ¿Desde su informe de 2012, en qué porcentaje ha aumentado el desplazamiento interno forzado en Buenaventura?
SJR: En 2012 se registraron en eventos masivos casi 6.000 personas desplazadas. En el año 2013 la cifra alcanzó casi 5.000 personas y aún no se tienen datos puntuales de los desplazamientos individuales. Se conoce que en promedio, mensualmente se hicieron 250 declaraciones de desplazamiento forzado durante el 2013.
FSJ: ¿Continúa el desplazamiento de los habitantes de zonas rurales cercanas al puerto? ¿En qué condiciones y dónde se reubican los desplazados internos de Buenaventura y los que vienen del campo?
SJR: Actualmente, los flujos de desplazamiento forzado en su mayoría son de carácter intraurbano. La población desplazada se encuentra dispersa en diversos sectores de la zona urbana de Buenaventura y podría decirse que un número importante de la población se reubica en zonas de bajamar, lugares que coinciden con algunos de los megaproyectos de expansión portuaria. El SJR ha identificado que se presentan flujos migratorios, por ocasión del conflicto armado a Chile, Panamá, Ecuador, según versiones de otros equipos del SJR en la región. Hacia el interior del país, algunos de los destinos de los desplazados forzados de Buenaventura son Cali, Bogotá, Soacha, municipios de Risaralda y, en menor medida, la zona rural de Buenaventura.
FSJ: ¿Están las ONGs en capacidad de responder a las necesidades de los afectados por esta tragedia y por quienes debería responder el Estado?
SJR: Las organizaciones presentes en Buenaventura responden de acuerdo a sus capacidades de manera subsidiaria y como complemento de la acción del Estado. Es necesario recordar que es precisamente éste quien debe garantizar los derechos de la población desplazada y que la labor que prestan las organizaciones humanitarias responden a su objetivo misional y se desarrolla hasta donde las capacidades operativas y los recursos alcanzan. En ningún caso nuestra acción en los territorios debe leerse como un remplazo a la obligación del Estado y sus instituciones.
FSJ: Persiste la revictimización de los desplazados internos cuando acuden en busca de ayuda. ¿Ha habido algún tipo de capacitación en derechos humanos y sensibilización de funcionarios públicos para que mejore la atención a los supervivientes?
SJR: No tenemos información sobre este punto.
FSJ: ¿Ha aumentado el número de mujeres asesinadas, lideresas, y la desaparición forzada?
SJR: Según Personería Distrital en 2012 se presentaron 41 denuncias de desaparición forzada y 39 denuncias en 2013. En cuanto a asesinatos, en 2012 se presentaron 144, mientras que en 2013 hubo un aumento significativo, elevándose la cifra a 187 de acuerdo con la Personería de Buenaventura. Infortunadamente, no tenemos información diferenciada por género.
FSJ: En Buenaventura se vive un conflicto armado interno, pero el gobierno no cumple con su obligación de proteger los derechos humanos de víctimas y supervivientes, contemplados en tratados internacionales, convenciones y la Constitución colombiana. ¿Qué herramientas jurídicas y colectivas se pueden utilizar para obligar al Estado a hacerlo?
SJR: La Corte Constitucional luego de la sentencia T-025 de 2004 ha desarrollado seguimientos temáticos y regionales sobre el problema del desplazamiento. Estos autos de seguimiento han servido como herramientas para la exigibilidad de los derechos de estas víctimas. Asimismo, el Congreso de la República expidió la Ley 1448 de 2011 y Decretos Ley, donde se plantean algunos mecanismos para la reparación de las víctimas. Sin embargo, el problema mayor -sin considerar que estas normas además son parciales e insuficientes- es la falta de coordinación nación territorio, que ha hecho casi imposible una adecuada implementación de los planes y programas previstos para esta población. Ante este panorama, las víctimas han tenido que recurrir a algunas herramientas constitucionales como el derecho de petición o la acción de tutela para exigir sus derechos. Estas herramientas han sido profusamente usadas con estos fines. Infortunadamente, la incapacidad del Estado ha hecho que sea necesario recurrir siempre a ellas para poder acceder hasta a los derechos más simples.
Por supuesto, también las comunidades han buscado formas para manifestar sus preocupaciones y desconciertos mediante acciones colectivas cívicas y pacíficas. Una muestra de ello es la marcha realizada el 19 de febrero en el Puerto de Buenaventura contra la violencia.
Hace dos años el Servicio Jesuita para los Refugiados, en Colombia, publicó el informe Buenaventura: una crisis humanitaria sin respuesta. Desde entonces, la violencia no ha cesado. Continúan las amenazas a los líderes, que resisten pacíficamente, y el desplazamiento interno forzado.
FSJ: ¿Cuál fue la respuesta del gobierno a los desplazamiento internos forzados del 2013 y los de enero de 2014, en el barrio San José?
SJR: La alcaldía distrital de Buenaventura y complementariamente la Unidad de víctimas (UARIV) entregaron ayudas inmediatas para responder a los desplazamientos ocurridos en 2013, con un retraso de 15 días en promedio luego de la ocurrencia de los hechos masivos. Las dificultades más notorias se presentan en la respuesta a los desplazamientos individuales, en los que el proceso de valoración supera los 90 días que propone la Ley 1448 de víctimas. En nuestra opinión, lo anterior va en contra de los derechos de la población víctima de desplazamiento forzado.
Se destaca la disposición de la Personería Distrital de Buenaventura para la atención a víctimas. Sin embargo, el número de funcionarios públicos para atender las demandas de la población es insuficiente y se requiere que la Alcaldía Distrital de Buenaventura aporte un número mayor de funcionarios públicos para su atención. En Buenaventura no pasan de 20 los funcionarios públicos que atienden directamente a la población víctima de desplazamiento forzado, en contraste con casi 5.000 personas que se desplazaron en 2013.
FSJ: En su informe de 2012, la SJR argumentaba que: “la falta de reconocimiento de las Bacrim como actores del conflicto armado ha resultado en la adopción de estrategias ineficaces, por parte del Estado colombiano, para combatirlos, así como la falta de reconocimiento de las víctimas”. Un fallo de la Corte Constitucional, del 2013, obligó a la Unidad de Víctimas ha incluir en sus programas a desplazados por estos actores. ¿Ha servido este fallo para la atención de los desplazados internos de Buenaventura?
SJR: El fallo ha servido para la inclusión de la población que acusa ser víctima de estos actores armados, pues buena parte de la población que se desplazó en 2012 ha sido incluida. Sin embargo, en algunos casos los funcionarios públicos locales y nacionales, desconocen el auto 119 de la Corte Constitucional que reconoce a las víctimas de las denominadas “Bandas Criminales”.
FSJ: Insisten las autoridades locales y gubernamentales en minimizar la situación de Buenaventura, a pesar de las nuevas amenazas -a través de panfletos- a líderes comunitarios de Buenaventura y Dagua, en febrero, y desplazamientos, en enero de 2014?
SJR: No tenemos información sobre pronunciamientos de las autoridades en relación a este tema.
FSJ: ¿Desde su informe de 2012, en qué porcentaje ha aumentado el desplazamiento interno forzado en Buenaventura?
SJR: En 2012 se registraron en eventos masivos casi 6.000 personas desplazadas. En el año 2013 la cifra alcanzó casi 5.000 personas y aún no se tienen datos puntuales de los desplazamientos individuales. Se conoce que en promedio, mensualmente se hicieron 250 declaraciones de desplazamiento forzado durante el 2013.
FSJ: ¿Continúa el desplazamiento de los habitantes de zonas rurales cercanas al puerto? ¿En qué condiciones y dónde se reubican los desplazados internos de Buenaventura y los que vienen del campo?
SJR: Actualmente, los flujos de desplazamiento forzado en su mayoría son de carácter intraurbano. La población desplazada se encuentra dispersa en diversos sectores de la zona urbana de Buenaventura y podría decirse que un número importante de la población se reubica en zonas de bajamar, lugares que coinciden con algunos de los megaproyectos de expansión portuaria. El SJR ha identificado que se presentan flujos migratorios, por ocasión del conflicto armado a Chile, Panamá, Ecuador, según versiones de otros equipos del SJR en la región. Hacia el interior del país, algunos de los destinos de los desplazados forzados de Buenaventura son Cali, Bogotá, Soacha, municipios de Risaralda y, en menor medida, la zona rural de Buenaventura.
FSJ: ¿Están las ONG´s en capacidad de responder a las necesidades de los afectados por esta tragedia y por quienes debería responder el Estado?
SJR: Las organizaciones presentes en Buenaventura responden de acuerdo a sus capacidades de manera subsidiaria y como complemento de la acción del Estado. Es necesario recordar que es precisamente éste quien debe garantizar los derechos de la población desplazada y que la labor que prestan las organizaciones humanitarias responden a su objetivo misional y se desarrolla hasta donde las capacidades operativas y los recursos alcanzan. En ningún caso nuestra acción en los territorios debe leerse como un remplazo a la obligación del Estado y sus instituciones.
FSJ: Persiste la revictimización de los desplazados internos cuando acuden en busca de ayuda. ¿Ha habido algún tipo de capacitación en derechos humanos y sensibilización de funcionarios públicos para que mejore la atención a los supervivientes?
SJR: No tenemos información sobre este punto.
FSJ: ¿Ha aumentado el número de mujeres asesinadas, lideresas, y la desaparición forzada?
SJR: Según Personería Distrital en 2012 se presentaron 41 denuncias de desaparición forzada y 39 denuncias en 2013. En cuanto a asesinatos, en 2012 se presentaron 144, mientras que en 2013 hubo un aumento significativo, elevándose la cifra a 187 de acuerdo con la Personería de Buenaventura. Infortunadamente, no tenemos información diferenciada por género.
FSJ: En Buenaventura se vive un conflicto armado interno, pero el gobierno no cumple con su obligación de proteger los derechos humanos de víctimas y supervivientes, contemplados en tratados internacionales, convenciones y la Constitución colombiana. ¿Qué herramientas jurídicas y colectivas se pueden utilizar para obligar al Estado a hacerlo?
SJR: La Corte Constitucional luego de la sentencia T-025 de 2004 ha desarrollado seguimientos temáticos y regionales sobre el problema del desplazamiento. Estos autos de seguimiento han servido como herramientas para la exigibilidad de los derechos de estas víctimas. Asimismo, el Congreso de la República expidió la Ley 1448 de 2011 y Decretos Ley, donde se plantean algunos mecanismos para la reparación de las víctimas. Sin embargo, el problema mayor -sin considerar que estas normas además son parciales e insuficientes- es la falta de coordinación nación territorio, que ha hecho casi imposible una adecuada implementación de los planes y programas previstos para esta población. Ante este panorama, las víctimas han tenido que recurrir a algunas herramientas constitucionales como el derecho de petición o la acción de tutela para exigir sus derechos. Estas herramientas han sido profusamente usadas con estos fines. Infortunadamente, la incapacidad del Estado ha hecho que sea necesario recurrir siempre a ellas para poder acceder hasta a los derechos más simples.
Por supuesto, también las comunidades han buscado formas para manifestar sus preocupaciones y desconciertos mediante acciones colectivas cívicas y pacíficas. Una muestra de ello es la marcha realizada el 19 de febrero en el Puerto de Buenaventura contra la violencia.
(*) Fernanda Sánchez Jaramillo es periodista, magíster en relaciones internacionales y sindicalista.
REBELIÓN
Miércoles 26 de febrero de 2014
http://www.rebelion.org/noticia.php?id=181274&titular=buenaventura:-entre-el-desplazamiento-interno-y-la-muerte-
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