Hoy, que se conmemora el Día Nacional de la Memoria y Solidaridad con las Víctimas, es buen momento para examinar en qué va el tema de la reparación de las víctimas en el sindicalismo, entendidas éstas no solo como las personas y familias que individualmente sufrieron afectaciones, sino también las organizaciones sindicales como sujetos colectivos víctima, y que por tanto son objeto de reparación.

Si bien a partir de la Ley 1448 de 2011, en el ámbito de la reparación colectiva se han iniciado importantes procesos, por oferta, con sujetos colectivos víctima, conocidos como “casos nacionales”. En tales procesos pueden identificarse serias falencias, que deberán resolverse si se quiere, a través de la reparación colectiva, hacer un aporte importante a la reconstrucción del tejido social debilitado por el conflicto armado colombiano.

Hay que señalar en primer lugar que aunque es posible identificar apertura y disposición de la Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, UARIV, también es identificable un gran desconocimiento de los sujetos colectivos víctima, sus dinámicas, sus estructuras y sus diversas expresiones.

El decreto 4800 de 2011, en su capítulo VII sobre reparación colectiva, establece un procedimiento con una fase de alistamiento por parte del Estado, el cual, más allá de establecer las condiciones materiales para desarrollar lo dispuesto por la ley, ha tenido una gran debilidad en tanto no ha habido un alistamiento que permita un acercamiento a las lógicas de la violencia, y en especial la violencia antisindical, a las formas como se ha victimizado los sujetos colectivos víctima, y las expresiones, motivaciones y dinámicas propias de los sujetos colectivos. Este desconocimiento, a su vez, ha sido factor determinante en las calidades y posibilidades de los procesos.

También se ha omitido la tarea de alistamiento de manera autónoma, que debería promover, facilitar y garantizar el Estado para los sujetos colectivos víctima, de forma que pueda fortalecerse y cualificarse la participación de las víctimas en el proceso. De no adelantarse esta tarea, el principio de participación tendría serias falencias. El sindicalismo debe generar sus acuerdos, preparar sus propuestas, y dar debates de fondo que están pendientes ¿Cuál es el universo de víctimas a reparar? ¿Cuáles son los hechos victimizantes que se busca reparar en medio de este proceso? ¿Cómo entiende la institucionalidad la violencia antisindical?

En segundo lugar, puede afirmarse que existen fuertes tensiones entre la necesidad de generar procesos rigurosos y serios de diagnóstico del daño, y la necesidad de presentar rápidamente resultados por parte del Estado, asunto grave si se tiene en cuenta el gran y positivo impacto que un acucioso proceso de reparación colectiva tendría en la reconstrucción del tejido social y en la sociedad colombiana.

¿Cuáles son los retos pendientes?

La reparación colectiva es un tema priorizado para el sindicalismo, en tanto se entiende que la violencia ha restado lugar a reivindicaciones sindicales, ha debilitado organizaciones sindicales en número y en capacidad de negociación, ha desaparecido sindicatos, ha aniquilado convenciones colectivas, ha deshecho huelgas y movilizaciones, ha aportado a la construcción de una cultura antisindical, ha limitado nuestra capacidad para oponernos a leyes y reformas contrarias a los intereses de millones de trabajadores y trabajadoras. Pero más grave aún, ha restado al sindicalismo la posibilidad de impulsar propuestas que transformen la realidad de las y los trabajadores en Colombia.

La reparación colectiva, si es consecuente con el daño causado, tiene como reto aportar a la reconstrucción del sindicalismo en Colombia y de reconstruir el papel de actores incidentes en la democracia de nuestro país. Estas aspiraciones, aunque consignadas parcialmente en la Ley 1448 de 2011, exceden ese marco legal y requieren de un compromiso serio y voluntad política del Gobierno, el cual pasa por el reconocimiento de la existencia en Colombia de una violencia antisindical de naturaleza sistemática, que no se explica sólo por la existencia del conflicto armado.

La reparación colectiva al sindicalismo debe asumir seriamente un enfoque de género. Las mujeres sindicalistas son doblemente discriminadas: en tanto mujeres y en tanto sindicalistas. La violencia antisindical tiene gran impacto en sectores o ramas de actividad con amplia presencia femenina: educación, servicios, economía del cuidado, etc. Regularmente la violencia contra ellas se emplea como forma de generar intimidación en el colectivo sindical, romper el tejido social, al tiempo que refuerza el obstáculo que ya tienen las mujeres para participar en la vida y el liderazgo sindical, ayuda a perpetuar su exclusión de los espacios de decisión.

Es necesario que la caracterización del daño colectivo y la construcción de un plan de reparación al sindicalismo se haga teniendo en cuenta distintos niveles de afectación: a las y los trabajadores, a las organizaciones sindicales de manera particular; teniendo en cuenta las regiones, las confederaciones y al movimiento sindical en general, con la participación de las organizaciones sindicales víctima. En Colombia 483 sindicatos han sido afectados por la violencia, es pertinente que no haya víctimas sin vocería, y que se garantice la representación de las diversas expresiones al interior del sindicalismo.

Sobre la necesidad de hacer un acucioso proceso de diagnóstico de los daños es importante señalar que una reparación colectiva efectiva al movimiento sindical,  para ser coherente con el daño causado, debería:
1- Asumir un enfoque de libertad sindical, es decir, que contemple las afectaciones que la violencia contra sindicalistas tiene sobre tales libertades (asociación, negociación y huelga).
2- Reivindicar las afectaciones sobre los derechos laborales, en tanto gran parte de las personas victimizadas lo fueron en razón de sus demandas en este sentido. 3- Responder coherentemente con las formas y lógicas del fenómeno de la violencia antisindical en Colombia y proporcionalmente a las dimensiones, alcances y afectaciones a los derechos de las víctimas y sus organizaciones.

Se espera entonces que el proceso que se adelanta tenga en cuenta el amplio panorama de la violencia antisindical y extienda la convocatoria, de manera que sindicatos no representados por los voceros y voceras de las centrales sindicales, que han sido afectados por la violencia, e incluso exterminados, puedan participar.

Se espera que haya acuerdos sobre cómo se garantizará la construcción de un comité de impulso representativo de las distintas expresiones al interior del sindicalismo, de las formas y lógicas como se ha presentado la violencia antisindical en el país, y que se garantice la representación de sindicatos en las distintas regiones y en los diversos sectores económicos.

9 de abril, Día Nacional de la Memoria y Solidaridad con las Víctimas

Área de Comunicaciones y Defensa de Derechos
Escuela Nacional Sindical