La Fundación para la solidaridad y la defensa con la Población Carcelaria de Colombia “Juan David Pineda Cardona” Seccional Caldas, organización defensora de derechos humanos realiza ante la opinión pública nacional e internacional la siguiente denuncia por los hechos sucedidos el día 20 de Octubre del 2015 en contra del compañero Guzmán Alberto Cañas Largo.

HECHOS

1.  El día Martes 20 de Octubre mientras pernoctaba en su hogar en la vereda Portachuelo del resguardo indígena Cañamomo y Lomaprieta del municipio de Riosucio, Caldas; siendo las 3:00 AM unidades de la policía en compañía de miembros de la Fiscalía y sin contar con presencia de un delegado de la personería municipal irrumpen violentamente en el hogar que el compañero Guzmán Alberto Cañas Largo comparte con su esposa, sus tres hijos menores de edad y su suegra, derribando la puerta sin realizar un llamado previo, lo que generó angustia y ansiedad entre los miembros del círculo familiar.

2.     El compañero Guzmán Alberto Cañas Largo sin oponer resistencia e indagando por los hechos, recibe la notificación por parte de un miembro de la Policía Nacional quien le indica que tienen orden de allanamiento y de captura contra él. Después de inspeccionar la casa en busca de armamento él señor Guzmán Alberto Cañas les hace entrega de una escopeta artesanal con la cual practicaba actividades de caza. Posteriormente los policías proceden a trasladarlo a pie hasta el lugar donde los esperaban los vehículos oficiales, los cuales según la esposa del compañero se encontraban distantes de la casa.

 3.     A las 3:30 PM se desarrolló ante el juez primero municipal la audiencia de control de legalidad del registro de allanamiento, la orden de captura y la incautación de elementos, pese a la solicitud de la familia ante el juez y el fiscal de aplazar la audiencia un día con el objeto de permitir la participación del abogado contratado por la familia. Dicha negativa permitió que quien asumiera la defensa en esa audiencia inicial fuera un abogado de oficio que no contaba con el beneplácito del capturado ni de su familia.

DENUNCIA

1. Llama la atención que pese a que la diligencia de allanamiento se realizó en un horario extemporáneo (por fuera del horario de 6AM hasta las 6PM) no se haya contado con la participación de un funcionario del ministerio público que velara por el respeto a los Derechos del sindicado, que en este caso correspondía a un funcionario de la personería municipal de Riosucio, violando el artículo 25 del código de procedimiento penal.
 
2. El argumento presentado por la Fiscalía frente a la ausencia de un representante de la personería municipal se basó en que según ellos no había condiciones de seguridad, además que la señora personera municipal no se hacía presente por su estado de embarazo. Argumento que pierde validez toda vez que el señor Guzmán Alberto Cañas Largo pudo ser trasladado a pie hasta el sitio donde se encontraban las camionetas que habrían de trasladarlo a la cabecera municipal y que se encontraban a una gran distancia del sitio de captura. Y frente al hecho de que la personera municipal no se haya presentado por su estado de embarazo surge la duda de porque este ente que debe garantizar los derechos del sindicato no delego a otro funcionario para que se diera cumplimiento a la legislación en tanto se refiere al horario del allanamiento.

3. El capturado es indígena y viene cumpliendo la normatividad vigente de su jurisdicción, motivo por el cuál debe ser juzgado dentro de dicha circunscripción.

4. El capturado es padre de familia de 4 menores de edad (16, 15, 14 y 11 años de edad) quienes dependen económicamente del sustento que él lleva al hogar, de la misma manera que su esposa y su suegra que componen su núcleo familiar.
 
EXIGIMOS

La liberación inmediata del compañero Guzmán Alberto Cañas Largo por las arbitrariedades presentadas durante el allanamiento y el proceso de captura presentada en su hogar.
Por la falta de pruebas que evidencia en este proceso un montaje y persecución en contra del movimiento social y político, al igual que contra el movimiento indígena.

El movimiento indígena caldense ha sido víctima de una persecución sistemática y prolongada que busca su eliminación física y/o desplazamiento de sus territorios con el fin de apoderarse de las riquezas naturales que hacen parte de la jurisdicción de los territorios indígenas. Muestra de ello ha sido la constante persecución judicial y los asesinatos cometidos contra los integrantes del movimiento indígena en Caldas donde han sido asesinados 3 líderes indígenas en el transcurso de este año; Fernando Salazar Calvo líder indígena del Resguardo Cañamomo y Lomaprieta y Gustavo Bañol y Edwin Bañol, líderes del Resguardo San Lorenzo.

RESPONSABILIZAMOS

Al gobierno nacional, a las autoridades militares y fuerza pública, a los órganos de control y demás organismos Estatales encargados de garantizar el derecho a la vida, a la integridad física y en general el respeto por nuestros derechos políticos, por las posibles violaciones que por cualquier hecho, bien sea por acción o por Omisión de éstas entidades, afecten la integridad de nuestro compañero Guzmán Alberto Cañas Largo y demás miembros del movimiento indígena en Caldas.

Nodo Suroccidente
Plataforma de Derechos Humanos Coordinación Colombia Europa Estados Unidos.
 

El presente comunicado se envía a las siguientes Autoridades e Instituciones:

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
Presidente de la República

GERMAN VARGAS LLERAS
Vicepresidente de la República

LUIS CARLOS VILLEGAS
Ministro de la Defensa

JUAN FERNANDO CRISTO.
Ministro del Interior

YESID REYES ALVARADO
Ministro de Justicia y del Derecho

LUIS EDUARDO MONTEALEGRE
Fiscal General de la Nación

JORGE ARMANDO OTALORA
Defensor del Pueblo

ALEJANDRO ORDOÑEZ MALDONADO
Procurador General de la Nación

OFICINA EN COLOMBIA DEL ALTO COMISIONADO DE
NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS